Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Nuevo León, para simplificar, agilizar y eficientar la distribución de los permisos que entregue la Secretaría al Ejecutivo del Estado para ser entregados a los particulares solicitantes que utilicen embarcaciones...

Fecha de disposición01 Febrero 2006
Fecha de publicación01 Febrero 2006
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Nuevo León, para simplificar, agilizar y eficientar la distribución de los permisos que entregue la Secretaría al Ejecutivo del Estado para ser entregados a los particulares solicitantes que utilicen embarcaciones destinadas a la pesca deportivo-recreativa en dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL C. LIC. FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, ASISTIDO POR EL C. ING. RAMON CORRAL AVILA, COMISIONADO NACIONAL DE ACUACULTURA Y PESCA, Y EL C. ING. RAUL GONZALO RAMIREZ CARRILLO, DELEGADO DE LA SECRETARIA EN EL ESTADO DE NUEVO LEON, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, REPRESENTADO POR EL C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, JOSE NATIVIDAD GONZALEZ PARAS, ASISTIDO POR EL C. NAPOLEON CANTU CERNA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, Y EL C. RUBEN EDUARDO MARTINEZ DONDE, SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, CON LA INTERVENCION DE LA AGENCIA DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, REPRESENTADA POR EL C. DIRECTOR GENERAL, EMILIO RANGEL WOODYARD, Y A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LA SECRETARIA” Y “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, RESPECTIVAMENTE, PARA SIMPLIFICAR, AGILIZAR Y EFICIENTAR LA DISTRIBUCION DE LOS PERMISOS QUE ENTREGUE “LA SECRETARIA” A “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” PARA SER ENTREGADOS A LOS PARTICULARES SOLICITANTES QUE UTILICEN EMBARCACIONES DESTINADAS A LA PESCA DEPORTIVO-RECREATIVA, EN EL ESTADO DE NUEVO LEON, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

ANTECEDENTES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán estimular la colaboración administrativa con las entidades federativas promoviendo acciones tendientes a la modernización y simplificación de las administraciones tributarias.

  2. Considerando lo anterior y en atención a que la Pesca Deportivo-Recreativa, es una actividad de recreación y turística que constituye una fuente importante de empleos y divisas para la población, se considera necesario que mediante un acto jurídico de concertación, se lleven a cabo actividades conjuntas entre la Federación y las organizaciones de los sectores social o privado, proponiéndose como objetivo principal que las acciones administrativas en materia de pesca sean rápidas y eficientes.

  3. En diciembre de 2003, el Honorable Congreso de la Unión aprobó entre otras modificaciones, la adición del artículo 191-F y de un último párrafo al artículo 199-B de la Ley Federal de Derechos, que prevén el cobro del derecho de pesca por la expedición de permisos para embarcaciones destinadas a la pesca deportivo-recreativa, permisos individuales para efectuar la pesca deportivo-recreativa y de manera subacuática, así como por el aprovechamiento de los recursos pesqueros en la pesca deportivo-recreativa, con vigencia a partir del 1 de enero de 2004, a fin de establecer que las entidades federativas que hayan celebrado Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que directamente, cuando así lo acuerden expresamente, ejerzan funciones operativas de administración, sobre los ingresos que se obtengan por el cobro de los derechos derivados de los mencionados permisos.

  4. En fecha 28 de septiembre de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se modifica el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal por Conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Nuevo León, suscribiéndose el Anexo número 9 de dicho Convenio en el que se contempla que el Estado concertará con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación los lineamientos a que se sujetará la distribución de permisos de pesca deportivo-recreativa, en los cuales se determinarán el número de permisos a distribuir, así como las bases de coordinación para lograr la estricta aplicación y respeto de las acciones técnicas que conlleven al manejo sustentable de los recursos pesqueros.

    DECLARACIONES

  5. DE “LA SECRETARIA”

    I.1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal con las atribuciones que le confiere el artículo 35 del mismo ordenamiento, cuyo titular cuenta con las facultades no delegables para suscribir los convenios y acuerdos de coordinación que se celebren con los gobiernos de las entidades federativas, según lo establecido...

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