Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, de conformidad con el Dictamen 4/2008

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

SUBSECRETARÍA DE SISTEMA PENITENCIARIO DEL DISTRITO FEDERAL

Lic. Celina Oseguera Parra, Subsecretaria de Sistema Penitenciario del Distrito Federal, con fundamento en el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Título Segundo. De la Administración Pública Centralizada. Capítulo V. De las Atribuciones Generales de los Titulares de las Subsecretarías, la Tesorería del Distrito Federal, la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal y la Unidad de Inteligencia Financiera del Distrito Federal. Artículo 30 fracciones I-XIII, artículo 32 fracciones I-XXVII. Titulo Primero. De las Disposiciones Generales. Capítulo V. De los Manuales. Artículo 18, Noveno Transitorio, y numeral 2.4.6.7. de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con el Dictamen 4/2008 emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa, tengo a bien notificar el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE SISTEMA PENITENCIARIO, DE CONFORMIDAD CON EL DICTAMEN 4/2008

MA-02900-4/2008

PRESENTACIÓN

La Secretaría de Gobierno en cumplimiento a la Normatividad en Materia de Administración de Recursos, Circular Uno vigente emitida por la Oficialía Mayor, elaboró el Manual Administrativo en su parte de Organización, instrumento que tiene el propósito de dar a conocer a los funcionarios y empleados de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario los fundamentos legales, normativos, administrativos, procedimientos, políticas, funciones y la estructura orgánica que norma y da cohesión a esta Institución.

La elaboración de este Manual Administrativo de Organización, esta dirigido a los Directores Ejecutivos, Directores de Área, Subdirectores, Jefes de Unidad Departamental y Líderes Coordinadores adscritos a la Subsecretaría de Sistema Penitenciario para su uso y consulta necesarios en la correcta toma de decisiones, tiene como propósito fundamental establecer el cumplimiento adecuado de las atribuciones, objetivos y funciones encomendadas a cada puesto en la estructura organizacional de esta Dependencia.

Con ello se pretende dar claridad administrativa sobre las actividades que se realizan para la custodia y readaptación social de los individuos, que por mandato legal se encuentran en calidad de procesados o cumpliendo sentencia ejecutoria en los Centros de Reclusión de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, con objeto de reintegrarlos a la sociedad como personas productivas, capaces de desarrollar algún oficio u ocupación.

La actualización del presente Manual Administrativo de Organización se realizó en base a la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, en apego a los preceptos de la normatividad antes mencionada.

ANTECEDENTES

Durante la época Colonial la cárcel más importante fue la de "La Acordada", que sirvió eficazmente hasta 1757 ya que para esa fecha; por su deterioro, hubo la necesidad de reconstruirla para posteriormente sustituirla por la cárcel de "Belem", la cual comenzó a funcionar en 1862.

El 29 de septiembre de 1900, se inauguró la "Penitenciaría de Lecumberri", para recluir a los presos sentenciados que se encontraban en la cárcel de Belem; a partir de esa fecha se llevó a cabo el traslado de los sentenciados en pequeños grupos.

Durante la "Decena Trágica", el edificio de la "Cárcel de Belem" fue parcialmente destruido; sin embargo, funcionó hasta el 26 de enero de 1933, fecha en la que por decreto se trasladó a toda la población a la "Penitenciaría de Lecumberri", mejor conocido como "El Palacio Negro", ya que de ser una Penitenciaría modelo, decayó por el maltrato a los presos y las condiciones en que vivían; la cual operó como cárcel hasta el 26 de agosto de 1976, pero debido a la insuficiencia en sus instalaciones para la estadía de procesados sin derecho a la libertad provisional fue cerrada definitivamente.

Para el año de 1952, en Santa Martha Acatitla se construye el Centro de Reclusión Femenil, conocido como "Cárcel de Mujeres"; el 23 de noviembre de 1982, la población de internas fue trasladada a las instalaciones del Centro Médico de Reclusorios, con la denominación de Centro Femenil de Readaptación Social.

En el año de 1957 fue inaugurada la "Penitenciaría del Distrito Federal", para albergar a los sentenciados ejecutoriados. En el año de 1959, entra en funciones el "Centro de Sanciones Administrativas", cuya finalidad hasta la fecha ha sido la de custodiar a las personas que cometen alguna infracción a los Reglamentos Gubernativos y de Policía o de aquellos que desobedezcan un mandato judicial y cuya sanción no exceda de 72 horas de arresto.

