Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-1388-2021), 2021
Número de expediente | SX-JDC-1388-2021 |
Fecha | 15 Septiembre 2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTES: SX-JDC-1388/2021 Y SX-JRC-422/2021 ACUMULADOS
ACTORES: M.A.D.O. Y PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
TERCEROS INTERESADOS: F.R.M.U. Y OTROS
MAGISTRADA PONENTE: E.B.Z.
SECRETARIOS: L.Á.H.R., J.A.M.M., A.C.M.
COLABORÓ: I.G.H. CRUZ Y ROGELIO VARGAS AGUILAR
Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave; quince de septiembre de dos mil veintiuno.
SENTENCIA mediante la cual se resuelven los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y de revisión constitucional, promovidos por M.A.D.O.[1] y el Partido Verde Ecologista de México[2] a través de M.J.R.D., representante propietario acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de S.C. de las Casas, Chiapas.
Los actores impugnan la sentencia emitida el veintisiete de agosto del año en curso por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas[3] en el expediente TEECH/JIN-M/043/2021 y sus acumulados que declaró la nulidad de la elección de miembros del Ayuntamiento de S.C. de las Casas, Chiapas, y revocó la constancia de mayoría y validez expedida a la planilla de candidatos postulada por el Partido Verde Ecologista de México.
ÍNDICE
SUMARIO DE LA DECISIÓN
ANTECEDENTES
I. El contexto
II. Del trámite y sustanciación del medio de impugnación federal
CONSIDERANDO
PRIMERO. Jurisdicción y competencia
SEGUNDO. Acumulación
TERCERO. Terceros interesados
CUARTO. Causales de improcedencia
QUINTO. Requisitos generales y especiales de procedencia
SEXTO. Naturaleza del juicio de revisión constitucional electoral
SÉPTIMO. Estudio de fondo
RESUELVE
SUMARIO DE LA DECISIÓN
Esta Sala Regional determina revocar la sentencia impugnada, toda vez que las irregularidades relacionadas con ocho casillas son insuficientes para afectar la votación recibida en las restantes y, por ende, para anular la elección; aunado a ello, la responsable analizó una causal de nulidad no invocada por los actores de los juicios locales, sobrepasando los límites de la suplencia de la queja, lo que se tradujo en una afectación al principio de congruencia.
ANTECEDENTES I. El contextoDe las demandas y demás constancias que integran los expedientes en que se actúa, se obtiene lo siguiente:
- Inicio del proceso electoral. El diez de enero de dos mil veintiuno,[4] el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas declaró el inicio formal del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, para renovar las diputaciones locales y los miembros de los Ayuntamientos de la citada entidad federativa, entre ellos, del municipio de S.C. de las Casas.
- Jornada electoral. El seis de junio, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir los cargos referidos.
- Sesión de cómputo. El nueve de junio, el Consejo Municipal Electoral de S.C. de las Casas, Chiapas, celebró la sesión de cómputo, la cual finalizó el diez de junio y de ésta se obtuvieron los siguientes resultados:[5]
Votación final obtenida por los/as candidatos/as
Partido o Coalición |
Votación |
||
Número |
Letra |
||
|
Coalición “va por Chiapas” |
9,329 |
Nueve mil trescientos veintinueve |
|
Partido del Trabajo |
2,410 |
Dos mil cuatrocientos diez |
|
Partido Verde Ecologista de México |
11,941 |
Once mil novecientos cuarenta y uno |
|
Partido Movimiento Ciudadano |
3,009 |
Tres mil nueve |
|
Partido Chiapas Unido |
5,770 |
Cinco mil setecientos setenta |
|
M. |
10,434 |
Diez mil cuatrocientos treinta y cuatro |
|
Partido Mover a Chiapas |
1,671 |
Mil seiscientos setenta y uno |
|
Partido Nueva Alianza |
932 |
Novecientos treinta y dos |
|
Partido Popular Chiapaneco |
532 |
Quinientos treinta y dos |
|
Partido Encuentro Solidario |
3,099 |
Tres mil noventa y nueve |
|
Redes Sociales Progresistas |
2,752 |
Dos mil setecientos cincuenta y dos |
|
Fuerza Social por México |
696 |
Seiscientos noventa y seis |
Candidato independdiente |
E.G.M.M. |
4,419 |
Cuatro mil cuatrocientos diecinueve |
Candidatos no registrados |
1,311 |
Mil trescientos once |
|
Votos nulos |
2,960 |
Dos mil novecientos sesenta |
|
Votación total |
61,265 |
Sesenta y un mil doscientos sesenta y cinco |
- Además, en esa sesión, se declaró la validez de la elección y la elegibilidad de los integrantes de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, a quienes les fue otorgada la constancia de mayoría y validez.
- Juicio de inconformidad. El trece de junio, M.Á.M.Z., en calidad de candidato a la Presidencia, postulado por la coalición “Va por S.C.” (partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la...
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