Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JRC-0241-2021), 13-08-2021
Fecha | 13 Agosto 2021 |
Número de expediente | SX-JRC-0241-2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
Emisor | Sala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTE: SX-JRC-241/2021[1]
ACTOR: PARTIDO M.
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA
TERCERO INTERESADO: PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
MAGISTRADO PONENTE: E.F.Á.
SECRETARIO: J.S.J.G.
COLABORÓ: SONIA LÓPEZ LANDA
Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, trece de agosto de dos mil veintiuno.
SENTENCIA que resuelve el juicio citado al rubro, promovido por D.L.E., quien se ostenta como representante de M.,[2] ante el Consejo Electoral Municipal de Chahuites, Oaxaca, perteneciente al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca[3], contra la sentencia de veintitrés de julio de dos mil veintiuno,[4] dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca[5], en el recurso de inconformidad RIN/EA/76/2021[6], por medio de la cual se confirmaron los resultados de la elección de Concejalías del Ayuntamiento de Chahuites, Oaxaca, consignados en el acta correspondiente, la declaración de validez y la expedición de la constancia de mayoría otorgada en favor de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México[7].
SUMARIO DE LA DECISIÓN
ANTECEDENTES
I. El contexto
II. Del medio de impugnación federal
CONSIDERANDO
PRIMERO. Jurisdicción y competencia
SEGUNDO. Tercero interesado
TERCERO. Causales de improcedencia
CUARTO. R. generales y especiales
QUINTO. Juicio de estricto derecho
SEXTO. Estudio de fondo
Pretensión y temas de agravio
Método de estudio de los agravios
Consideraciones del Tribunal local...........................24
Postura de esta Sala Regional..............................24
Contexto del asunto......................................26
SÉPTIMO. Efectos de esta ejecutoria.........................37
RESUELVE
SUMARIO DE LA DECISIÓN ANTECEDENTES I. El contexto
De la demanda y demás constancias que integran el expediente al rubro citado, se obtiene lo siguiente:
- Acuerdo General 8/2020. El trece de octubre de dos mil veinte se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 8/2020, por el que la Sala Superior de este Tribunal Electoral decidió reanudar la resolución de todos los medios de impugnación a través de sesiones realizadas mediante videoconferencias.
- Inicio del proceso electoral. El primero de diciembre del dos mil veinte, el Consejo General del Instituto local, declaró el inicio del proceso electoral ordinario del estado de Oaxaca, para elegir diputaciones, así como concejalías de los Ayuntamientos de dicha entidad federativa por el régimen de partidos políticos.
- Jornada electoral. El seis de junio posterior, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir los cargos precisados en el parágrafo anterior.
- Solicitud de recuento[8]. El ocho de junio siguiente, en una reunión de trabajo[9] entre los representantes de los partidos políticos y los Consejeros Electorales Municipales, M. solicitó a los integrantes del Consejo Municipal el recuento total de la votación recibida en las quince casillas que fueron instaladas en el municipio de Chahuites, Oaxaca, debido a que la diferencia de votos era menor al 1% de la votación.
- Incendió de la bodega que resguardaba los paquetes electorales[10]. El nueve de junio siguiente, se suscitó un incendio en la bodega que resguardaba la documentación de la elección del municipio de Chahuites, Oaxaca, provocando la pérdida de aquélla salvo las actas de escrutinio y cómputo.
- Cambio de sede para la celebración del cómputo. El diez de junio posterior, el Consejero Presidenta del Instituto local aprobó que el cómputo municipal del referido Consejo se llevara a cabo, en las instalaciones del Consejo General de dicho Instituto.
- Sesión de cómputo[11]. En la misma fecha, el Consejo Municipal inició la sesión de cómputo de la elección correspondientes, la cual concluyó el mismo día, quedando los resultados siguientes:
- Total de votos en el Municipio
DISTRIBUCIÓN DE VOTOS |
||
PARTIDOS POLÍTICOS O CANDIDATOS |
VOTACIÓN |
|
CON NÚMERO |
CON LETRA |
|
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
12 |
DOCE |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
24 |
VEINTICUATRO |
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA |
22 |
VEINTIDÓS |
PARTIDO DEL TRABAJO |
1,139 |
UN MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE |
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO |
1,928 |
UN MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO |
MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL |
1,926 |
UN MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS |
PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO |
22 |
VEINTIDÓS |
PARTIDO FUERZA POR MÉXICO |
27 |
VEINTISIETE |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS |
7 |
SIETE |
VOTOS NULOS |
122 |
CIENTO VEINTIDÓS |
VOTACIÓN TOTAL: |
5,229 |
CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE |
...
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