Oficio mediante el cual se autoriza a Caja Solidaria Sierra de San Juan, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo
Fecha de disposición | 20 Agosto 2013 |
Fecha de publicación | 20 Agosto 2013 |
Materia | Derecho Mercantil y de la Empresa |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General de Autorizaciones Especializadas.- Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares.- Dirección General de Supervisión de Cooperativas de Ahorro y Préstamo A.- Oficio Núm.: 210-27680/2013 y 120-061/2013.- CNBV.311.311.16 (7855) "2013-07-04" .
Asunto: Se autoriza a Caja Solidaria Sierra de San Juan, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo.
Comité de Supervisión Auxiliar del Fondo de Supervisión
Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y
Préstamo y de Protección a sus Ahorradores
Cda. Blvd. Adolfo López Mateos No. 2607, interior 3,
Col. Barrio de Guadalupe, C.P. 37280, León, Gto.
Caja Solidaria Sierra de San Juan,
S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
Hidalgo 36, Col. Centro,
C.P. 63780, Xalisco, Nayarit.
At'n.: L.A.E. Jorge Valle Pérez
Presidente del Comité de Supervisión Auxiliar
C.P. María Felicitas García Jiménez
Representante legal de la Sociedad
La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada el 14 de junio de 2013, en atención a la solicitud de ese Comité de Supervisión Auxiliar, contenida en el escrito recibido el 7 de enero de 2013, por el cual en nombre de la sociedad denominada Caja Solidaria Sierra de San Juan, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. (Sociedad), solicita la autorización de esta Comisión para que dicha sociedad continúe realizando operaciones de ahorro y préstamo como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, con fundamento en los artículos 10 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 2, 4, fracción XI y 12, fracción V de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 1, 3, fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó lo que a continuación se transcribe en lo conducente de la certificación expedida por su secretario:
"OCTAVO.- Los integrantes de la Junta de Gobierno, tomando en consideración la opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, autorizaron por unanimidad a . . . Caja Solidaria Sierra de San Juan, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., . . . que continúen realizando operaciones de ahorro y préstamo con un nivel de operaciones II, bajo su misma...
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