Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JIN-0012-2021), 2021
Fecha | 23 Julio 2021 |
Número de expediente | ST-JIN-0012-2021 |
Tribunal de Origen | 36 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MÉXICO |
Emisor | Sala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTES: ST-JIN-12/2021 y ST-JIN-63/2021 ACUMULADOS
PARTE ACTORA: PARTIDOS POLÍTICOS ENCUENTRO SOLIDARIO Y FUERZA POR MÉXICO
AUTORIDAD RESPONSABLE: 36 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MÉXICO
TERCEROS INTERESADOS: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y MORENA
MAGISTRADO: J.C.S.A.
SECRETARIA: GLORIA RAMÍREZ MARTÍNEZ |
Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintitrés de julio de dos mil veintiuno
Sentencia de la S. Regional Toluca que confirma los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez y, en consecuencia, la entrega de la constancia de mayoría de la elección de diputaciones al Congreso de la Unión, correspondiente al 36 Distrito Electoral Federal en el Estado de México, con sede en Tejupilco de H..
ANTECEDENTES
I. De las demandas, de los documentos que obran en los expedientes y de las cuestiones que constituyen un hecho notorio para esta autoridad, se advierte lo siguiente:
1. Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno,[1] se llevaron a cabo las elecciones de diputados federales.
2. Cómputo de la elección. El nueve de junio siguiente, el 36 Consejo Distrital en el Estado de México, con cabecera en Tejupilco de H., Estado de México, a efecto de realizar el cómputo distrital de la elección de las diputaciones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, del que se obtuvieron los resultados siguientes:
DISTRIBUCIÓN FINAL DE VOTOS A PARTIDOS POLITICOS Y CANDIDATOS/AS INDEPENDIENTES
PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES |
VOTACIÓN |
|
CON NÚMERO |
CON LETRA |
|
|
9,774 |
Nueve mil setecientos setenta y cuatro |
|
71,322 |
Setenta y un mil trescientos veintidós |
|
16,181 |
Dieciséis mil ciento ochenta y uno |
|
13,659 |
Trece mil seiscientos cincuenta y nueve |
|
3,261 |
Tres mil doscientos sesenta y uno |
|
4,114 |
Cuatro mil ciento catorce |
|
67,698 |
Sesenta y siete mil seiscientos noventa y ocho |
|
4,276 |
Cuatro mil doscientos setenta y seis |
|
2,880 |
Dos mil ochocientos ochenta |
|
4,371 |
Cuatro mil trescientos setenta y uno |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS |
49 |
Cuarenta y nueve |
VOTOS NULOS |
6,643 |
Seis mil seiscientos cuarenta y tres |
VOTACIÓN TOTAL |
204,228 |
Doscientos cuatro mil doscientos veintiocho |
VOTACIÓN FINAL OBTENIDA POR LOS/AS CANDIDATOS/AS
PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES |
VOTACIÓN |
|
CON NÚMERO |
CON LETRA |
|
Va por México
|
97,277 |
Noventa y siete mil doscientos setenta y siete |
|
13,659 |
Trece mil seiscientos cincuenta y nueve |
|
3,261 |
Tres mil doscientos sesenta y uno |
|
4,114 |
Cuatro mil ciento catorce |
|
67,698 |
Sesenta y siete mil seiscientos noventa y ocho |
|
4,276 |
Cuatro mil doscientos setenta y seis |
|
2,880 |
Dos mil ochocientos ochenta |
|
4,371 |
Cuatro mil trescientos setenta y uno |
Concluido el cómputo distrital, el consejo responsable declaró la validez de la elección de diputaciones federales de mayoría relativa y expidió la constancia de mayoría y validez a favor de la fórmula de candidaturas integrada por las ciudadanas J.J.A. (propietaria) y B.M.B. (suplente), postulada por la coalición “Va por México”, conformada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).
II. Juicio de inconformidad.
a) El doce y trece de junio, los presidentes del Comité Directivo Estatal de los partidos Encuentro Solidario y Fuerza por México, respectivamente, presentaron sus demandas de juicio de inconformidad en contra del cómputo distrital, la declaración de validez y la expedición de la constancia de mayoría de la elección a la diputación federal, por el principio de mayoría relativa, correspondiente al 36 Distrito Electoral Federal con cabecera en Tejupilco de H., Estado de México.
b) Terceros interesados. El quince de junio, el Partido Revolucionario Institucional compareció con el carácter de tercero interesado en el juicio de inconformidad ST-JIN-12/2021; mientras que, el diecisiete de junio siguiente en el juicio ST-JIN-63/2021, comparecieron con tal carácter los partidos Revolucionario Institucional y Morena.
III. Trámite y sustanciación
a) Recepción. El dieciséis y diecisiete de junio, se recibieron, en la oficialía de partes de esta S. Regional, las constancias que integran los expedientes de los juicios en los que se actúa.
b) Turno a la ponencia. El dieciséis de junio, la Magistrada Presidenta de la S. Regional Toluca acordó integrar el expediente ST-JIN-12/2021, y el diecisiete siguiente, el...
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