Sugieren a socios ojo con facturas

AutorLeticia Rivera

Los accionistas de empresas vinculadas con la compraventa de facturas que sean detectadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) serán responsables solidarios y tendrán que pagar el porcentaje de su participación al crédito fiscal que se genere por el delito, advirtieron fiscalistas.

Desde el 1 de enero se añadieron nuevos supuestos de responsabilidad solidaria, los más importantes relacionados con el artículo 69-B, que tiene que ver con la facturación falsa, compartió Jaime Morelos, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara (CCPG).

"Las reformas más trascendentes las podemos ubicar dentro del Código Fiscal de la Federación y una de ellas es respecto a la responsabilidad solidaria para socios o accionistas", recordó.

"Hasta 2019 el socio o accionista era responsable solidario hasta el porcentaje de su aportación en la sociedad solamente si la empresa cae en cuatro supuestos: no está inscrito en el RFC, estando inscrito esté como no localizado o que no lleve contabilidad o la destruya. Si no caes en ninguno de esos supuestos el socio o accionista no es responsable solidario. Se adiciona otra serie de supuestos en los cuales va encaminado mucho al tema de venta de facturas", dijo.

Si se trata de empresas que dedujeron operaciones simuladas (EDOS), pero el monto no excede los 7.8 millones de pesos -requisito para vincularse a proceso por delincuencia organizada-, pero la empresa no puede acreditar la operación, los socios o accionistas deberán ser responsables solidarios en el pago del crédito generado por el porcentaje de su participación en el capital social.

"Es...

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