Oficio mediante el cual la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza los montos de aprovechamiento y explotación de bienes de dominio público que se indican

Fecha de disposición23 Septiembre 2002
Fecha de publicación23 Septiembre 2002
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO mediante el cual la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza los montos de aprovechamiento y explotación de bienes de dominio público que se indican.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Unidad de Política de Ingresos.- 349-A-0649.

Ing. Francisco Avila Camberos, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Av. Nuevo León No. 210, piso 14, Col. Hipódromo Condesa, 06100, México, D.F.

Me refiero a sus oficios números 115.-249-02.02145, 115.-859.02.04879 y 115.-870.02.04969, mediante los cuales el Director General de Puertos de esa Secretaría, solicita autorización de los montos de aprovechamientos aplicables al sector portuario para el ejercicio fiscal de 2002.

Sobre el particular, me permito comunicarle que esta dependencia, con fundamento en los artículos 31 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o. del Código Fiscal de la Federación; 10 y 13 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002; 37 de la Ley de Puertos; y 38 fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor, y considerando la conveniencia de actualizar los montos de aprovechamientos para evitar el deterioro de los ingresos públicos, y promover la revalorización de la infraestructura portuaria, autoriza los aprovechamientos que se describen a continuación:

  1. Para las Administraciones Portuarias Integrales Federales de Altamira, Coatzacoalcos, Ensenada, Guaymas, Lázaro Cárdenas, Manzanillo, Mazatlán, Progreso, Salina Cruz, Tampico, Tuxpan, Topolobampo y Veracruz, los coeficientes de contraprestación que se consignan en el anexo I (1 hoja), el cual forma parte del presente Oficio.

  2. Para las Administraciones Portuarias Integrales de Baja California Sur, Cabo San Lucas, Campeche, Dos Bocas, Huatulco, Puerto Madero, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas y Puerto Vallarta, los porcentajes sobre sus ingresos totales indicados en el anexo II (1 hoja), el cual forma parte del presente Oficio.

  3. Para la Administración Portuaria Integral de Acapulco, un monto de aprovechamiento de $165,160.02 pesos mensuales, que pagará en el periodo de enero a junio de 2002.

  4. Para los concesionarios de bienes y servicios portuarios distintos de las concesiones de Administración Portuaria Integral (API), los siguientes aprovechamientos que estarán vigentes durante el presente ejercicio fiscal:

  1. En lo relativo a las...

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