Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JDC-0043-2023), 2023

Número de expedienteST-JDC-0043-2023
Fecha13 Mayo 2023
EmisorSala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tribunal de OrigenDIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL RESPECTIVO DE LA 14 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA EN EL ESTADO MÉXICO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: ST-JDC-43/2023

PARTE ACTORA: ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE

AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL RESPECTIVO DE LA 14 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE MÉXICO

MAGISTRADA PONENTE: MARCELA ELENA FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ

SECRETARIo: D.P.P.

COLABORÓ: P.C.V. RICO Y B.H. FLORES

Toluca de Lerdo, Estado de México, a trece de abril de dos mil veintitrés.

V I S T O S, para resolver los autos del juicio de la ciudadanía citado al rubro, promovido por ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE, a fin de impugnar la determinación que declaró improcedente su solicitud de inscripción a la Lista Nominal de Electores de personas que se encuentran en prisión preventiva.

RESULTANDO

I. Antecedentes. De la narración de hechos de la demanda, de las constancias que obran en autos y de los hechos notorios vinculados con la presente controversia[1], se advierte lo siguiente:

1. Escritos de inconformidad. El primero de junio de dos mil dieciocho, dos personas recluidas en el Centro Estatal de Reinserción Social “El Amate”, del Municipio de Cintalapa, Chiapas, por diversas causas penales en las que no se había dictado sentencia condenatoria, promovieron ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación juicios para la protección de los derechos político- electorales de la ciudadanía señalando dentro de sus conceptos de agravio la presunta omisión del Instituto Nacional Electoral de emitir lineamientos que regulen el derecho a votar de las personas que se encuentran recluidas sin haber sido sentenciadas.

Los indicados medios de impugnación fueron registrados con las claves de expediente SUP-JDC-352/2018 y SUP-JDC-353/2018, del índice de esa Sala.

2. Determinación de Sala Superior. El veinte de febrero de dos mil diecinueve, la Sala Superior de este Tribunal resolvió los juicios de la ciudadanía SUP-JDC-352/2018 y su acumulado SUPJDC-353/2018, concluyendo que las personas que se encuentran en prisión preventiva y que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, al encontrarse amparadas bajo la presunción de inocencia; ordenando entre sus efectos lo siguiente:

[…]

1. El Instituto Nacional Electoral implementará una primera etapa de prueba para garantizar el voto activo de los presos no sentenciados.

De manera paulatina y progresiva, el INE implementará un programa, antes del año dos mil veinticuatro, a fin de garantizar el derecho a votar de las personas en prisión preventiva. El mencionado programa será desarrollado por la autoridad electoral federal en plenitud de atribuciones, con la finalidad que en el año dos mil veinticuatro las personas en prisión preventiva puedan ejercer su derecho al voto activo.

[…]

(Lo resaltado es propio de la sentencia en cita)

3. Aprobación de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral. El veintinueve de enero de dos mil veintiuno, se presentó ante la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, para su conocimiento y aprobación el Proyecto de Acuerdo relativo al Modelo de Operación para la Prueba Piloto del Voto de Personas en Prisión Preventiva para el Proceso Electoral 2020-2021.

4. Modelo de Operación de la Prueba Piloto del Voto de Personas en Prisión Preventiva. El tres de febrero de dos mil veintiuno, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó mediante Acuerdo INE/CG97/2021 el Modelo de Operación para la citada prueba piloto para el Proceso Electoral 2020-2021, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada en el juicio SUP-JDC-352/2018 y acumulado.

5. Aprobación de la Comisión Temporal de Seguimiento a los Procesos Electorales Locales 2021-2022. El subsecuente quince de diciembre de dos mil veintiuno, se presentó ante la referida Comisión, para su conocimiento y aprobación, el Proyecto de Acuerdo relativo a los Lineamientos y el Modelo de Operación del Voto de Personas en Prisión Preventiva para el Proceso Electoral Local 2021-2022 en el Estado de H..

