Serie de Zonas Económicas Especiales: '3. Beneficios e Incentivos Fiscales Generales

Páginas0-15
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México.
notacefp / 015 / 2018
Serie de Zonas Económicas Especiales:
“3. Beneficios e Incentivos Fiscales Generales”
INTRODUCCIÓN
El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, en su carácter de órgano de apoyo técnico a
la H. Cámara de Diputados, pone a su disposición el tercer documento de la Serie de Zonas
Económicas Especiales (ZEE) denominado, Beneficios e Incentivos Fiscales Generales, cuyo
objetivo es dar a conocer, los beneficios fiscales otorgados en cada Zona y los requisitos que
deben cumplir los entes económicos que estén interesados en recibirlos.
A partir de la presente nota y a lo largo de las siguientes tres entregas, se pretende que el
lector conozca los diferentes beneficios fiscales que serán implementados en las zonas
económicas ya decretadas1, lo que permitirá tener un mejor conocimiento del alcance que
las facilidades administrativas y beneficios fiscales podrían tener, para lograr los objetivos
que dieron origen a esta estrategia.
Derivado de lo anterior, esta nota aborda los beneficios e incentivos en materia de cuotas
obrero patronales, y uso o goce de inmuebles; mientras que las siguientes publicaciones
analizaran de manera exhaustiva los beneficios en materia de Impuesto sobre la Renta (ISR)
(nota 4); Impuesto al Valor Agregado (IVA) (nota 5); así como el Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios (IEPS) y el régimen aduanero (nota 6).
En este sentido, esta entrega hace, en principio, un recuento de los aspectos que enmarcan
a los beneficios fiscales y aduaneros que se aplican a cada zona; adicionalmente, y con el
1 Véase, Centro de Estudios de las Fina nzas Públicas, Serie de Zonas Económicas Especiales: “Antecedentes y
Generalidades”, disponible en http://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2018/notacefp00920 18.pdf
Nota Informativa
30 de abril de 2018
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Centro de Estudios de las Finanzas Públicas
propósito de tener un referente sobre las experiencias en la implementación de estas
políticas fiscales en otros países, se analizaron los estímulos aplicados en las zonas francas
de Costa Rica, El Salvador y República Dominicana, lo que además serviría para prever las
implicaciones que los beneficios fiscales aquí tratados pudieran traer para México.
Finalmente se efectúa el análisis de las disposiciones de carácter general aprobadas en
México, los beneficios en materia de cuotas obrero patronales y por último, los beneficios
en materia de uso o goce de inmuebles; quedando pendientes para las próximas entregas,
el resto de los tratamientos fiscales diferenciados que han sido aprobados hasta ahora para
las ZEE.
I. NATURALEZA Y APLICACIÓN DE LOS BENEFICIOS FISCALES
Existen diversas formas en las que se puede aplicar un beneficio fiscal, las cuales están
sujetas al régimen tributario aplicable en cada país, los objetivos de su implementación y
las condiciones económicas existentes. A nivel internacional los estímulos fiscales más
comunes son: las exenciones, deducciones, reducciones y diferimientos.
De acuerdo con el documento “Estímulos fiscales y su tratamiento para efectos del
impuesto sobre la renta”2, los beneficios de carácter económico concedidos al sujeto pasivo
de un impuesto se pueden obtener siempre y cuando se cumpla con las siguientes
características: a) La existencia de un tributo o contribución a cargo del beneficiario del
estímulo, ya que el éste sólo se origina y concreta en torno a las cargas tributarias que pesan
sobre el contribuyente; b) La previsión de una situación especial del contribuyente,
establecida en abstracto por la disposición legal que otorga el estímulo, que al concretarse
da origen al derecho del contribuyente para exigirlo.
Conforme a lo anterior, en el caso de nuestro país la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP), señala que un estímulo fiscal es una medida de carácter tributario por medio
del cual los contribuyentes o un grupo de éstos obtienen un beneficio, que busca promover
o “estimular” una conducta o una actividad.3
La naturaleza de los estímulos fiscales involucra la intervención gubernamental con el
propósito de inducir el crecimiento y desarrollo económico En consecuencia, la utilización
de los beneficios fiscales, ha traído una serie de debates sobre la eficiencia en la atracción
de capital y sus beneficios sociales, así como de las distorsiones que pueden ocasionar en
el mercado.
2 Consultar Durán Becerra Agustín, 2009, pág. 47
3 SHCP, Presupuesto de Gasto Fiscales 2017, pág. 56

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