Acuerdo No. 7 Relativo a La Suplencia de La Consejera Electoral Ana Carmen González Pimentel, como Secretaria Ejecutiva del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, en Virtud de Su Ausencia Provisional por La Incapacidad Temporal para El Trabajo que Le Expidió el Instituto Mexicano del Seguro Social

DEL GOBIERNO DEL ESTADOINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMAACUERDO No. 7

RELATIVO A LA SUPLENCIA DE LA CONSEJERA ELECTORAL ANA CARMEN GONZÁLEZ PIMENTEL, COMO SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, EN VIRTUD DE SU AUSENCIA PROVISIONAL POR LA INCAPACIDAD TEMPORAL PARA EL TRABAJO QUE LE EXPIDIÓ EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

PERIODO INTERPROCESO 2012-2014

ACUERDO NÚMERO 7

NOMBRAMIENTO DE SECRETARIO EJECUTIVO

12/SEPTIEMBRE/2013

ACUERDO RELATIVO A LA SUPLENCIA DE LA CONSEJERA ELECTORAL ANA CARMEN GONZÁLEZ PIMENTEL, COMO SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, EN VIRTUD DE SU AUSENCIA PROVISIONAL POR LA INCAPACIDAD TEMPORAL PARA EL TRABAJO QUE LE EXPIDIÓ EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIALANTECEDENTES:

I.

Con fecha 04 de abril del año 2011, en cumplimiento a lo que disponían los artículos 153 y 185 del anterior Código Electoral del Estado, actualmente lo dispuesto por el numeral 106 del actual Código de la materia, los consejeros electorales integrantes del Consejo General eligieron por una mayoría de seis votos como Secretaria Ejecutiva a la Consejera Electoral Ana Carmen González Pimentel, levantándose para tal efecto, el acta correspondiente en la que se expresaron diversos comentarios por los consejeros integrantes del Consejo General, en los que se razonaba el sentido de su voto; acta circunstanciada que se encuentra en los archivos de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto Electoral del Estado.

II.

Que debido al estado de gravidez de la Consejera Electoral Ana Carmen González Pimentel, el Instituto Mexicano del Seguro Social, le expidió los correspondientes certificados de incapacidad temporal para el trabajo, con series y folios números XE254846, XE255206 y LA161980, estableciendo el tipo de incapacidad, la primera como prenatal, por un término de cuarenta y dos días, a partir del 18 de julio de 2013, la segunda de enlace, por un término de siete días, a partir del 29 de agosto del presente año y finalmente, como postnatal, por un término de cuarenta y dos días, contados a partir del 05 de septiembre del año en curso; documentos cuya copia para el patrón se hizo llegar a este Instituto Electoral del Estado, en documento adjunto, suscrito por la funcionaria en mención con el propósito de que surtieran los efectos legales y administrativos a que hubiese lugar.

Con base en lo anterior se emiten las siguientes:

CONSIDERACIONES:

  1. -

    Que de...

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