Sistema Monetario Colonial

EL SISTEMA MONETARIO COLONIAL. (1521-1821)
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Por Manuel Carrera STAMPA

I. Monedas introducidas por los conquistadores. II. Monedas nacidas en Nueva España. III. Moneda macuquina o de cruz. IV. Trabas con que tropezaron las autoridades. V. Monedas de Oro. VI. Talla y Valor. VII. La Casa de Moneda. VIII. Moneda Columnaria o de Mundos y Mares. IX. Moneda de Busto. X. Monedas de la guerra de Independencia. XI. Monedas Extranjeras usadas en la Colonia. XII. Circulación de nuestra moneda en otros países. XIII. Producción total. XIV. Moneda en circulación. XV. Sistema adoptado. XVI. Apreciaciones finales.

No se podrá tener nunca una idea de la economía de un país, si no se conoce, aunque sea someramente, el sistema monetario al cual se halla sujeto, sobre el cual gira su comercio e industria.

El derecho indiano que abarca este aspecto importantísimo de la vida colonial, ofrece dos particularidades distintivas: a) ser complicadísimo, y b) ser muy extenso y casuístico.

No es fácil para quien no esté acostumbrado al formulismo y a la terminología de antaño, seguir cuidadosamente una ley, una disposición, orden, despacho o cédula real, legislando tal o cual aspecto, tal o cual punto sobre este interesante tema.

Las fluctuaciones de la moneda dieron origen a un enorme caudal de disposiciones, en ocasión, contradictorias y absurdas.

I.-MONEDAS INTRODUCIDAS POR LOS CONQUISTADORES

La continuidad de un régimen monetario medieval que era el que privaba en España, se implantó y extendió en América y Filipinas en los tiempos modernos.

Los primeros conquistadores y pobladores, introdujeron las siguientes monedas:

El Castellano, que valía 485 maravedíes según lo ordenaba el Ordenamiento de Valencia de 1475, en 20 de febrero, por tener de ley 22 quilates y 3 gramos.

Más tarde, hacia 1497, por Ordenanza expedida en Medina, se le llamó excelente de la granada, con un valor de 375 maravedíes, tallándose el mismo marco de 8 onzas en 65 1/3 de piezas. Se conocía en el comercio con el nombre de castellano que más adelante trocó por el de ducado. (1).


(1) Para los primeros años de la Colonia conviene ver los siguientes estudios: Arthur Aiton S. y Benjamín W. Wheler, "La primera Casa de Moneda Americana", The Hispanic American Historical Review XI (1931), 158 178; José Fernando Ramírez, Nota 7 al tomo 1 de Historia de la Conquista de México, por W. Prescott (3 vols., México, 1844-1846). II, 82; Joaquín Maniau, Compendio de la Historia de la Real Hacienda (México, 1923), p. 91; Fabián de Fonseca y Carlos de Urrutia, Historia de la Real Hacienda escrita por ... de orden del Conde de Revillagigedo (6 vols., México, 1845-1853); I, 122 et seq.; Nueva Recopilación de Leyes que no han sido comprendidas en la Novísima (14 vols., Madrid, 1850), Los Códigos Españoles. XI, lib. V, tít. XXI, ley. I, p. 103.

En 1550 se volvió a darle el mismo valor (485 maravedíes), sin embargo, la costumbre introdujo otro, y en Nueva España, el castellano, se estimaba en 500 maravedíes. Así aparece, pongo por ejemplo, en el Memorial enviado por Hernando Cortés con el Ayuntamiento de la Villa Rica de Vera Cruz, al emperador Carlos V, junto con joyas y ropas y otras preseas.(2)


(2) Nueva Recopilación de Leyes op. cit. XI, 103-104; Antonio de Herrera, Descripción de las Indias Occidentales (suelo, Madrid, 1720), III, lib. IV, cap. VIII.

Además se igualaba el peso de oro; ambos, éste y el ducado de 500 maravedíes; como se infiere de la lectura de la cláusula 2a. de la Ordenanza para Venteros promulgada por Cortés en México (3).


(3) Ramírez, op. cit. loc. cit

2) El Ducado, conforme a la Ordenanza de Medina y la Pragmática de Carlos V, en 1556, se le asignó un valor de 375 maravedíes.

En Nueva España continuó con el mismo valor, así aparece en las Ordenanzas para Pabaderos de 7 de mayo de 1527,(4) así como en el proceso formado contra Diego García de Albornoz por la conjuración del Marqués del Valle de Oaxaca, Martín Cortés, ya que como se expresa, don Juan de Montemayor, apoderado de este último depositó en el arca "...quinientos ducados de oro de valor de trescientos y setenta y cinco maravedíes..."(5).


(4) Actas de Cabildo de la Cuidad de México, ed. Municipio Libre (México, 1889), I, 130:

(5) Proceso contra García de Albornoz por la conjuración del Marqués del Valle, 16 de febrero de 1563, cit. por Manuel Orozco y Berra, "Moneda en México", Diccionario Universal de Historia y Geografía (11 vols., México, 1854), v. 909.

3) El Doblón, de acuerdo con los ordenamientos citados valía 750 maravedíes;

4) El Escudo de oro común, por Ordenamiento dado por Carlos y Doña Juana en 1537 valía 350 maravedíes.

5) La Dobla valía 365 maravedíes y la Blanca 4 4/5 maravedíes; puesto que se dice en un antiguo arancel para escribanos y relatores dado en 1525, "Item que hayan de llevar los dichos escrivanos de cada hoja de lo procesado veynte e quatro maravedis que son cinco blancas..."(6)


(6) Pedro de Villavicencio y otros, Aranceles de los tribunales Juzgados y Oficinas de Justicia, Gobierno y Real Hacienda, (México, 1759), p. 106; Actas de Cabildo de la Ciudad de México, op. cit., Hordenanzas de oficios y aranceles, 5 de enero de 1525, p. 70 Ramírez, op. cit. loc cit.

