Aviso de normas oficiales mexicanas que se someten a consulta pública para su revisión quinquenal

Fecha de disposición06 Mayo 2002
Fecha de publicación06 Mayo 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

AVISO de normas oficiales mexicanas que se someten a consulta pública para su revisión quinquenal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

AVISO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS QUE SE SOMETEN A CONSULTA PUBLICA PARA SU REVISION QUINQUENAL.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38, 39 fracción V, 40 fracciones I, III, IV, XII, XV y XVIII, 47 fracción I, 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 23 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para establecer las características y/o especificaciones que deban reunir los productos, procesos y servicios cuando éstos puedan constituir, entre otros, un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana, animal, vegetal, el medio ambiente general y laboral, o para la prevención de recursos naturales, así como para garantizar la efectiva protección al consumidor;

Que el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, establece que todas las normas oficiales mexicanas expedidas por las dependencias de la administración pública federal, deben ser revisadas cada 5 años a partir de la fecha de su entrada en vigor;

Que existen normas oficiales mexicanas que están cumpliendo el periodo de vigencia anteriormente citado;

Que es conveniente para el proceso de revisión quinquenal de las normas oficiales mexicanas, brindar mayor transparencia a los particulares, a fin de que todos los sectores involucrados puedan emitir sus comentarios sobre el contenido técnico de dichas normas oficiales mexicanas y que los mismos formen parte del grupo de trabajo encargado del estudio de la revisión de la NOM correspondiente, a efecto de decidir si la Norma Oficial Mexicana en cuestión se ratifica, modifica o cancela.

Que de conformidad con el artículo 47 fracción I, 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, las normas oficiales mexicanas abajo listadas, se expiden para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios a las direcciones que se señalan para cada Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente a cada dependencia normalizadora.

La codificación de las normas oficiales mexicanas que se enlistan a continuación, corresponde al texto vigente de las mismas, el cual se puede consultar íntegramente en el Catálogo Mexicano de Normas Oficiales Mexicanas, ubicado en la página de Internet de la Secretaría de Economía, en la dirección electrónica www.economia-normas.gob.mx.

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION PARA LA PROTECCION AMBIENTAL

PRESIDENTE: LIC. CASSIO LUISELLI FERNANDEZ

DIRECCION: BULEVAR ADOLFO RUIZ CORTINES 4209, COL. JARDINES EN LA MONTAÑA, C.P. 14210

TELEFONOS: 56 28 06 15 al 17

FAX: 56-28-06-56

CORREO ELECTRONICO: sfna@semarnat.gob.mx

  1. Norma Oficial Mexicana NOM-001-ECOL-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997.

  2. Norma Oficial Mexicana NOM-002-ECOL-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales provenientes de la industria, actividades agroindustriales de servicios y el tratamiento de aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarilla, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1993.

  3. Norma Oficial Mexicana NOM-012-PESC-1993, Por la que establecen medidas para la protección de las especies de totoaba y vaquita en aguas de jurisdicción federal del golfo de California, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 1994.

  4. Norma Oficial Mexicana NOM-034-ECOL-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de monóxido de carbono en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1993.

  5. NOM-035-ECOL-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de partículas suspendidas totales en el aire, ambiente y procedimientos para la calibración de medición, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1993.

  6. Norma Oficial Mexicana NOM-036-ECOL-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de ozono en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1993.

  7. Norma Oficial Mexicana NOM-037-ECOL-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de bióxido de nitrógeno en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1993.

  8. Norma Oficial Mexicana NOM-038-ECOL-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de bióxido de azufre en el aire ambiente y los procedimientos para la calibración de los equipos de medición, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1993.

  9. Norma Oficial Mexicana NOM-039-ECOL-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido y trióxido de azufre y neblinas de ácido sulfúrico, en plantas productoras de ácido sulfúrico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  10. Norma Oficial Mexicana NOM-043-ECOL-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  11. Norma Oficial Mexicana NOM-044-ECOL-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas suspendidas totales y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como combustible, y que se utilizan para propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3857, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  12. Norma Oficial Mexicana NOM-045-ECOL-1996, Que establece los niveles máximos permisibles de opacidad del humo proveniente del escape de vehículos automotores en circulación que usan diesel o mezclas que incluyan diesel como combustible, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 1997.

  13. Norma Oficial Mexicana NOM-046-ECOL-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido de azufre, neblinas de trióxido de azufre y ácido sulfúrico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  14. Norma Oficial Mexicana NOM-048-ECOL-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos, monóxido de carbono y humo, provenientes del escape de las motocicletas en circulación que utilizan gasolina o mezcla de gasolina-aceite como combustible, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  15. Norma Oficial Mexicana NOM-049-ECOL-1993, Que establece las características del equipo y el procedimiento de medición, para la verificación de los niveles de emisión de gases contaminantes, provenientes de las motocicletas en circulación que usan gasolina o mezcla de gasolina-aceite como combustible, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  16. Norma Oficial Mexicana NOM-050-ECOL-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos como combustible, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  17. Norma Oficial Mexicana NOM-051-ECOL-1993, Que establece el nivel máximo permisible en peso de azufre, en el combustible líquido gasóleo industrial que se consuma por las fuentes fijas en la zona metropolitana de la Ciudad de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  18. Norma Oficial Mexicana NOM-053-ECOL-1993, Que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  19. Norma Oficial Mexicana NOM NOM-054-ECOL-1993, Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  20. Norma Oficial Mexicana NOM-055-ECOL-1993, Que establece los requisitos que deben reunir los sitios destinados al confinamiento controlado de residuos peligrosos, excepto de los radioactivos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  21. Norma Oficial Mexicana NOM-056-ECOL-1993, Que establece los requisitos para el diseño y construcción de las obras complementarias de un confinamiento controlado de residuos peligrosos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  22. Norma Oficial Mexicana NOM-057-ECOL-1993, Que establece los requisitos que deben observarse en el diseño, construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado para residuos peligrosos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1993.

  23. Norma Oficial Mexicana NOM-058-ECOL-1993, Que establece los requisitos para la operación de un confinamiento...

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