Hasta el año de 1969, el Sistema Penitenciario no contaba con una coordinación integral para el desarrollo de sus funciones, considerando que los Centros de Reclusión del Departamento del Distrito Federal, si bien dependían orgánicamente de la Dirección de Gobernación, los titulares de los principales Centros de Reclusión, Penitenciaría de Lecumberri, Penitenciaría del Distrito Federal y Cárcel de Mujeres, acordaban en varias ocasiones directamente con el Oficial Mayor y algunas veces con la autoridad superior del propio Departamento.

Con base en la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, promulgada con fecha 29 de diciembre de 1970 en el Diario Oficial, se crea la Dirección Jurídica y de Gobierno, a la que se le otorgó entre otras atribuciones, las correspondientes a la administración de las cárceles y reclusorios del Departamento, así como la dirección y coordinación del Sistema Penitenciario. Los objetivos para la creación de esta Dirección fueron: establecer políticas adecuadas que permitieran un eficiente funcionamiento de las cárceles y reclusorios, así como vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, tanto en materia Constitucional, como las emanadas de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y las de los Códigos Penal y de Procedimientos Penales.

Con base en las Reformas a la Ley Orgánica de la Administración del Departamento del Distrito Federal de julio de 1972, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, mediante acuerdo otorgó a los titulares de las Delegaciones de Xochimilco, Álvaro Obregón y Coyoacán, facultades para manejar los Reclusorios Administrativos y Cárceles de su jurisdicción, disposiciones que entraron en vigor el 31 de diciembre de 1972. Posteriormente, mediante decreto de Reformas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, de fecha 19 de octubre 1976, se dio a conocer la adecuación a la Fracción XXXIV Bis, del Artículo 36 y la derogación del Apartado 10 del Artículo 45, con lo cual se fundamenta la creación de la Comisión Técnica de Reclusorios del Distrito Federal, que dependió directamente del Jefe del Departamento del Distrito Federal. El 26 de agosto de 1976 se inaugura el Reclusorio Preventivo Oriente y en el mes de octubre el Reclusorio Preventivo Norte, hacia los que fue canalizada la población interna de Lecumberri y de los Reclusorios Administrativos de las Delegaciones antes citadas.

Un año después, el 4 de octubre de 1977, se creó la Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social, cuyas facultades fueron las de coordinar, vigilar y cumplir con la legislación vigente para la administración de los Establecimientos de Reclusión en el Distrito Federal, quedando adscrita a la Secretaría General de Gobierno "A".

Una de las acciones que muestra la inclusión del humanismo en el Sistema Penitenciario fue sin duda la creación del Centro Médico de Reclusorios inaugurado el 11 de mayo de 1976, con 300 camas para atender casos psiquiátricos y 30 para problemas quirúrgicos de medicina especializada. Posteriormente, en 1982 la población fue trasladada al Reclusorio Preventivo Varonil Sur, en donde permanecieron hasta 1989, año en que fue construido un edificio anexo y que a la fecha ocupa el Centro Varonil de Rehabilitación Psicosocial.

El 14 de agosto de 1979, se expide el Reglamento de Reclusorios del Distrito Federal, que viene a complementar el marco jurídico penitenciario del Gobierno de la Ciudad y en ese mismo año se inaugura un reclusorio más, el Preventivo Sur, en el que se acondicionó una área exclusiva para internos inimputables.

El 23 de noviembre de 1982, la población interna de la Cárcel de Mujeres fue trasladada al Centro Femenil de Readaptación Social y en diciembre 16 de 1983 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Orgánica del Departamento de Distrito Federal, que en su Artículo V establece que la Jefatura del Departamento contará con la Secretaría General de Desarrollo Social para atender, entre otros, lo concerniente a los Reclusorios y Centros de Readaptación Social.

En 1989, el Sistema Penitenciario cuenta con un nuevo edificio, el Reclusorio Preventivo Femenil Norte; en 1990, se crea el Instituto de Capacitación Penitenciaria (INCAPE).

En el año de 1991, entra en operación el Reclusorio Preventivo Femenil Oriente, con este último, el Sistema Penitenciario del Distrito Federal cuenta con 8 centros de tratamiento penal y uno por faltas administrativas.

De 1983 al 15 de septiembre de 1995, la Dirección General ha sufrido los siguientes cambios de adscripción: como parte de la Secretaría General de Desarrollo Social (Diario Oficial del 4 de septiembre de 1985); readscripción a la Secretaría General de Gobierno (Diario Oficial del 10 junio de 1986); readscripción a la Secretaría General de Protección y Vialidad (Diario Oficial del 12 diciembre de 1988); el 15 de noviembre de 1991, fue publicado su readscripción a la Secretaría General de...

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