Reduciendo las anteriores monedas a maravedíes, tenemos que valían:

Doblón

750

maravedíes

o

sea

4,39 pesos (moneda actual aproximadamente)

Castellano.

500

"

"

"

2,93

Ducado.

375

"

"

"

2.25

Dobla.

365

"

"

"

2,11

Escudo o Corona.

350

"

"

"

2,04

Blanca.

4 4/5

"

"

"

II.- MONEDAS NACIDAS EN NUEVA ESPAÑA

Los pueblos aborígenes de nuestro territorio carecían de moneda labrada, y las que hacían las veces de tal carecían de las cualidades esenciales de toda moneda, a saber: no había ley alguna que hiciera obligatorio recibir tales efectos en pago; es decir, que tuviese facultad liberatoria de obligaciones; no había limitación alguna de control y de producción, por la administración constituida (teocrático-militar en el caso de los aztecas) para poder establecer la relación de los precios y, por último, no se destinaban tales artículos (granos de cacao, pequeños pedazos de algodón, etc.) a la solución de obligaciones exclusivistas, ya que eran consumidas como alimento o como parte del traje y del adorno.

El comercio se verificaba por medio del trueque de objetos a los cuales se les asignaba determinado valor y que servían de medio de cambio o currency como dicen los ingleses. Objetos usados frecuentemente en las permutas, y que por ser escasos, por su rareza, eran muy solicitados; así por ejemplo, el oro, las plumas, o como acontecía con la coca en el Perú y el mate en Paraguay.

Eran muy diestros, dice Acosta en saber cuanto de cada cosa, era tanto de otra cosa (7).


(7) Joseph de Acosta, Historia Natural y Moral de las Indias, (2 vols., Madrid, 1792) I, 188.

Cinco clases de diferentes objetos se usaban como moneda, a saber: 1) granos o semillas de cacao (8), que se contaban por 8,000 almendras o sea un xiquipilli y que se calculaban por sacos, cada saco contenía 24,000 almendras o sean 3 xiquipillis (9).


(8) Alfonso Zuazuo, "Carta a Luis de Figueroa de 14 Noviembre de 1521", Colección de Documentos para la Historia de México, ed. Joaquín García Icazbalceta (2 vols., México, 1858-1866), I, 361; PH. Marcou", Cacao, cacahuatl ou cacaouette, Journal de la Societé des Américanistes de Paris, XII (1914-1919), 65-67; Alexander del Mar, The History of Money in America (New York, 1899), p. 47 et. seq.

(9) En la teocracia militar azteca, existían cuatro clases de cacaos, denominados respectivamente: quauhcacahuatl, mecatahuatl, xochicachuatl y tlacacahuatl, este último el más pequeño o "cacao humilde", empleado en las bebidas.

Además, el quahpatlachilli, que era otra variedad de cacao que se daba de limosna a los pobres. Todos tenían los mismos usos y propiedades, excepto éste. Para el alimento, en forma de bebida se usaba preferentemente el tlacacahuatl, vid., Francisco Cervantes Salazar, Tres Diálogos Latinos que escribió e imprimió en México en dicho año, México en 1554. ed., Joaquín García lcazbalceta, (México, 1875), p. 244, nota 75 a la pág. 153; Antonio de León y Gama, Descripción Histórica y cronológica de las dos piedras. (2a. ed., México, 1832), p. 138 148 y lámt V; Francisco León Carbajal, Discurso sobre la legislación de los Antiguos Mexicanos (2 vols., México, 1864), I, 74 et. seq.

Para completar los datos expuestos y tener una idea clara de la numeración azteca conviene ver: M. Simeón, "Notes sur la numération des Anciens Mexicains", Archives de la Comission Scientifique du Mexicque (4 vols., París, 1868), III, 523 et. seq., José Fernando Ramírez, "Aritmética de los Antiguos Mexicanos", Obras, Mss., XII. pp. 9-105, (Archivo del Instituto Nacional de Antropología) Camilo Criselli, Ensayo para reducir a años, meses, y días de la era gregoriana a la azteca (México, 1909).

La cuenta se hacía así: 20 granos de cacao era un olotl; 400 cacaos (20 x 20) se llamaba zontle; 20 zontles (20 x 400) u 8,000 almendras un xiquipilli y 3 xiquipilli (8,000 x 3) un saco, el cual como decía tenía 24,000 almendras y aproximadamente 4 1/2 pulgadas de anchura y lo mismo de largo de un extremo a otro (10).


(10) Francisco A. de Icaza, "Miscelánea Histórica", Revista Mexicana de Estudios Históricos, II, (México, 1928), 71; Carbajal, op. cit. loc cit.

2) oro en polvo, introducido en plumas o canutillos de ánades, que por su transparencia dejaban ver el oro y según su tamaño y grosor eran de mayor o menor valor;

3) pedazos de tela de algodón, que llamaban cuauchtli, patolcuachtli, los patoles cocheles como aparecen en las relaciones españolas y que servían exclusivamente para comprar materias de primera necesidad;

4) pedazos de cobre de lámina delgadísima en forma de T (de 3 ó 4 dedos de ancho, de 0,5 á 1 mm., de espesor y aproximadamente de 1,40 gramos de peso) que utilizaban para comprar objetos de poco valor, cuatro de...

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