Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-1471-2022), 2022

Número de expedienteSUP-JDC-1471-2022
Fecha19 Abril 2023
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tribunal de OrigenCONSEJO GENERAL DEL INSITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO[1]

EXPEDIENTES: SUP-JDC-1471/2022 Y ACUMULADOS

PARTE ACTORA: R.S.P.J. Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDADES RESPONSABLES: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRA

TERCERO INTERESADO: MORENA

MAGISTRADA PONENTE: J.M.O.M.

SECRETARIOS: ALEJANDRO OLVERA ACEVEDO Y FERNANDO ANSELMO ESPAÑA GARCÍA

COLABORARON: J.P.R.M.Y.B.D.S.

MAGISTRADO ENCARGADO DEL ENGROSE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIADO: M.L.M.V., JENNY SOLÍS VENCES Y XAVIER SOTO PARRAO

COLABORARON: P.S. REYES LORANCA Y MOISÉS MESTAS FELIPE

Ciudad de México, a diecinueve de abril de dos mil veintitrés.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[2] emite sentencia en el sentido de: 1) desechar la demanda del juicio de la ciudadanía SUP-JDC-9/2023; 2) sobreseer parcialmente en el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-11/2023; 3) escindir la demanda del SUP-JDC-7/2023; 4) modificar la resolución INE/CG881/2022 emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral,[3] relativa a la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos del partido político nacional denominado M.[4], y 5) declarar la invalidez del último párrafo del artículo 64° del Estatuto de M., para los efectos que se precisan.

  1. ANTECEDENTES

  1. Convocatoria para la renovación de los órganos partidistas. El dieciséis de junio de dos mil veintidós,[5] el Comité Ejecutivo Nacional[6] de M. emitió la Convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario para llevar a cabo el procedimiento de renovación en diversos cargos y puestos intrapartidistas, a excepción de la Presidencia y la Secretaría General del CEN.

  1. Adenda. El veinticinco de julio, el CEN de M. expidió una adenda a la citada convocatoria.

  1. Celebración del III Congreso Nacional Ordinario de M.. El diecisiete y dieciocho de septiembre, se celebró el III Congreso Nacional Ordinario de Morena, en el cual se aprobaron, entre otros, las modificaciones al Estatuto de M..

  1. Acto impugnado. El catorce de diciembre, el Consejo General del INE emitió la resolución INE/CG881/2022, relativa a la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos del mencionado.

  1. Juicios de la ciudadanía. Del diecisiete al veintiséis de diciembre, así como el seis de enero de dos mil veintitrés, se promovieron diversos juicios de la ciudadanía con el objeto de controvertir el acuerdo del Consejo General del INE precisado en el apartado que antecede.

  1. Recepción, integración de expedientes y turno. Recibidas las demandas y demás constancias, la presidencia de esta Sala Superior ordenó integrar los respectivos expedientes, así como turnarlos a la ponencia de la Magistrada J.M.O.M., para su sustanciación, conforme a lo siguiente:

Clave de expediente

Promovente

Fecha de presentación de demanda

SUP-JDC-1471/2022

R.S.P.J.

20 de diciembre

SUP-JDC-1475/2022

J.M.A.R.

21 de diciembre

SUP-JDC-1476/2022

Fausto Miranda Canuto

21 de diciembre

SUP-JDC-1477/2022

F. de J.P.C.

22 de diciembre

SUP-JDC-1478/2022

A.A.S.

22 de diciembre

SUP-JDC-1484/2022

L.A.F.R.

22 de diciembre

SUP-JDC-1486/2022

R.M.E.

23 de diciembre

SUP-JDC-1487/2022

J.F.R.T.

23 de diciembre

SUP-JDC-1488/2022

J.G.M.

23 de diciembre

SUP-JDC-1489/2022

Alfredo Herrera

23 de diciembre

SUP-JDC-1494/2022

I.R.A.

26 de diciembre

SUP-JDC-7/2023

M.H.H.

26 de diciembre

SUP-JDC-8/2023

J.A.J.V.

16 de diciembre

SUP-JDC-9/2023

J.A.J.V.

16 de diciembre

SUP-JDC-10/2023

R.T.C.

6 de enero

SUP-JDC-11/2023

S.B.G.A., DATO PROTEGIDO (LGPDPPSO) y

L.V.O.

6 de enero

  1. En su oportunidad, la Magistrada Instructora radicó los medios de impugnación.

  1. Acuerdo de Sala. El veintiséis de diciembre, con motivo de la consulta realizada por la Sala Regional Guadalajara, esta Sala Superior determinó su competencia para conocer y resolver el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-1471/2022.

  1. Comparecencia. Mediante diversos escritos presentados ante la autoridad responsable, M. compareció ante la autoridad responsable para ser reconocido como tercero interesado en distintos juicios precisados en los numerales que anteceden.

  1. Desistimiento. El once de enero de dos mil veintitrés se recibió en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior escrito signado por DATO PROTEGIDO (LGPDPPSO), actor en el juicio SUP-JDC-11/2023, mediante el cual desistió de su demanda.

  1. Requerimiento. El trece de enero siguiente, la Magistrada instructora requirió al actor para que en el transcurso del siguiente día hábil ratificara el escrito de desistimiento referido en el numeral que antecede.

  1. Incomparecencia. El diecisiete de enero del año en curso, se recibió oficio del titular de la Oficialía de Partes de la Sala Superior, por el que informó que no se recibió comunicación alguna por parte del referido actor del juicio SUP-JDC-11/2023, a efecto de ratificar su desistimiento.

  1. Instrucción. En su oportunidad, la Magistrada Instructora admitió las demandas y declaró cerrada la instrucción con excepción del juicio de la ciudadanía SUP-JDC-9/2023.

  1. Sesión pública. En sesión pública de diecinueve de abril de dos mil veintitrés, el Pleno de la Sala Superior rechazó por mayoría de votos, el proyecto propuesta por la magistrada instructora, por lo que se designó al magistrado I.I.G. para la elaboración del engrose en lo relativo a la validez del artículo tercero transitorio del Estatuto.

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