Las Sociedades de la Economía Mixta

LAS SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA
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Por el Sr. Lic. Federico RAMIREZ BAÑOS.

Catedrático de Derecho Mercantil de las

Facultades de Derecho y Comercio de la

U.N.A.M.

I.-Los fines del Estado Moderno.

El tema clásico de los fines del Estado asume posiciones actuales gracias, en gran parte, a las nuevas teorías que postula la organización social. Ha expresado ya Ruíz del Castillo(1) que la vieja doctrina se remoza en contacto con las exigencias que el advenimiento de los planes pretende satisfacer con previsiones de carácter orgánico cuya ejecución encomienda, en períodos escalonados, a organizaciones de carácter público. El Estado somete hoy a Plan una gran parte de sus actividades, precisamente las más conexas con la vida social y las mas ligadas a las necesidades económicas. Son los "Planes" la expresión de lo que, en estos órdenes, hace el Estado y de cómo lo hace.


(1) RUIZ DEL CASTILLO CARLOS. Prólogo a "La Expropiación Forzosa" de Rodríguez Moro. Ed. Imprenta Provincia de Vizcaya. Bilbao, 153

Actualmente la evolución que ha sufrido el Estado ha motivado el predominio de las regulaciones de Derecho Público, lo que ha traído como consecuencia una hipertrofia de la Administración, como resultado de la sobrecarga de funciones. Se ha dicho que la verdadera revolución del momento actual no tiene ninguna relación con la indisciplina de las masas de que hablaba Le Bon, sino que se ha dado una inversión en el procedimiento ya que la verdadera revolución principia en la cúspide, por la presión de los órganos públicos a través de la planificación o del dirigismo. De ahí que, la acción administrativa planificada por la burocracia matiza con nuevas formas a regímenes muy diversos en cuanto a la concepción de la vida. Por ello estimamos que el concepto de servicio público(2) representa la piedra angular del moderno Derecho Administrativo, ya que aquél, atrae y asimila actividades, exige prestaciones y transforma por imperativo de sus fines, el sentido de viejas instituciones. El servicio público además de ser instrumento para satisfacer necesidades colectivas de carácter individualista, está impregnado por un gran sentido social.


(2) Para SERRA ROJAS, el servicio público es una empresa creada y controlada por los gobernantes para asegurar de una manera permanentemente regular, a falta de iniciativa privada suficientemente eficaz, la satisfacción de necesidades colectivas de carácter material, económico y cultural, que se consideran esenciales y sujetas a un régimen de Derecho Público

No obstante lo expresado, algunos autores como Bonnard(3) piensan que la idea de atribución representa la base del Derecho Administrativo, ya que en el Estado se encuentran tres nociones esenciales: las atribuciones, las funciones y los servicios públicos. Asevera el autor a comento, que dichos ingredientes forman la substancia del Estado. Las atribuciones, representadas por las tareas y los trabajos que el Estado realiza. Ellos constituyen los objetos de su actividad. Esta noción de atribución corresponde sensiblemente a la de la profesión para los particulares. Cuando se expresa que el Estado es industrial, comerciante o profesor, se indica de esa forma la atribución realizada por él.(4)


(3) BONNARD. Précis de droit administratif, París 1928, p. 15.

(4) LANCIS y SANCHEZ ANTONIO. Derecho Administrativo, Ed. Cultural S. A. La Habana, 1952, 3a. ed. p. 487.

En los presentes momentos una de las cuestiones, que a la vez que abstrusa, resulta apremiante, es la de dilucidar hasta donde llega la intervención del Estado en relación a la Economía. Ya que si aceptamos que además de incrementar la libertad económica total, existen otras metas, como la de lograr controles públicos que se justifican como formas o sistemas para asegurar el funcionamiento feliz de la estructuración económica, tendremos que aceptar que la palabra "control" se aplica, además de a la especifica regulación de las empresas, a la intervención del gobierno en los asuntos económicos a través de las ayudas, la propiedad y por medio de controles fiscales y monetarios más amplios destinados a influir la economía entera. Y si convenimos que el sistema económico de un país, es decir, la economía en su sentido más amplio, se integra por todas las asociaciones e instituciones que tienen como fin la conversión de los recursos en bienes y servicios, su distribución y el consumo de los productos. Y si el Estado tiene particular influjo en este tipo de fenómenos, estimamos necesario referirnos aunque sea someramente, a las grandes estampas históricas, en las que el Estado ha ejercido un control en la economía, para cuyo efecto seguiremos las ideas de H. Koontz y R. W. Gable en su obra "La intervención Pública en la empresa" (5).


(5) H. KOONTZ R. W. GABLE. La Intervención Pública en la Empresa, Ed. Bosch, Barcelona, 1961, p. 16 y ss.

