Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JDC-0637-2018), 2018
Fecha | 11 Julio 2018 |
Número de expediente | ST-JDC-0637-2018 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Tribunal de Origen | CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO |
Emisor | Sala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: ST-JDC-637/2018
PARTE ACTORA: ANA ELIA ESPINOSA GARCÍA Y OTROS
RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO
MAGISTRADO PONENTE: J.C.S.A.
SECRETARIOS: A.J. REYES Y U.I. LEÓN FUENTES |
Toluca de Lerdo, Estado de México, a once de julio de dos mil dieciocho
VISTOS, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por A.E.E.G., Y.I.C., S.O.H., M.I.C.M. y S.M.J., en la vía per saltum, en contra de: 1) Los acuerdos del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H. con claves IEEH/CG/87/2018, IEEH/CG/88/2018, IEEH/CG/89/2018 e IEEH/CG/90/2018, relativos a la nueva designación de los consejeros del Distrito 11, con cabecera en Tulancingo de Bravo, H., así como la remoción y nueva designación del Coordinador de Capacitación de dicho consejo, y 2) El inicio, sustanciación y emisión de dictamen dentro del expediente IEEH/SE/PER/001/2018, por el que se determina que existe causa legal suficiente para la remoción de tres de los actores como consejeros distritales.
R E S U L T A N D O
I. Antecedentes. De lo manifestado por la parte actora en su demanda, así como de las constancias que obran en los autos del expediente que se resuelve, se advierte lo siguiente:
1. Primera designación de consejeros distritales. El veintitrés de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H. (IEEH) emitió el acuerdo CG/059/2017, por el que designó a los ciudadanos que enseguida se identifican, como consejeras y consejeros del Distrito 11, con cabecera en Tulancingo de Bravo, H.:
Consejeras y consejeros propietarios |
Ana Elia Espinoza García |
E.G.T. |
|
S.O.H. |
|
Consejeras y consejeros suplentes |
Y.I.C.[1] |
Gustavo Gress López |
|
M.G.L. |
Sin embargo, el trece de enero del año en curso, E.G.T. renunció al cargo de Consejera Electoral Distrital, por lo que se designó a Y.I.C.,[2] quedando integrado el consejo con los tres ciudadanos que ahora son actores.
2. Nombramiento de la coordinadora ante el consejo distrital. En la misma fecha, el referido Consejo General emitió el acuerdo CG/060/2017, por el que se designó a la ciudadana M. de los Ángeles G.A. como Coordinadora Electoral para el Distrito 11, en Tulancingo de Bravo, H..
3. Aprobación de la estructura técnico-administrativa de los consejos distritales. El propio veintitrés de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del IEEH emitió el acuerdo CG/061/2017, por el que se aprobó la integración de la estructura técnico-administrativa del Consejo Distrital 11, en los siguientes términos:
Secretaria |
Astrid Cristina Austria Guarneros |
Coordinadora de Organización |
Melisa García Ruiz |
Coordinador de Capacitación |
M.I.C.M. |
4. Aviso de rescisión de contrato. El dieciocho de junio del año en curso, el ciudadano A.A.H.P., en su carácter de apoderado legal del IEEH, les notificó a los integrantes del Consejo Distrital 11 (consejeros y personal técnico-administrativo, así como a la Coordinadora Distrital) la rescisión del contrato de prestación de servicios celebrado con dicho Instituto, con efectos a partir del veinte de junio siguiente.[3]
5. Notificación de revocación del aviso de rescisión de contrato. El veinte de junio del año en curso, diversos servidores públicos acudieron a los domicilios de los actores para notificarles el oficio suscrito por el ciudadano A.A.H.P., en su carácter de apoderado legal del IEEH, a través del cual se les informa de la revocación del aviso de rescisión de contrato.[4]
6. Recepción de documentación electoral del Distrito 11. En la misma fecha, al realizar la diligencia para la entrega de la documentación electoral correspondiente al Distrito electoral local 11, se observó que las oficinas estaban cerradas y selladas, por lo que se trasladó la documentación a la bodega general del IEEH, para su resguardo, y se realizó la entrega en el Consejo Distrital hasta el día siguiente, en presencia de la Secretaria Distrital, Coordinadora Distrital y Coordinadora de Organización del referido consejo.[5]
7. Inasistencias de los actores. En los días veintiuno a veinticinco de junio del año en curso, se levantaron las actas correspondientes, por la Secretaria Distrital en funciones de Oficialía Electoral, en las que se dio fe de la no comparecencia de los consejeros distritales y el Coordinador de Organización del Distrito 11 (actores, con excepción de S.M.J.) a las instalaciones de dicho consejo, en un horario de las nueve a las veinte horas, a fin de desempeñar sus funciones.[6]
8. Inicio del procedimiento especial de remoción. El veintiuno de junio del año en curso, mediante el oficio número IEEH/PRESIDENCIA/356/2018, la Consejera Presidenta del IEEH instruyó al S. Ejecutivo que iniciara un procedimiento urgente en el que, respetando el debido proceso, se investigara y de ser el caso se determinara si existía causa legal suficiente para remover a los entonces consejeros distritales y Coordinador de Organización (actores, con excepción de S.M.J.).[7]
En la misma fecha, el S. Ejecutivo instruyó al Director Ejecutivo Jurídico para llevar a cabo el procedimiento solicitado (oficio IEEH/SE/1345/2018).[8]
Asimismo, dictó el acuerdo de radicación en el expediente del procedimiento especial de remoción con clave IEEH/SE/PER/001/2018, ordenando notificar a los denunciados (hoy actores, con excepción de S.M.J.) y fijando como fecha y hora para audiencia de pruebas y alegatos el veintitrés de junio siguiente, a las quince horas.[9]
9. Notificación del procedimiento de remoción. El veintidós de junio siguiente, se practicaron las notificaciones personales a los denunciados respecto del procedimiento de remoción referido en el punto anterior.[10]
10. Audiencia de pruebas y alegatos. El veintitrés de junio del año en curso, se llevó a cabo la audiencia de pruebas y alegatos, dentro del expediente IEEH/SE/PER/001/2018, por el S. Ejecutivo.[11]
11. Dictamen del procedimiento especial de remoción. El veintisiete de junio del año en curso, el S. Ejecutivo emitió el dictamen correspondiente dentro del procedimiento especial de remoción con clave IEEH/SE/PER/001/2018, en el sentido de determinar que existía la causa legal suficiente para proponer al Pleno del Consejo General su remoción de los denunciados.[12]
12. Proyecto de acuerdo de remoción de los consejeros distritales. En la misma fecha, la Consejera Presidenta del IEEH presentó al Pleno del Consejo General un proyecto de acuerdo con clave IEEH/CG/PROY/001/2018, a fin de que se aprobara la remoción de los entonces consejeros distritales (actores); sin embargo, el proyecto no fue aprobado al no alcanzar la votación necesaria para ello.[13]
13. Nombramiento de los Consejeros Distritales actuales. El veintisiete y veintinueve de junio del año en curso, el Consejo General del IEEH aprobó los acuerdos IEEH/CG/87/2018 -por unanimidad, con votos concurrentes-[14] e IEEH/CG/90/2018 -por unanimidad-,[15] respectivamente, por los que se designó a los actuales Consejeros del Distrito 11:[16]
Consejeras y consejeros propietarios |
Gustavo Gress López |
Sandra Rivera González |
|
Adriana García González |
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Consejeras y consejeros suplentes |
Raymundo Norberto Martínez Vargas |
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