Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0123-2018-Inc2), 2018

Fecha06 Abril 2018
Número de expedienteSX-JDC-0123-2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenCOMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA, COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES DE MORENA
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

INCIDENTES DE INEJECUCIÓN E INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-123/2018

Incidentista: D.d.C.C.S.

ÓRGANOS RESPONSABLES: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA y otro

MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ

SECRETARIOS: CARIDAD GUADALUPE H.Z.E.I.I.M.M.

COLABORARON: ARELY HERNÁNDEZ JIMÉNEZ Y VICTORIO CADEZA GONZÁLEZ

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, seis de abril de dos mil dieciocho.

RESOLUCIÓN relativa a los incidentes de inejecución e incumplimiento de sentencia promovidos por D.d.C.C.S., respecto a la sentencia emitida en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro indicado.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. El contexto.

II. Del trámite y sustanciación de los incidentes.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDO. Acumulación.

TERCERO. Estudio de la cuestión incidental.

Incidente de inejecución de la sentencia.

Incidente de incumplimiento de sentencia.

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S.R. determina declarar improcedente el incidente de inejecución de sentencia al actualizarse la causal consistente en la falta de materia; e infundados los planteamientos del incidente de incumplimiento de sentencia, en virtud de que la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA dio cumplimiento a lo ordenado por este órgano jurisdiccional, en la sentencia del juicio ciudadano SX-JDC-123/2018, en el sentido de haber emitido una nueva determinación en la que se pronunciara en relación con la procedencia del registro de D.d.C.C.S. como precandidata a Senadora de la República por el principio de mayoría relativa en el estado de Tabasco.

ANTECEDENTES I. El contexto.

De las constancias que obran en autos, se obtiene lo siguiente:

  1. Sentencia del juicio ciudadano SX-JDC-123/2018. El dieciséis de marzo de dos mil dieciocho[1], esta S.R. emitió sentencia en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en el expediente en que se actúa, en la que revocó la resolución emitida el seis de marzo del año en curso por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, en el expediente CNHJ-TAB-001/18.
  2. Como consecuencia de lo anterior, en plenitud de jurisdicción, también revocó el Dictamen sobre el proceso interno de selección de precandidatos/as a Senadores/as de la República por el principio de mayoría relativa, de trece de diciembre de dos mil diecisiete, así como los actos que se hubieren emitido con posterioridad, única y exclusivamente en lo relativo a las candidaturas de la primera fórmula de senadores de la República por el principio de mayoría relativa, en el estado de Tabasco.
  3. Por tanto, se ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA que emitiera una nueva determinación en la que de manera fundada y motivada se pronunciara en relación con la procedencia del registro de D.d.C.C.S. como precandidata a Senadora de la República por el principio de mayoría relativa en el estado de Tabasco.
  4. Cumplimiento. El veinte de marzo, en cumplimiento a la sentencia del juicio ciudadano SX-JDC-123/2018, la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA emitió el Dictamen sobre el proceso de selección de candidatos/as a Senadores/as de la República por el principio de mayoría relativa en el estado de Tabasco, para el proceso electoral 2017-2018. En el que determinó lo siguiente:

[…]

RESULTANDO

[…]

TERCERO. Que en sesión de la Comisión Nacional de Elecciones se llevó a cabo la revisión exhaustiva y se verificó el cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios de la solicitud de registro de D.D.C.C.S...Z., conforme a las constancias que obran en su expediente. Acto seguido, se procedió a la calificación y valoración de su perfil con base en las constancias documentales que obran en el expediente, tomando en cuenta su trayectoria política, laboral y profesional. En este sentido, se pondera que dicha compañera, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, se dedica al comercio y fomento ganadero; se ha desempeñado como consejera estatal y nacional dentro del partido; busca ser Senadora para ayudar a que haya menos desigualdad en el país e implementar algunos programas. Asimismo, en su proyecto de trabajo propone la revisión de las reformas estructurales aprobadas en el actual sexenio.

De similar forma, se realizó la revisión exhaustiva y se verificó el cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios de la solicitud de registro de M.F.B., conforme a las constancias que obran en su expediente. Acto seguido, se procedió a la calificación y valoración de su perfil con base en las constancias documentales que obran en el expediente, tomando en cuenta su trayectoria política, laboral y profesional. En este sentido, se pondera que dicha compañera, cuenta con estudios de nivel licenciatura; ha sido Diputada Federal de Mayoría Relativa por el Distrito VI de Tabasco, integrante de las Comisiones de Puntos Constitucionales, Energía, Federalismo y Reforma del Estado; se ha desempeñado como Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Tabasco; es fundadora del partido y ha sido consejera estatal de MORENA en Tabasco; busca ser Senadora para lograr desde la Cámara Alta, las bases y fundamentos legales para la transformación del país, el fortalecimiento de la soberanía y la justicia social. Entre sus propuestas de trabajo destaca la revisión de la modificación constitucional en materia energética, educación e instaurar una política exterior de respeto a la soberanía nacional.

De acuerdo con el análisis y valoración del perfil de cada una de las aspirantes mencionadas, de conformidad con las constancias documentales que obran en sus respectivos expedientes y, tomando en cuenta la opinión de los responsables políticos y estatales y nacionales en Tabasco, ésta Comisión Nacional arribó a la determinación de que la ciudadana M.F.B., presenta el perfil adecuado que nos permita potenciar la estrategia político electoral de MORENA en el estado de Tabasco, debido a su amplia trayectoria en el sector público, quien se ha desempeñado como servidora pública del gobierno del estado. Por otra parte, cuenta con amplia experiencia en materia legislativa, dado que ha sido Diputada Federal durante los años 2006-2009 y sobresale su participación activa en las reformas a la Constitución de la República en materia de acceso a la información como derecho de todos los mexicanos; en la reforma electoral para lograr equidad y disminuir gastos en los procesos electorales; las reformas en gasto público y rendición de cuentas; la aprobación del dictamen de la ley de salarios máximos de los altos funcionarios de los tres niveles de gobierno; así como las reformas en materia de acceso a la cultura y protección de datos personales. En este tenor, es oportuno resaltar que fue Diputada por el principio de mayoría relativa; es decir, ya fue electa por un alto índice de votación favorable, lo que ha permitido conocer las necesidades de la ciudadanía y gozar de reconocimiento y aceptación de los diversos extractos de la sociedad tabasqueña; lo cual...

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