6. Lineamientos y Modelo de Operación del Voto de Personas en Prisión Preventiva. El diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó, mediante acuerdo INE/CG1792/2021, los Lineamientos y el Modelo de Operación del precitado voto para el Proceso Electoral Local 2021-2022 en el Estado de H..

7. Diseños de la documentación electoral. El subsecuente veintiocho de febrero de dos mil veintidós, mediante Acuerdo INE/COTSPEL2021-2022/005/2022, fueron aprobados los diseños de la documentación electoral del voto de las personas en prisión preventiva en el Estado de H., para el Proceso Electoral Local 2021- 2022.

8. Informe integral de evaluación del Voto de Personas en Prisión Preventiva. El veintinueve marzo de ese año, se presentó ante ese Consejo General, el Informe Integral de Evaluación del Programa Piloto del multicitado Voto para el Proceso Electoral Federal 2020-2021.

9. Solicitud de información sobre el sistema penitenciario de los Estados con Proceso Electoral Local. El seis de septiembre de dos mil veintidós, mediante el oficio INE/DEOE/1089/2022, la Dirección Ejecutiva de la Organización Electoral pidió el apoyo de los Organismos Públicos Locales de Coahuila y Estado de México, a efecto de solicitar a las autoridades encargadas de la administración del sistema penitenciario de sus Entidades, diversa información necesaria para la eventual implementación del Voto de Personas en Prisión Preventiva en el Proceso Local.

10. Exhorto del Congreso Local del Estado de México. El subsecuente once de octubre de dos mil veintidós, en sesión ordinaria de la LXI Legislatura del Congreso Local del Estado de México, se aprobó el punto de acuerdo por el cual se exhortó al Instituto como al Organismo Público Local del Estado de México a fin de instrumentar el Modelo de operación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva” para el Proceso Electoral Local en la citada entidad, de conformidad con lo dispuesto en la resolución dictada por la Sala Superior de este Tribunal en los juicios SUP-JDC-352/2018 y SUP-JDC-353/2018 acumulado.

11. Definición de los Centros Penitenciarios para el ejercicio del Voto de Personas en Prisión Preventiva. El ocho de noviembre de dos mil veintidós, mediante oficios INE/DEOE/1296/2022 e INE/DEOE/1297/2022, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral solicitó a las Juntas Locales Ejecutivas definir a través de las reuniones de trabajo con las Secretarías de Seguridad de Coahuila y Estado de México, los Centros Penitenciarios viables para la implementación del precitado Voto.

12. Centros Penitenciarios viables para el ejercicio del Voto de Personas en Prisión Preventiva en el Estado de México. Con fecha quince de noviembre de dos mil veintidós, la Junta Local Ejecutiva del Estado de México informó que de la reunión de trabajo celebrada con la Secretaría de Seguridad del Estado se determinó que los 22 (veintidós) Centros Penitenciarios existentes en la entidad, contaban con las condiciones necesarias para realizar el Voto.

13. Aprobación de la Comisión Temporal de Seguimiento a los Procesos Electorales Locales. El veintidós de noviembre de dos mil veintidós, se presentó ante la precitada Comisión, para su conocimiento y aprobación el Proyecto de Acuerdo, Lineamientos y Modelo de Operación para la Organización de la Prueba Piloto del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el Proceso Electoral Local 2022-2023.

14. Acuerdo INE/CG822/2022. El veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, el Pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral en sesión ordinaria emitió el Acuerdo por el que se aprobaron los lineamientos, modelo de operación y documentación electoral para la organización de la prueba piloto del voto de las personas en prisión preventiva, para el proceso electoral local 2022-2023, en los Estados de Coahuila de Zaragoza y México.

15. Acuerdo INE/CG125/2023. El veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, en sesión ordinaria el Consejo General aprobó los Lineamientos para la Conformación de la...

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