Previsión Social, Últimos Cambios, Una Revisión Integral (Segunda y Última Parte)

Páginas37-43
Previsión฀Social,฀Últimos฀Cambios,฀Una฀Revisión฀Integral฀(Segunda฀Parte)
37
Tips Fiscales
ANALIZANDO฀LAS฀DISPOSICIONES฀FISCALES
Previsión฀Social,฀Últimos฀Cambios,
Una฀Revisión฀Integral฀
(Segunda฀y฀Última฀parte)
Explicación฀general฀
En el número anterior, analizamos la previsión social
bajo la óptica del patrón, analizando los cálculos que
deben efectuarse para determinar si la misma es dedu-
cible o no para él. Ahora, en esta segunda parte, nos
proponemos revisarla bajo la óptica del trabajador, para
determinar si la previsión social que recibe es exenta o
no y las consecuencias impositivas para el mismo.
Requisitos฀para฀la฀exención฀de฀las฀partidas฀de฀
previsión฀social฀pagadas฀al฀trabajador฀
En primera instancia, debemos revisar algunas fraccio-
nes del ART-109, particularmente las FS-IV, VI y VIII,
ya que en ellas se establecen las partidas exentas de
previsión social y la forma en que deben otorgarse a los
trabajadores:
F-IV.- Reembolso de Gastos Médicos, Dentales,
Hospitalarios y de Funeral:
Que se concedan de manera general, de acuer-
do con las leyes, o contratos de trabajo.
F-VI.- Previsión Social:
Subsidios por incapacidad, becas educaciona-
les para los trabajadores o sus hijos, guarderías
infantiles, actividades culturales y deportivas, y
otras prestaciones de previsión social de natura-
leza análoga concedidas de manera general, de
acuerdo con leyes o por contratos de trabajo.
La previsión social a que se refiere esta frac-
ción, es la establecida en el ART-8-PFO-5 de la
LISR.
F-VIII.- Cajas y Fondos de Ahorro:
Los provenientes de cajas de ahorro de traba-
jadores y de fondos de ahorro establecidos por
las empresas para sus trabajadores cuando re-
únan los requisitos de deducibilidad del Título II
de esta Ley o, en su caso, de este Título.
ART-127 RISR: exentos los ingresos provenien-
tes de Cajas y Fondos de Ahorro de PF en Activi-
dades Empresariales o PM No Lucrativas, siem-
pre que cumplan con los requisitos del RISR.
De la lectura de las fracciones anteriores, se desprende
que las partidas de previsión social de las FS-IV (re-
embolsos) y VI (previsión social) deben ser otorgadas
de manera general, es decir, deben ser para todos,
pero pueden estraticarse para los trabajadores que
cumplan con él o con los requisitos establecidos. Por
ejemplo, si hablamos de becas para los hijos de los tra-
bajadores, se puede establecer que sean para los que
cursen preparatoria y que tengan un promedio mínimo
de 9.0; pero no se podría establecer una prestación li-
mitada a los hijos de los directores y gerentes, porque
ya no calicaría como otorgada de manera general y
en consecuencia, sería una partida gravada para los
trabajadores que la recibieran.
En el caso de las prestaciones de fondo y caja de aho-
rro, deben cumplir con los requisitos de deducibilidad
del Título II o del Título IV, según el caso, para que sean
un ingreso exento para los trabajadores, requisitos que
estudiamos en la primera parte de este artículo.
Adicionalmente, si profundizamos nuestro estudio de la
fracción VI del ART-109 LISR, ésta menciona en forma
enunciativa, pero no limitativa, las siguientes prestacio-
nes como de previsión social:
a) Subsidios por incapacidad.
b) Becas educacionales para los trabajadores o sus
hijos.
c) Guarderías infantiles.
d) Actividades culturales.
e) Actividades deportivas.
f) Otras prestaciones de naturaleza análoga.
Analicemos cada uno ellos:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR