Suprema Corte amplía las alternativas para que burócratas puedan recibir doble pensión

Fecha de publicación26 Septiembre 2022
Foto: Especial (Shutterstock)
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Blanca Juárez

Por Blanca Juárez

Las pensiones por invalidez y por riesgos de trabajo tienen un origen diferente, no se contraponen ni afectan el presupuesto público, por lo que las personas beneficiarias pueden mantener ambas, determinó la Segunda Sala de la SCJN.

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) puede otorgar, de manera simultánea a una persona, una pensión por invalidez y otra por riesgos de trabajo. Ambas “son compatibles” y la norma que lo impide viola el derecho constitucional a la seguridad social, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en una jurisprudencia.

En 2021, la Corte emitió una sentencia que tuvo un impacto en los trabajadores y trabajadoras afiliadas al ISSSTE que se jubilaron o pensionaron a partir de ese año. También mediante una jurisprudencia, decretó que su pensión se calculará con base en la Unidad de Medida de Actualización (UMA) y no en salarios mínimos. Con ello, se redujo el monto a recibir casi a la mitad.

Esta otra decisión, publicada en el Semanario Judicial de la Federación (SJF) hace unos días, podría beneficiar a muchos trabajadores y trabajadoras afiliadas al ISSSTE. Al ser una jurisprudencia constitucional (2025096), las autoridades laborales y de justicia están obligadas a aplicarla en casos similares.

En 2019, una trabajadora solicitó al ISSSTE el pago íntegro de una pensión por invalidez y otra por incapacidad parcial permanente, pero el organismo se negó. En ese mismo año el director general del instituto, Luis Antonio Ramírez Pineda, le informó al Senado que tenían “un pasivo de 20,000 millones de pesos, así como un rezago de inversión en infraestructura y equipo médico”.

Pero la Corte señaló que el pago simultáneo de la pensión por invalidez y la de riesgos del trabajo “no pone en peligro la viabilidad financiera del instituto, pues ambos conceptos tienen autonomía financiera y el disfrute de ambos derechos hace efectivo el principio de previsión social”.

¿Qué pasa con el requisito de semanas cotizadas?

El ISSSTE argumentó que la trabajadora no tenía derecho a las dos pensiones, según lo establecido en el artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto que expide la Ley del ISSSTE.

Dicha norma indica en qué casos se puede otorgar más de una pensión. Es decir, cuáles son “compatibles”. Una de las que pedía...

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