Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JIN-0066-2021), 2021
Número de expediente | ST-JIN-0066-2021 |
Fecha | 23 Julio 2021 |
Tribunal de Origen | 12 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MICHOACÁN |
Emisor | Sala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: ST-JIN-66/2021
PARTE ACTORA: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO
AUTORIDAD RESPONSABLE: 12 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MICHOACÁN
TERCERO INTERESADO: MORENA
MAGISTRADO: J.C.S.A.
SECRETARIO: A.J. REYES |
Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintitrés de julio de dos mil veintiuno
Sentencia de la S.R. Toluca que confirma los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez y, en consecuencia, la entrega de la constancia de mayoría de la elección de diputaciones al Congreso de la Unión, correspondiente al 12 Distrito Electoral Federal en el Estado de Michoacán, con sede en Apatzingán de la Constitución.
ANTECEDENTES
I. De la demanda, de los documentos que obran en el expediente y de las cuestiones que constituyen un hecho notorio para esta autoridad, s| advierte lo siguiente:
1. Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno[1] se celebró la elección de las diputaciones al Congreso de la Unión.
2. Cómputo de la elección. El nueve de junio siguiente, el 12 Consejo Distrital en el Estado de Michoacán, con cabecera en Apatzingán, Estado de Michoacán, a efecto de realizar el cómputo distrital de la elección de las diputaciones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, del que se obtuvieron los resultados siguientes:
TOTAL DE VOTOS EN EL DISTRITO
PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES |
VOTACIÓN |
|
CON NÚMERO |
CON LETRA |
|
|
8,099 |
Ocho mil noventa y nueve |
|
19,203 |
Diecinueve mil doscientos tres |
|
14,052 |
Catorce mil cincuenta y dos |
|
18,070 |
Dieciocho mil setenta |
|
5,168 |
Cinco mil ciento sesenta y ocho |
|
3,310 |
Tres mil trecientos diez |
|
31,318 |
Treinta y un mil trescientos dieciocho |
|
2,840 |
Dos mil ochocientos cuarenta |
|
2,601 |
Dos mil seiscientos uno |
|
5,862 |
Cinco mil ochocientos sesenta y dos |
|
571 |
Quinientos setenta y uno |
|
83 |
Ochenta y tres |
|
176 |
Ciento setenta y seis |
|
110 |
Ciento diez |
|
104 |
Ciento cuatro |
|
57 |
Cincuenta y siete |
|
92 |
Noventa y dos |
|
1,092 |
Mil noventa y dos |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS |
515 |
Quinientos quince |
VOTOS NULOS |
4,955 |
Cuatro mil novecientos cincuenta y cinco |
VOTACIÓN TOTAL |
118,278 |
Ciento dieciocho mil, doscientos setenta y ocho |
VOTACIÓN FINAL OBTENIDA POR LOS/AS CANDIDATOS/AS
PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES |
VOTACIÓN |
|
CON NÚMERO |
CON LETRA |
|
|
42,294 |
Cuarenta y dos mil doscientos noventa y cuatro |
|
55,901 |
Cincuenta y cinco mil novecientos uno |
|
3,310 |
Tres mil trescientos diez |
|
2,840 |
Dos mil ochocientos cuarenta |
|
2,601 |
Dos mil seiscientos uno |
|
5,862 |
Cinco mil ochocientos sesenta y dos |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS |
515 |
Quinientos quince |
VOTOS NULOS |
4,955 |
Cuatro mil novecientos cincuenta y cinco |
Concluido el cómputo distrital, el consejo responsable declaró la validez de la elección de diputaciones federales de mayoría relativa y expidió la constancia de mayoría y validez a favor de la fórmula de candidaturas integrada por los ciudadanos F.J.H.E. y J.C.M.R., postulada por la coalición “Juntos Hacemos Historia”, conformada por los partidos del Trabajo, M. y Verde Ecologista de México.
II. Juicio de inconformidad.
a) El trece de junio, el representante propietario del Partido Encuentro Solidario ante el 12 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Michoacán presentó la demanda de juicio de inconformidad en contra del cómputo distrital, la declaración de validez y la expedición de la constancia de mayoría de la elección a la diputación federal, por el principio de mayoría relativa, correspondiente al citado distrito electoral federal.
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