Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SG-JRC-0039-2022), 2022

Número de expedienteSG-JRC-0039-2022
Fecha18 Agosto 2022
EmisorSala Regional Guadalajara (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE DURANGO
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SG-JRC-39/2022

PARTE ACTORA: MORENA

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE DURANGO

MAGISTRADA PONENTE: G. DEL VALLE PÉREZ

SECRETARIO: A.G.O.[1]

Guadalajara, J., a 18 de agosto de 2022.[2]

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve confirmar, en lo que fue materia de impugnación, la sentencia de los expedientes TEED-JE-106/2022 y TEED-JE-111/2022 acumulados, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Durango,[3] que confirmó la constancia de mayoría y validez de la elección a la presidencia municipal del ayuntamiento de Poanas, Durango.

Palabras clave: “ampliación de demanda”, “recuento total”, “votación recibida en fecha distinta”

A N T E C E D E N T E S

De lo expuesto en la demanda, las constancias que integran el expediente y de los hechos notorios, se desprende.

1. Jornada electoral. El 5 de junio se llevó a cabo la jornada electoral para la renovación, entre otros cargos, de las personas integrantes de los 39 ayuntamientos de los municipios que conforman el Estado de Durango, entre ellos, el de Poanas.

2. Sesión de cómputo municipal. El 8 y 9 de junio, el Consejo Municipal Electoral de Poanas, Durango[4] celebró la sesión especial de cómputo municipal de la elección relativa al Municipio de Poanas, Durango, durante la cual se efectuó el recuento de 18 casillas.

Los resultados finales del cómputo fueron los siguientes:[5]

TOTAL DE VOTOS EN EL MUNICIPIO

PARTIDO o COALICIÓN

(con letra)

(con número)

PAN

Dos mil setecientos catorce

2,714

PRI

Mil quinientos cuarenta y uno

1,541

PRD

Doscientos cincuenta y seis

256

PVEM

Mil seiscientos setenta y siete

1,677

PT

Trescientos ochenta y tres

383

Movimiento Ciudadano

Mil cuatrocientos veinticuatro

1,424

Morena

Dos mil doscientos catorce

2,214

RSPD

Ciento ochenta

180

PAN

PRI

PRD

Cien

100

PAN

PRI

Ciento cuarenta y tres

143

PAN

PRD

Dieciocho

18

PRI

PRD

Seis

6

PVEM

PT

Morena

RSPD

Cuarenta y tres

43

PVEM

PT

Morena

Veintiocho

28

PVEM

PT

RSPD

Once

11

PVEM

Morena

RSPD

Siete

7

PVEM

PT

Veinte

20

PVEM

Morena

Cincuenta y nueve

59

PVEM

RSPD

Diecisiete

17

PT

Morena

RSPD

Tres

3

PT

Morena

Treinta y cuatro

34

PT

RSPD

Tres

3

Morena

RSPD

Dieciocho

18

Candidaturas no registradas

Dos

2

Votos nulos

Trescientos siete

307

TOTAL

Once mil doscientos ocho

11,208

Una vez realizado el cómputo de la votación obtenida por cada partido o coalición, el Consejo Municipal realizó la distribución final de votos a los partidos políticos contendientes, para quedar como sigue[6]:

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN

PARTIDO

(con letra)

(con número)

PAN

Dos mil ochocientos veintinueve

2,829

PRI

Mil seiscientos cuarenta y ocho

1,648

PRD

Trescientos uno

301

PVEM

Mil setecientos cincuenta y uno

1,751

PT

Cuatrocientos treinta y siete

437

Movimiento Ciudadano

Mil cuatrocientos veinticuatro

1,424

Morena

Dos mil doscientos noventa y cinco

2,295

RSPD

Doscientos catorce

214

Candidatos no registrados

Dos

2

Votos nulos

Trescientos siete

307

TOTAL

Once...

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