Serie de Zonas Económicas Especiales: '4. Impuesto Sobre la Renta

Páginas0-16
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México.
notacefp / 020 / 2018
Serie de Zonas Económicas Especiales:
4. Impuesto Sobre la Renta
INTRODUCCIÓN
A efecto de dar seguimiento a la serie de notas relacionadas con la estrategia de
Zonas Económicas Especiales (ZEE) que el Centro de Estudios de las Finanzas
Públicas, en su carácter de órgano de apoyo técnico a la H. Cámara de Diputados,
viene presentando, pone ahora a disposición de los señores y señoras legisladoras
la relacionada con el tratamiento fiscal que, en materia de Impuesto Sobre la Renta
(ISR), tendrían las personas físicas y morales que se alojaran en tales zonas.
Este tema da continuidad a las primeras entregas sobre la estrategia de la ZEE, las
cuales incluyeron la exposición del marco general y operativo en el que se
desenvolverán estas zonas, así como su marco normativo, pero de manera
particular, es secuencia de la nota previa, donde se realizó un recuento de los
beneficios e incentivos fiscales de manera general, además de abordar
específicamente los beneficios e incentivos en materia de cuotas obrero
patronales, y uso o goce de inmuebles, por lo que ahora, dada la relevancia que los
beneficios fiscales tienen en la atracción de capitales, se aborda en especial el tema
del tratamiento que en materia de ISR tendrán aquéllos que ejecuten proyectos y
realicen actividades de inversión y productivas en las ZEE.
Nota Informativa
11 de mayo de 2018
1
Centro de Estudios de las Finanzas Públicas
Así, en esta cuarta entrega de la Serie de ZEE denominado Impuesto Sobre la
Renta, se dan a conocer los beneficios en la materia y los requisitos que deberán
cumplir los contribuyentes, que quieran acceder a los mismos. Además, se
complementa la exposición, con un apartado donde se refieren las experiencias de
dos países latinoamericanos con beneficios similares, a fin de establecer una
analogía tácita que permita derivar algunas lecciones que pudieran ser útiles en la
implementación de las ZEE en México, y con ello mejorar su aplicación.
Lo anterior en razón de que, como fue expuesto en la entrega anterior de la presente
serie1, la implementación desinformada de los beneficios fiscales y la dinámica de
las regiones pueden traer perturbaciones en el mercado que pocas veces son
compensadas con los beneficios originales del proyecto y provocar efectos
contrarios a los que intenta propiciar.
Finalmente reiterar que, tal como se anticipó, los tratamientos fiscales en materia
de IVA, IEPS y régimen aduanero se analizarán de manera particular en las
próximas entregas.
BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE ISR PARA LAS ZEE DECRETADAS
Los beneficios fiscales pueden ser muy diversos2, pero en la mayoría de los casos
se priorizan las deducciones al Impuesto Sobre la Renta como el principal estímulo
a la inversión, dada la facilidad administrativa que tiene su implementación y la
aceptación que tiene en los inversionistas, que los perciben como un incremento
directo en su utilidad, después del cobro de ISR y mejoran notablemente la tasa de
1 Serie de Zonas Económicas Especiales 3: Beneficios e Incentivos Fiscales Generales, consultado en:
http://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2018/notacefp0152018.pdf
2 A nivel internacional los más comunes son: las exenciones, deducciones, reducciones y d iferimientos.

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