Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-1402-2021), 2021

Fecha15 Septiembre 2021
Número de expedienteSX-JDC-1402-2021
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-1402/2021

ACTOR: MIGUEL ÁNGEL MORALES ZÚÑIGA

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

MAGISTRADA PONENTE: E.B.Z.

SECRETARIO: LUIS ÁNGEL HERNÁNDEZ RIBBÓN

COLABORADORA: ILSE GUADALUPE HERNÁNDEZ CRUZ

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, quince de septiembre de dos mil veintiuno.

SENTENCIA que resuelve el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por M.Á.M.Z., quien se ostenta como candidato al cargo de presidente municipal del Ayuntamiento de S.C. de las Casas, Chiapas, por la coalición “Va por S.C.” integrada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

El actor impugna la sentencia emitida el veintisiete de agosto del año en curso por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas[1] en el expediente TEECH/JIN-M/043/2021 y sus acumulados que, entre otras cuestiones, declaró la nulidad de la elección de miembros del Ayuntamiento de S.C. de las Casas, Chiapas, y revocó la constancia de mayoría y validez entregada a la planilla de candidatos postulada por el Partido Verde Ecologista de México.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. Contexto

II. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Improcedencia

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S.R. determina desechar de plano la demanda del presente juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, debido a que se actualiza la causal de improcedencia consistente en la ausencia de firma autógrafa en la demanda, por haberse presentado de manera electrónica.

ANTECEDENTES

I. Contexto

De lo narrado por el actor en su escrito de demanda y de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:

  1. Acuerdo General 8/2020. El trece de octubre de dos mil veinte se publicó en el Diario Oficial de la Federación el citado Acuerdo emitido por la S. Superior de este Tribunal Electoral, por el que se reanudó la resolución de todos los medios de impugnación, a través de sesiones realizadas mediante videoconferencias.
  2. Inicio del proceso electoral local. El diez de enero de dos mil veintiuno,[2] el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas declaró el inicio formal del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, para renovar las diputaciones locales y los miembros de los ayuntamientos de la citada entidad federativa, entre ellos, del municipio de S.C. de las Casas.
  3. Jornada electoral. El seis de junio, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir los cargos referidos.
  4. Sesión de cómputo. El nueve de junio, el Consejo Municipal Electoral de S.C. de las Casas, Chiapas, celebró la sesión de cómputo, finalizando el diez de junio, en la cual se obtuvieron los resultados electorales y, con base en ellos, se declaró la validez de la elección, además se declaró la elegibilidad de los integrantes de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, a quienes les fue otorgada la constancia de mayoría y validez.
  5. Juicio de inconformidad. El trece de junio, M.Á.M.Z., en calidad de candidato a la Presidencia, postulado por la coalición “Va por S.C.” (partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática); N.O.G.V., J.A.E.M. y A.J.G.P., en calidad de representantes de los partidos políticos del Trabajo, MORENA y Movimiento Ciudadano presentaron su medio de impugnación local.
  6. Sentencia impugnada. El veintisiete de agosto, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas emitió sentencia dentro de los expedientes TEECH/JIN-M/043/2021 y sus acumulados,[3] en la cual, entre otras cuestiones, declaró la nulidad de la elección de miembros del Ayuntamiento de S.C. de las Casas, Chiapas, y revocó la constancia de mayoría y validez entregada a la planilla de candidatos postulada por el PVEM.

II. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

  1. Presentación de la demanda. El cuatro de septiembre, el actor presentó vía correo electrónico escrito de demanda ante esta S.R., en la cual a la vez solicitó que fuera remitida para el conocimiento de la S. Superior de este Tribunal Electoral.
  2. Cuaderno de Antecedentes SX-197/2021. El cinco de septiembre, mediante acuerdo del Magistrado presidente de esta S.R. se ordenó remitir el escrito del promovente a la S. Superior.
  3. Acuerdo de S. Superior SUP-JDC-1211/2021. El nueve de septiembre, la S. Superior determinó que esta S.R. es la competente para conocer de la demanda del actor, por lo que ordenó reencauzarla.
  4. Notificación a S.R. y turno. En virtud de lo anterior, el diez de septiembre, esta S.R. fue notificada del Acuerdo de S. Superior. En consecuencia, el M.P. de esta S.R. ordenó formar el expediente SX-JDC-1402/2021, y turnarlo a la ponencia de la Magistrada E.B.Z..
  5. Radicación. En su oportunidad, la Magistrada instructora radicó el presente medio de impugnación.
CONSIDERANDO PRIMERO. ...

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