Resolución por la que se modifican los artículos primero, segundo, tercero y séptimo y se deroga el artículo segundo bis de la autorización otorgada a GMAC Mexicana, S.A. de C.V., para organizarse y operar como sociedad financiera de objeto limitado filial

Fecha de disposición02 Septiembre 2004
Fecha de publicación02 Septiembre 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se modifican los artículos primero, segundo, tercero y séptimo y se deroga el artículo segundo bis de la autorización otorgada a GMAC Mexicana, S.A. de C.V., para organizarse y operar como sociedad financiera de objeto limitado filial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca y Ahorro.

RESOLUCION UBA/070/2004

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 45-C y 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27 fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Mediante Resolución 101.-1516 de fecha 18 de julio de 1995, esta Secretaría autorizó la constitución y operación de una Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial denominada GMAC Mexicana, S.A. de C.V.;

  2. GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, mediante escrito del 2 de julio de 2003, recibido por esta dependencia el 21 de julio del mismo año, presentado por la licenciada Victoria Concepción Cantú Peña en su carácter de representante legal de esa sociedad financiera, personalidad que tiene debidamente acreditada ante esta Unidad de Banca y Ahorro remite para su aprobación el primer testimonio de la escritura pública número 9,861 de fecha 18 de junio de 2003, otorgada ante la fe del licenciado Carlos Rousseau Garza, Notario Público número 74, con ejercicio en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León, por la que se protocolizan las resoluciones adoptadas por el consentimiento unánime por escrito de los accionistas del 22 de mayo de 2003;

  3. De la documentación en cuestión, se desprende que GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial acordó, entre otros temas, aumentar su capital mínimo fijo de la cantidad de $27 300,000.00 (veintisiete millones trescientos mil pesos 00/100 M.N.) a $30 000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.) y, en consecuencia, modificar el artículo sexto de sus estatutos sociales.

  4. Mediante oficio UBA/DGABM/529/2003 de fecha 28 de julio de 2003, esta unidad administrativa aprobó la reforma al...

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