Tesis nº VII-CASR-2HM-16 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 38. Septiembre 2014. p. 304
EpocaSéptima Época

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN

VII-CASR-2HM-16

CAMBIO DE RGIMEN FISCAL DE PEQUEOS CONTRIBUYENTES AL DE PERSONAS FSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES. LA FECHA EN QUE SE REALIZA ESTE, ES LA QUE INICIA EL EJERCICIO FISCAL PARA EFECTOS DEL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA NICA, POR LO QUE ES LEGAL EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIN DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA, POR UN PERIODO MENOR A UN AO CALENDARIO.-

Del artculo 140 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en el 2008, se advierte, entre otras cuestiones, que los contribuyentes que ya no renan los requisitos para tributar en los trminos de la Seccin III, del rgimen de pequeos contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta u opten por hacerlo en los trminos de otra, pagarn el impuesto conforme a las Secciones I o II, del Ttulo IV de las Personas Fsicas, y considerarn como fecha de inicio del ejercicio para efectos del pago del impuesto conforme a dichas secciones, aquella en que se d dicho supuesto. Luego, si la parte actora present aviso de actualizacin o modificacin de situacin fiscal, donde realiz el cambio de rgimen fiscal de pequeo contribuyente al de persona fsica con actividades empresariales y profesionales, se entiende que en esa fecha inicia el ejercicio fiscal para efectos del pago tanto del impuesto sobre la renta como del impuesto empresarial a tasa nica, este ltimo conforme a lo sealado en el antepenltimo prrafo del artculo 17 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa nica, vigente en el dos mil ocho, por lo que la emisin...

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