Acuerdo por el que se levanta la suspensión de los plazos y términos relativos a la operación de todos los subsistemas del Servicio Profesional de Carrera, incluidos los términos y plazos correspondientes a las designaciones realizadas conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Fecha de disposición28 Mayo 2009
Fecha de publicación28 Mayo 2009
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12 y 37, fracciones VI, XVIII bis y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 69 fracción V de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; y 1, 5 y 6, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento a las disposiciones emitidas por el Presidente de la República, así como a las diversas medidas dictadas por la Secretaría de Salud, en materia de prevención y control del brote de influenza en el país, la Secretaría de la Función Pública consideró necesario adoptar en adición a aquéllas, diversas acciones tendentes a flexibilizar la administración de personal y, asimismo, diferir términos y plazos de cumplimiento de ciertos actos jurídicos en el ámbito de su competencia, con la finalidad de evitar la congregación de personas en aquellos procedimientos que se siguen ante la propia institución y ante las diversas dependencias de la Administración Pública Federal, entre ellos los correspondientes al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y aquellos realizados con motivo de la presentación de las declaraciones de situación patrimonial. Dichas acciones se publicaron en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de abril de 2009.

Que la Secretaría de Salud, como máxima autoridad sanitaria del país, ha señalado que existen condiciones para reiniciar de forma gradual, las actividades laborales en los diversos sectores de la sociedad, incluido el sector público, de tal forma que se recupere la normalidad en su operación, debiendo observarse puntualmente las medidas para prevenir el contagio de influenza.

Que en ese sentido para propiciar que las actividades de la Administración Pública Federal se reestablezcan y operen con normalidad es necesario levantar la suspensión de los plazos y términos relacionados con el Servicio Profesional de Carrera, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Artículo Primero

Se levanta la suspensión de los plazos y términos relativos a la operación de todos los...

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