Sergio Elías Gutiérrez / ¿Justicia o venganza?

AutorSergio Elías Gutiérrez

Hace unos días, la nota roja la dieron unos niños, al menos así consideraría cualquier padre de familia a sus hijos a esa edad. Ahora, por una grave irresponsabilidad, enfrentan problemas judiciales. Los hechos son de sobra conocidos como para repetirlos. La violencia ha invadido de tal manera a nuestra sociedad que llegamos a verla como parte de la vida cotidiana.

Este asunto me permite hacer algunas consideraciones en torno a la inadecuación de las leyes penales con la realidad social. Trataré de hacerlo de manera sencilla, no obstante la complejidad del tema.

Existen en el derecho penal dos escuelas: la clásica y la positiva. La clásica aborda el problema penal desde el punto de vista de los delitos y de las penas que se deben imponer al delincuente. Lo que importa es el delito independientemente del sujeto. No importa la personalidad del delincuente o sus condiciones sociales.

A ésta siguió la llamada escuela positiva. Aquí la atención se centra en el estudio del delincuente y sus particularidades. Supone que el hombre está condicionado por el entorno social y el delito es más resultado de esos factores que de la personalidad intrínseca de los delincuentes. Se imputa una parte de la responsabilidad a la sociedad. En atención a esto, las penas no pueden corresponder sólo a "la gravedad objetiva de la infracción, sino a peligrosidad del autor". Las penas no deben atender sólo al castigo del delito, de eso se ocupan las escuelas que ven en la pena una venganza de la sociedad contra el delincuente.

En esta materia se han impuesto las posiciones eclécticas. De éstas quiero destacar, para los fines de este artículo, la llamada "escuela sociológica" que toma lo mejor de cada una y se orienta más hacia la escuela positiva que a la clásica. En esta posición, dice el maestro Fernando Castellanos, "la pena es un instrumento de conformidad con las exigencias de la técnica, para lograr no únicamente la prevención general o especial, sino la readaptación del delincuente, en esa forma la pena cumple su función defensora del orden jurídico. Básese en la capacidad de entender y querer".

Nuestra Constitución adoptó desde 1917 la escuela positiva del delito. El artículo 18 establece que el sistema penal se organizará sobre "la base del trabajo, la educación para el mismo y la readaptación social del delincuente".

La ley penal de Nuevo León adopta esa misma visión positivista. El artículo 17 señala: "El juez fijará dentro de los mínimos y máximos legales...

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