Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JE-0042-2023), 2023
Número de expediente | SM-JE-0042-2023 |
Fecha | 19 Septiembre 2023 |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO |
Tipo de proceso | Juicio electoral |
EXPEDIENTE: SM-JE-42/2023 PARTE ACTORA: G.A.A. REYES RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO SECRETARIA DE ESTUDIO Y CUENTA EN FUNCIONES DE MAGISTRADA: E.P.A. SECRETARIO: J.A.S.M. COLABORÓ: LUIS DANIEL APODACA MONTALVO |
Monterrey, Nuevo León, a diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés.
ÍNDICE
GLOSARIO
1. ANTECEDENTES DEL CASO
2. COMPETENCIA
3. PROCEDENCIA
4. ESTUDIO DE FONDO
4.1. Materia de la controversia
4.2. Decisión
4.3. Justificación de la decisión
5. RESOLUTIVO
Consejo General: |
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato |
Consejo Municipal: |
Consejo Municipal Electoral de M.D. del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato |
INE: |
Instituto Nacional Electoral |
Instituto local: |
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato |
Junta Ejecutiva: |
Junta Ejecutiva Regional de San Francisco del Rincón del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato |
Ley Electoral Local: |
Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato |
LEGIPE: |
|
Manuel Doblado: |
Municipio de M.D., Guanajuato |
PAN: |
Partido Acción Nacional |
PES: |
Procedimiento Especial Sancionador |
PRI: |
Partido Revolucionario Institucional |
Reglamento: |
Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
|
Suprema Corte: |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Tribunal Local: |
Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato |
Unidad Técnica: |
Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato |
En esa misma fecha la Unidad Técnica, reencauzó el asunto al considerar que el Consejo Municipal del referido municipio era el órgano competente para conocer de la denuncia.
- Radicación de expediente y acuerdo que niega medidas cautelares. A través de acuerdo del 14 de diciembre del referido año, el Consejo Municipal, radicó el PES bajo el número de expediente 01/2020-PES-CMMD, reservando su admisión o desechamiento, así como el pronunciamiento sobre las medidas cautelares, ordenando además la realización de diversos requerimientos.
Posteriormente, el 25 de marzo de 2021 el Consejo Municipal negó las medidas cautelares.
- Admisión, emplazamiento y audiencia. El 3 de mayo de 2021, se admitió el PES, ordenándose emplazar a las partes, por lo que el 7 de mayo, se llevó a cabo la audiencia de pruebas y alegatos; en esa misma fecha se remitió el expediente al Tribunal Local.
- Acuerdo P.. El 14 de junio de 2021, el Tribunal Local al detectar distintas omisiones y deficiencias en la integración del expediente emitió un acuerdo plenario en donde decretó la reposición de dicho procedimiento, ordenando a la Unidad Técnica la realización de diversas diligencias para mejor proveer para la debida sustanciación del procedimiento.
- Remisión de expediente. En cumplimiento a lo ordenado por el acuerdo CGIEEG/297/2021, emitido por el Consejo General, se instruyó a los consejos distritales y municipales electorales la remisión de documentación y material electoral al referido consejo y designó a las juntas ejecutivas regionales como las autoridades sustanciadoras para continuar con la tramitación de los procedimientos sancionadores, así el 28 de julio de 2021, el presidente del Consejo Municipal remitió el expediente 01/2020-PES-CMMD a la Junta Ejecutiva.
- Recepción y admisión en la Junta Ejecutiva y audiencia. El 20 de agosto de 2021, la Junta Ejecutiva radicó y admitió el PES 01/2020-PES-CMMD y ordenó emplazar a las partes para el desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, la cual se llevó a cabo el 25 de agosto de 2021.
Posteriormente, el 27 siguiente se remitió al ...
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