Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0247-2023), 2023
Número de expediente | SUP-JDC-0247-2023 |
Fecha | 16 Agosto 2023 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tribunal de Origen | ÓRGANO DE JUSTICIA INTRAPARTIDARIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA
EXPEDIENTE: SUP-JDC-247/2023
ACTORA: N.D.C.B.A.C.
AUTORIDAD RESPONSABLE: ÓRGANO DE JUSTICIA INTRAPARTIDARIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN
TERCERÍA INTERESADA: E.P.V.
SECRETARIA: R.S.V.
COLABORÓ: H.O.P. TORRES
Ciudad de México, a dieciséis de agosto de dos mil veintitrés
Sentencia de la Sala Superior que confirma la resolución incidental emitida el 15 de junio de 2023 por el Órgano de Justicia Intrapartidaria del Partido de la Revolución Democrática en el incidente de nulidad de actuaciones dentro del procedimiento de queja contra persona QP/CDMX/21/2023, ya que la resolución impugnada se encuentra debidamente fundada y motivada.
ÍNDICE
1. ASPECTOS GENERALES
2. ANTECEDENTES
3. TRÁMITE
4. COMPETENCIA
5. TERCERÍA INTERESADA
6. PROCEDENCIA
7. IMPROCEDENCIA DEL ESCRITO DE AMPLIACIÓN DE DEMANDA
8. ESTUDIO DE FONDO
9. RESOLUTIVO
GLOSARIO
Código procesal: |
|
Constitución general: |
|
Estatuto: |
Estatuto del Partido de la Revolución Democrática |
Instituto local: |
Instituto Electoral de la Ciudad de México |
Ley de Medios: |
Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Órgano de Justicia: |
Órgano de Justicia Intrapartidaria del Partido de la Revolución Democrática |
PRD: |
Partido de la Revolución Democrática |
Reglamento de Disciplina: |
Reglamento de disciplina interna del Partido de la Revolución Democrática |
Sala Superior: |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
SCJN o Suprema Corte: |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
- El asunto tiene su origen en un procedimiento intrapartidario de queja promovido en contra de la actora por presuntas violaciones a la normativa estatutaria del PRD en su calidad de presidenta de la Dirección Estatal Ejecutiva del PRD en la Ciudad de México. Específicamente, en la notificación y emplazamiento practicado a la actora en dicho procedimiento.
- En ese contexto, la actora promovió un incidente de nulidad de actuaciones, pues consideró que el Órgano de Justicia del PRD no la notificó y emplazó debidamente, lo cual, a su consideración, provocaba la nulidad del procedimiento instaurado en su contra.
- El Órgano de Justicia declaró infundado el incidente, decisión que es impugnada por la actora ante esta Sala Superior al considerar que se encuentra indebidamente fundada y motivada, por lo que pretende que sea revocada y que esta Sala Superior resuelva su incidente en plenitud de jurisdicción.
- Queja intrapartidaria (QP/CDMX/21/2023). El 30 de marzo de 2023,[1] E.P.V. presentó queja intrapartidaria en contra de N.d.C.A. y E.A.M.C. por su presunta falta de probidad y honradez, indebida diligencia en el cumplimiento de sus funciones como presidenta del PRD en la Ciudad de México, en el caso de la primera, así como por el uso ilegal de los recursos financieros del PRD en la Ciudad de México, en específico, en cuanto a las prerrogativas entregadas por el Instituto local al partido por los años 2020, 2021 y 2022.
- Admisión a trámite de la queja. El 4 de abril, el Órgano de Justicia del PRD admitió a trámite la queja y ordenó emplazar a los denunciados en los domicilios señalados por la parte quejosa, apercibiéndolos para que manifestaran lo que a su derecho conviniera, siendo que en caso contrario se tendría por precluido su derecho.
- El 26 de abril el Órgano de Justicia procedió a notificar a la hoy actora del procedimiento sancionador partidario instaurado en su contra
- Acuerdo de trámite. El 27 de abril, el Órgano de Justicia dictó acuerdo, en el que, entre otras cuestiones, tuvo por practicada la notificación y emplazamiento a la actora en el procedimiento partidario sancionador.
- Segundo acuerdo. El 16 de mayo, el Órgano de Justicia dictó un nuevo acuerdo de trámite en el que,...
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