Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-AG-0106-2022), 2022
Fecha | 04 Mayo 2022 |
Número de expediente | SUP-AG-0106-2022 |
Tipo de proceso | Asuntos generales |
Tribunal de Origen | SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
ASUNTO GENERAL
EXPEDIENTE: SUP-AG-106/2022
PROMOVENTE: A.K.G.R.
MAGISTRADO PONENTE: J.L.V.V.
SECRETARIO: M.A.G.P.
COLABORARON: DANIEL ERNESTO ORTÍZ GÓMEZ Y RICARDO ARGUELLO ORTIZ
Ciudad de México, a cuatro de mayo de dos mil veintidós.
S E N T E N C I A
Que dicta la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el asunto general indicado en el rubro, en el sentido de desechar de plano la demanda, al carecer de la firma autógrafa de la promovente.
Í N D I C E
R E S U L T A N D O
C O N S I D E R A N D O
R E S U E L V E
R E S U L T A N D O
1 I. Antecedentes. De los hechos narrados en el escrito y de las constancias del expediente se advierte lo siguiente.
2 A. Denuncia. El treinta de junio de dos mil veintiuno, la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México recibió un escrito en el que A.K.G.R. planteó diversas alegaciones de distintas materias de Derecho, entre ellas, posibles hechos que a su consideración pudieran ser constitutivos de violencia política en razón de género.
3 B. Acuerdo administrativo. El tres de agosto, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE tuvo por no presentado el escrito, por no haberse acreditado la personería de la promovente.
4 C. Impugnación en contra de la determinación administrativa. El veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, esta Sala Superior dicto sentencia dentro en los expedientes SUP-AG-208/2021 y acumulado, interpuesto en contra de dicha improcedencia, en el sentido de desechar de plano las demandas.
5 D. Asuntos generales. Inconforme, A.K.G.R. ha presentado sendos escritos, mediante los que ha pretendido impugnar las determinaciones dictadas por este órgano jurisdiccional para resolver dichas impugnaciones;
No. |
Fecha |
Acto impugnado |
Expediente |
Determinación |
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4 de agosto |
Acuerdo administrativo del INE |
SUP-AG-208/2021 |
Desecha por falta de firma autógrafa |
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4 de agosto |
Acuerdo administrativo del INE |
SUP-AG-215/2021 |
Desecha por inviabilidad |
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10 de septiembre |
SUP-AG-208/2021 y SU-AG-215/2021 |
SUP-AG-228/2021 |
Desecha por cuestionar una sentencia de la Sala Superior. |
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10 de septiembre |
SUP-REC-1265/2021 |
SUP-AG-229/2021 |
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17 de septiembre |
SUP-AG-228/2021 |
SUP-AG-233/2021 |
Desecha por falta de firma autógrafa |
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30 de septiembre |
SUP-AG-228/2021 |
SUP-AG-238/2021 |
Desechamiento por cuestionar una sentencia de la Sala Superior |
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7 de octubre |
SUP-AG-229/2021 |
SUP-AG-239/2021 |
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7 de octubre |
SUP-AG-229/2021 |
SUP-AG-240/2021 |
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27 de octubre |
SUP-AG-238/2021 |
SUP-AG-247/2021 |
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28 de octubre |
SUP-AG-239/2021 y acum |
SUP-AG-251/2021 |
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19 de noviembre |
SUP-AG-247/2021 y |
SUP-AG-256/2021 |
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21 de diciembre |
SUP-AG-256/2021 |
SUP-AG-271/2021 |
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26 de enero de 2022[1] |
SUP-AG-271/2021 |
SUP-AG-26/2022 |
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21 de febrero |
Acuerdo administrativo del INE |
SUP-AG-58/2022 |
Desecha por inviabilidad |
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22 de febrero |
SUP-AG-26/2021 |
SUP-AG-49/2022 |
Desechamiento por cuestionar una sentencia de la Sala Superior |
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16 de marzo |
SUP-AG-49/2022 |
SUP-AG-90/2022 |
Desechamiento por cuestionar una sentencia de la Sala Superior |
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2 de abril |
SUP-AG-58/2022 |
SUP-AG-91/2022 |
Desecha por falta de firma autógrafa |
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2 de abril |
SUP-AG-91/2022 |
SUP-AG-98/2022 |
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12 de abril |
SUP-AG-90/2022 |
SUP-AG-105/2022 |
Desechamiento por cuestionar una sentencia de la Sala Superior |
6 II. Presentación de un nuevo escrito de demanda. El quince de abril, se recibió en el correo electrónico paola.garcia@te.gob.mx, un escrito supuestamente suscrito por A.K.G.R., mediante el cual se pretende controvertir la determinación dictada en el indicado expediente SUP-AG-98/2022.
7 III. Turno. Por acuerdo del mismo día, el Magistrado Presidente de esta Sala Superior ordenó integrar el expediente como asunto general, registrarlo con la clave SUP-AG-106/2022, y turnarlo a la ponencia del Magistrado J.L.V.V., para el trámite correspondiente.
8 IV. Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Instructor radicó el expediente de mérito.
C O N S I D E R A N D OPRIMERO. Competencia
9 Esta Sala Superior es competente para conocer y resolver la presente controversia, toda vez que se trata de un escrito presentado por una ciudadana que realiza diversas manifestaciones en contra de...
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