Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JDC-0721-2021), 2021

Número de expedienteST-JDC-0721-2021
Fecha25 Noviembre 2021
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
EmisorSala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOS para lA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO -ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTES: st-jdc-721/2021 y st-jdc-727/2021 ACUMULADOS

PARTEs ACTORAs: BIANCA CANDY RAMOS PONCE Y F.E.M.V.

autoridad RESPONSABLE: tribunal electoral del estado de MÉXICO

PARTE TERCERA INTERESADA: NO COMPARECIÓ

MAGISTRADo PONENTE: juan carlos silva adaya

secretariO: A.J. REYES

Toluca de Lerdo, Estado de México, a veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno

Sentencia de la S.R. Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que modifica la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en los expedientes JDCL/395/2021 y JDCL/492/2021, acumulados, por medio de la cual revocó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo de asignación de regidurías por el principio de representación proporcional del Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, así como las constancias otorgadas a F.E.M.V. y S.M.O. en la décima segunda regiduría, propietaria y suplente.

RESULTANDO

I. Antecedentes. De las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

1. Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno,[1] se llevó a cabo la elección de diputaciones locales por el principio de mayoría relativa al Congreso local, así como de integrantes de los ayuntamientos del Estado de México.

2. Cómputo municipal, declaración de validez de la elección y entrega de la constancia de mayoría relativa. El nueve de junio, el Consejo Municipal con sede en Ecatepec de Morelos, Estado de México, realizó el cómputo municipal de la elección de integrantes de ayuntamiento de ese municipio, por el principio de mayoría relativa, mismo que concluyó el doce del mismo mes y año, en el que se arrojaron los resultados siguientes:

TOTAL DE VOTOS EN ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO

PARTIDO O COALICIÓN

NÚMERO DE VOTOS

NÚMERO DE VOTOS (LETRA)

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44,808

Cuarenta y cuatro mil ochocientos ocho

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171,928

Ciento setenta y un mil novecientos veintiocho

http://10.10.15.37/imgs/log_prd.jpg

26,269

Veintiséis mil doscientos sesenta y nueve

https://p2018.ine.mx/assets/img/LogosPartidos/pt.pngLogotipo, nombre de la empresa Descripción generada automáticamenteCaptura de pantalla de un celular Descripción generada automáticamente

286,286

Doscientos ochenta y seis mil doscientos ochenta y seis

http://www.ife.org.mx/docs/Internet/Partidos_Politicos_DEPPP/directoriopp_DEPPP/directoriopp_DEPPP-img/logo-pvemL.gif

15,296

Quince mil doscientos noventa y seis

Imagen que contiene Aplicación Descripción generada automáticamente

15,607

Quince mil seiscientos siete

Icono Descripción generada automáticamente

7,515

Siete mil quinientos quince

Imagen que contiene Icono Descripción generada automáticamente

5,538

Cinco mil quinientos treinta y ocho

Imagen que contiene Texto Descripción generada automáticamente

9,681

Nueve mil seiscientos ochenta y uno

Votos válidos

582,928

Quinientos ochenta y dos mil novecientos veintiocho

Candidatos no registrados

1,132

Mil ciento treinta y dos

Votos nulos

17,084

Diecisiete mil ochenta y cuatro

Votación total en el municipio

601,144

Seiscientos un mil ciento cuarenta y cuatro

Al finalizar el cómputo en la citada sesión, el Consejo Municipal declaró la validez de la elección y entregó la constancia de mayoría a la planilla de candidatos postulada por la Coalición "Juntos Haremos Historia en el Estado de México" encabezada por L.F.V.C. y J.P.A., en su calidad de propietario y suplente, respectivamente.

3. Asignación de regidurías por el principio de representación proporcional y entrega de la constancia respectiva. En la sesión referida, el Consejo Municipal realizó la asignación de la sindicatura y las regidurías por el principio de representación proporcional, y entregó las constancias respectivas, en los términos siguientes:

ASIGNACIÓN DE REGIDURIAS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO

PARTIDO O COALICIÓN

PROPIETARIO

SUPLENTE

CARGO

GÉNERO

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M.E.G.R.

Gabriela Ávila Pérez

Sindicatura

M.

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U.T.H.

Víctor Manuel Casio Uribe

8ª regiduría

Hombre

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S.L.M.M.

Alba Selena Rojas Muñoz

9ª regiduría

M.

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D.C.M.

Ó.M.J.A.

10ª regiduría

Hombre

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Ó.F.V.C.

M.P.M.

11ª regiduría

Hombre

http://10.10.15.37/imgs/log_prd.jpg

F.E.M. Vargas

S.M.O.

12ª regiduría

Hombre

4. Impugnaciones en la instancia local. El quince de junio, las ciudadanas G.G.C. y B.C.P., presentaron, ante el Consejo Municipal con sede en Ecatepec de Morelos, Estado de México, medios de impugnación a fin de controvertir la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional, así como la entrega de constancias a los ciudadanos F.E.M.V. y S.M.O. como décimo segundos regidores propietario y suplente; así como la entrega de las constancias a los ciudadanos D.C.M. y Ó.M.J.A., como décimos regidores, propietario y suplente, respectivamente. Dichos juicios fueron registrados con las claves JDCL/395/2021y JDCL/492/2021.

5. Sentencia dictada en los medios de impugnación locales (acto impugnado). El catorce de octubre, el Tribunal Electoral del Estado de México dictó sentencia, mediante la cual, entre otras cuestiones, revocó, en lo que fue materia de...

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