Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-1308-2021), 2021
Fecha | 06 Agosto 2021 |
Número de expediente | SX-JDC-1308-2021 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS |
Emisor | Sala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTES: SX-JDC-1308/2021 Y ACUMULADOS
PARTE ACTORA: P.D.C.C.R. Y OTROS
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
TERCERO INTERESADO: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
MAGISTRADA PONENTE: E.B.Z.
SECRETARIO: A.S.R.
COLABORADORAS: FÁTIMA RAMOS RAMOS Y PAOLA HERRERA GALINDO
Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, seis de agosto de dos mil veintiuno.
Sentencia que resuelve los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y de revisión constitucional electoral, promovidos por P.d.C.C.R.[1], y los partidos políticos M. y Verde Ecologista de México[2].
La parte actora controvierten la sentencia de diecisiete de julio del año en curso, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas[3], dentro de los juicios de inconformidad TEECH/JIN-M/005/2021 y sus acumulados[4], mediante la cual confirmó el computo municipal de la elección de miembros del ayuntamiento de Tecpatán, Chiapas, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez, expedida en favor de la planilla postulada por la coalición “Va por Chiapas”[5].
Í N D I C E
SUMARIO DE LA DECISIÓN
ANTECEDENTES
I. Contexto
II. Medios de impugnación federales
CONSIDERANDO
PRIMERO. Jurisdicción y competencia
SEGUNDO. Acumulación
TERCERO. Tercero interesado
CUARTO. Requisitos de procedencia
QUINTO. Estudio de fondo
RESUELVE
SUMARIO DE LA DECISIÓN ANTECEDENTES I. Contexto
De lo narrado por la parte actora y de las constancias que obran en autos se advierte lo siguiente:
- Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno[6], se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de los integrantes de los ayuntamientos en Chiapas, entre ellas, la correspondiente al municipio de Tecpatán.
- Sesión de cómputo municipal. El nueve de junio, el Consejo Municipal Electoral de Tecpatán[7] del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas[8]; llevó a cabo la sesión de cómputo de la elección referida, en la cual se obtuvieron los siguientes resultados:[9]
VOTACIÓN (CON NÚMERO) |
VOTACIÓN (CON LETRA) |
|
Coalición “Va por Chiapas”
|
4,243 |
Cuatro mil doscientos cuarenta y tres |
Partido del Trabajo |
42 |
Cuarenta y dos |
Partido Verde Ecologista de México |
3,306 |
Tres mil trescientos seis |
Movimiento Ciudadano |
150 |
Ciento cincuenta |
Partido Chiapas Unido |
295 |
Doscientos noventa y cinco |
MORENA |
3,151 |
Tres mil ciento cincuenta y uno
|
Partido Popular Chiapaneco |
105 |
Ciento cinco |
Partido Encuentro Solidario |
95 |
Noventa y cinco |
Partido Redes Sociales Progresistas |
56 |
Cincuenta y seis |
CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS |
1 |
Uno |
VOTOS NULOS |
347 |
Trescientos cuarenta y siete |
VOTACIÓN TOTAL |
11,791 |
Once mil setecientos noventa y uno |
- Declaración de validez. Una vez obtenidos los resultados se declaró la validez de la elección y se entregó la constancia de mayoría a la planilla postulada por la coalición “Va por Chiapas”, encabezada por el ciudadano J.G.L..
- Juicios de inconformidad. Inconformes con los resultados anteriores, el doce y trece de junio, respectivamente, los partidos políticos Verde Ecologista de México, M. y Movimiento Ciudadano, promovieron los referidos juicios ante el Instituto local.
- Resolución impugnada. El diecisiete de julio, el Tribunal local resolvió el fondo de la controversia y confirmó los resultados de la elección y la declaración de validez impugnados, así como la constancia de mayoría.
- Presentación. El veinte de julio, P.d.C.C.R., así como los partidos políticos M. y Verde Ecologista de México promovieron los presentes juicios ante el Tribunal responsable.
- Tercero interesado. El veintitrés de julio, el Partido Revolucionario Institucional[10] compareció con tal carácter dentro de cada uno de los juicios que ahora se resuelven.
- Recepción. El veintisiete de julio, se recibieron en la Oficialía de Partes de esta S.R. los escritos de demanda, las constancias de trámite y los expedientes de origen.
- Turno. El veintiocho de julio, el Magistrado P. de esta S.R. acordó integrar los expedientes SX-JDC-1...
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