Acuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de Protección Agrícola de Riego (PAR) a Industrial, Comercial y de Servicios; para una fracción de la Parcela 91 Z-6 P1/1, Ejido “La Esperanza”, ubicada en el kilómetro 1 de la Carretera a la Comunidad de El Blanco, perteneciente al Ejido de “La Esperanza”, Municipio de Colón, Qro.

Pág. 3284 PERIÓDICO OFICIAL 16 de marzo de 2012
Por otra parte, del apartado de Conclusiones se puede apreciar que con base a los estados financieros
presentados por el partido político, en la contestación a las observaciones respectivas realizadas por la
Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y que quedaron subsanadas en su totalidad; así como, en la
revisión y análisis de la información y documentación relacionada, el Dictamen cumple con el estudio y análisis
de los estados financieros presentados por parte de dicho partido.
De igual manera, en el rubro denominado Informe Técnico, por lo que toca al financiamiento público, se
determinó que era congruente con la cifra que el Consejo General aprobó en sesión ordinaria del treinta y uno
de enero de dos mil once; por lo que hace al financiamiento privado se reportó que se obtuvo ingresos por
concepto de donaciones y aportaciones, que sumado al correspondiente al primer y segundo trimestre del dos
mil once, no exceden del financiamiento público anual permitido, dando cumplimiento a lo establecido por el
artículo 36 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro; por su parte, en autofinanciamiento se dejó asentado
que obtuvo ingresos por concepto de colectas, que no exceden de lo establecido por el artículo 41 de la Ley
Electoral de Querétaro; de igual forma se manifestó que, en el primer y segundo trimestre del año 2011, el
partido no obtuvo ingresos por este concepto; la anterior información fue compulsada con la autoridad municipal
competente; mientras que con relación a las Transferencias del Comité Ejecutivo Nacional, el partido político
fiscalizado reportó que no recibió transferencia de recursos de sus órganos centrales.
En función de lo expuesto, se aprueba el dictamen rendido por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral,
mismo que en su punto TERCERO aprueba en su totalidad los estados financieros presentados por el Partido
Verde Ecologista de México correspondientes al tercer trimestre de dos mil once.
Sexto. Convenio de Coordinación para el Apoyo y Colaboración en el Intercambio de Información sobre
el Origen, Monto y Destino de los Recursos de los Partidos Políticos, celebrado entre el Instituto Federal
Electoral y el Instituto Electoral de Querétaro. En cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio de
Coordinación para el Apoyo y Colaboración en el Intercambio de Información sobre el Origen, Monto y Destino
de los Recursos de los Partidos Políticos, por los conductos institucionales deberá remitirse a la Unidad de
Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral el dato reportado por el
órgano directivo del Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Querétaro, respecto de las
transferencias realizadas por su órgano de dirección nacional en el período comprendido del primero de julio al
treinta de septiembre dos mil once.
Con base en las consideraciones anteriores y con apoyo en lo dispuesto por las disposiciones jurídicas
transcritas, este Consejo General tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO:
PRIMERO. El Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro es competente para conocer y resolver
respecto del dictamen relativo a los estados financieros presentados por el Partido Verde Ecologista de México
correspondientes al tercer trimestre del año dos mil once, que somete a su consideración la Dirección Ejecutiva
de Organización Electoral, el que como anexo forma parte integrante del presente, dándose por reproducido en
este acto para todos los efectos legales a que haya lugar.
SEGUNDO. El Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro aprueba el dictamen de referencia, mismo
que se aprueba en su totalidad los estados financieros del Partido Verde Ecologista de México
correspondientes al tercer trimestre del año dos mil once.
TERCERO. En cumplimiento al Convenio de Coordinación para el Apoyo y Colaboración en el Intercambio de
Información sobre el Origen, Monto y Destino de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, se instruye
al Director General para que, por los conductos institucionales, remita a la Unidad de Fiscalización de los
Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral, el dato reportado por el órgano directivo del
Partido Verde Ecologista de México en el Estado de Querétaro, respecto de las transferencias realizadas por su
órgano de dirección nacional en el periodo comprendido del primero de julio al treinta de septiembre de dos mil
once.

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