Se ha dicho que el control de la empresa económica por el Gobierno no es nuevo. No obstante que algunos tratadistas pretenden ubicar este fenómeno en la época moderna, estimamos que es casi tan antiguo como esta misma actividad, Nelville Herskovits ha escrito que en la antigua Grecia, el gobierno ya regulaba muchas funciones económicas(6) De igual manera acontecía en Roma, cuando el Estado frente al problema de la transportación de elementos necesarios para el pueblo o para el propio Gobierno, obligó a los propietarios de buques a llevar gratuitamente a la capital los contingentes de trigo, aceite, cebada o vino provenientes de las administraciones provinciales, para evitar el encarecimiento de estos productos(7).


(6) HERSKOVITS MELVILLE. The economics life of primitive peoples. Ed, Alfred A. Knopf, Inc. New York, 1940.

(7) Ramírez BAÑOS FEDERICO. Desarrollo histórico del derecho marítimo, Rey. EL Foro, cuarta época. núm. 45 abril-junio, p. 37.

  1. -Las regulaciones económicas en la Edad Media. A pesar de que el control central de la vida política desapareció virtualmente con la disolución del Imperio Romano, durante la Edad Media continuaron existiendo controles económicos. Bajo el sistema feudal la vida política y económica estaba estrechamente entrelazada bajo la dirección del soberano. También la costumbre dominaba la actividad económica. Los trabajadores acostumbraban a seguir los pasos de sus padres. Los precios solían basarse en los precios anteriores y el productor solo tenía derecho a un salario que le permitiera mantenerse en el habitual nivel de vida de su clase.

    Con la organización de los gremios y el desarrollo de los municipios aparecieron nuevos motivos de control económico(8). Los gremios eran de dos clases: de mercaderes y de oficios. Originariamente se formaron con el propósito de proteger un grupo de comerciantes contra, los azares de un viaje y se disolvían al final de la ruta. Con el tiempo se hicieron permanentes y regulaban estrictamente la conducta económica de sus miembros. Posteriormente los gremios de mercaderes pasaron a formar parte de los gobiernos de las ciudades, cuando estas apreciaron las ventajas que les podían proporcionar el fomento y la protección del comercio(9).


    (8) Expresa VIRAMOÑTES que la coexistencia de diversos grupos étnicos o simplemente de grupos humanos con intereses opuestos, hizo aparecer en el mismo lugar, una gama extraordinaria de normas, prácticas y usos, merced a los cuales se alejaba sin duda el momento de la unificación política y jurídica. Estos hechos prepararon el advenimiento de un sistema que en el orden político habría de cristalizar en el gobierno municipal y en el terreno jurídico produciría el régimen corporativo del artesanado y la industria; en lo que pretendieron hallar solución, siquiera parcial, urgentes problemas de la ciudad y de los hombres en particular. Apuntes de Derecho Mercantil, México 1958. p. 28

    (9) Para DE PINA, el gremio era la corporación formada, en la Edad Media, especialmente, por los maestros, oficiales y aprendices de una misma profesión u oficio. Estas corporaciones se regían por Ordenanzas o estatutos especiales. Diccionario de Derecho. Ed. Porrúa, México 1965. p. 147.

    El precedente del control económico por el Estado es la regulación practicada por las ciudades. Aproximadamente entre los años de 1400 y 1550, las ciudades, además de proteger los monopolios de los gremios, tomaron a su cargo la concesión de permisos a los comerciantes y la regulación del tiempo, el lugar, los edificios y los artículos de los mercados. Las ferias o grandes mercados de comercio al por mayor, solo podían celebrarse con el permiso del rey o algún noble de alta alcurnia. Tenían limitado el número de días y durante su celebración solía quedar suspendido el comercio en las ciudades vecinas.

    La transición del feudalismo al sistema de estados-naciones, fue gradual. El rey necesitaba ingresos para sostener el ejército permanente bajo su mando y mantener su posición en el Estado, por lo que la tributación nacional vino a sustituir los pagos y servidumbres feudales. La economía de servicios y subsistencia dio paso a una economía de dinero cuando los sueldos y rentas reemplazaron a los pagos feudales. Cuando se hizo evidente que no bastaban los ingresos disponibles en Europa, se buscaron colonias a fin de disponer de una fuente continua de dinero. A partir de entonces el poder real quedo íntimamente vinculado a la actividad económica.

  2. -El período de control limitado. Con el tiempo muchos llegaron a la conclusión de que se persistían los excesivos controles del Estado mercantilista, no podrían aprovecharse todas las ventajas que ofrecían los adelantos económicos y técnicos que revolucionaron la industria durante los siglos XVIII y XIX. El periodo de control limitado, se caracterizó al principio, por la exaltación de la libertad individual en los negocios y por la abolición del intervencionismo estatal en la actividad económica. Pero, a medida que la revolución industrial cobró impulso y la vida económica se hizo más compleja, este periodo presenció la introducción de controles...

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