Acuerdo que modifica su similar de fecha 23 de diciembre de 2013, por el cual se autoriza el reconocimiento de las vialidades y su nomenclatura para el Programa Parcial de Crecimiento del Centro Urbano del Municipio de Corregidora, Qro.

21 de marzo de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3849
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las
facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública de l
Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 28 (veintiocho) de febrero de 2014 (dos mil catorce), el H. Ayuntamiento
de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo que modifica su similar de fecha 23 de diciembre de 2013, por el cual se
autoriza el reconocimiento de las vialidades y su nomenclatura para el Programa Parcial de Crecimiento del Centro
Urbano de Corregidora, Qro., mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción V, incisos d) y f) de la Constitució n Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción VIII, 6 y 9 fracciones I, III y X de la Ley General de Asentamientos Humanos, 35 de la
Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II, inciso d), 95, 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro; 1, 2, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, 41 y 154 del Código Urbano del Estado de
Querétaro; 5, 15, 18 y 27 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro; 15
fracción XVII 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro, corresponde a éste H.
Ayuntamiento conocer y resolver el Acuerdo que modifica su similar de fecha 23 de diciembre de 2013, por el cual se
autoriza el reconocimiento de las vialidades y su nomenclatura para el Programa Parcial de Crecimiento del Centro
Urbano de Corregidora, Qro., procedimiento administrativo que se encuentra radicado ante la Secretaría del Ayuntamiento
de este municipio, bajo el expediente administrativo número DAC/CAI/084/2012 y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro, el Municipio de Corregidora, Qro., se encuentra
facultado para emitir y aprobar disposiciones que organicen la administración pública mun icipal así como para regular
las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, como lo es en este caso lo relativo al
Desarrollo Urbano.
2. Que los artículos 115 fracción V, incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 9
fracciones I, III y X, y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 30 fracción II, inciso d), 121 y 122 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 10, 11 fracción I, 13, 15 fracción I, 16, 18, 40, y 41 del Código Urbano
del Estado de Querétaro, confieren al Municipio de Corregidora, Qro., la facultad de formular, aprobar y administrar la
zonificación y planes de desarrollo urbano de acuerdo con los Planes y Programas de Desarrollo Urbano,
declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio, ejerciendo dichas facultades a través del cabildo o con el contro l y
evaluación de éste.
3. Que con base las disposiciones jurídicas invocadas con antelación y conforme a lo establecido en los artículos 1 y 4
de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro, este H. Ayuntamiento, tiene plena competencia
para:
a). Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo;
b). Otorgar licencias y permisos para uso de suelo y construcción,
c). Autorizar y vigilar el desarrollo de fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios.
4. Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 23 de diciembre de 2013, este H. Ayuntamiento, aprobó el Acuerdo por
el que se autoriza el reconocimiento de las vialidades y su nomenclatur a para el Programa Parcial de Crecimiento del
Centro Urbano de Corregidora, Qro., cuyo Considerando 13 textualmente establece:
“13. La nomenclatura para las vialidades que se propone conforme al plano anexo, es la siguiente:
Vialidades Primarias:
o Av. Ámsterdam Poniente.
o Av. San Francisco Galileo.
Vialidades Secundarias:

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