Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SG-JIN-0038-2021), 2021
Fecha | 29 Julio 2021 |
Número de expediente | SG-JIN-0038-2021 |
Tribunal de Origen | 20 CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE JALISCO |
Emisor | Sala Regional Guadalajara (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: SG-JIN-38/2021
ACTOR: FUERZA POR MÉXICO
AUTORIDAD RESPONSABLE: 20 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE JALISCO
MAGISTRADO ELECTORAL: S.A.G.O.[1] |
Guadalajara, Jalisco, veintinueve de julio de dos mil veintiuno.
- El Pleno de esta S.R. del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, en sesión pública de esta fecha, resuelve confirmar, en lo que fue materia de impugnación, los resultados consignados en el Acta de Cómputo D. de la elección de diputaciones federales por el principio de mayoría relativa correspondiente al 20 Distrito Electoral Federal con sede en Tonalá, Jalisco, así como la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de las respectivas constancias de mayoría, y a la par los resultados de dicha elección y de diputaciones por el principio de representación proporcional correspondientes a la primera circunscripción plurinominal.
1. ANTECEDENTES
- D. escrito de demanda y de las constancias que obran en los expedientes, se desprende lo siguiente:
- Inicio del proceso electoral. El siete de septiembre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral declaró el inicio del Proceso Electoral Federal ordinario 2020-2021, para la renovación de la Cámara de Diputados.[2]
- Acuerdo INE/CG160/2021.[3] En Sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el cuatro de marzo de dos mil veintiuno, emitió el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE, EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN EL EXPEDIENTE SUP-RAP-21/2021 Y ACUMULADOS, SE MODIFICAN LOS CRITERIOS APLICABLES PARA EL REGISTRO DE CANDIDATURAS A DIPUTACIONES POR AMBOS PRINCIPIOS QUE PRESENTEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y, EN SU CASO, LAS COALICIONES ANTE LOS CONSEJOS DEL INSTITUTO, PARA EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2020-2021, APROBADOS MEDIANTE ACUERDOS INE/CG572/2020 e INE/CG18/2021.
- Suscripción de convenios de Coalición. Es un hecho notorio para esta S.R.,[4] que diversos partidos políticos nacionales, solicitaron al Consejo General del Instituto Nacional Electoral,[5] la formación de coaliciones, con la finalidad de postular candidatos a diputados federales por el principio de mayoría relativa a elegirse en la jornada electoral federal del seis de junio de dos mil veintiuno, solicitudes que la referida autoridad administrativa declaró procedentes y fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación,[6] según se ilustra a continuación:
- Va por México. Postula doscientas diecinueve fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, presentado por los partidos Acción Nacional[7], Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, para contender como coalición en el Proceso Electoral Federal 2020-2021, aprobada mediante Resolución identificada con la clave INE/CG20/2021, por el Órgano Superior de Dirección del INE en sesión ordinaria celebrada el quince de enero de dos mil veintiuno y publicada en el DOF el dos de marzo de dos mil veintiuno.[8]
- Juntos Hacemos Historia. Postula ciento ochenta y tres fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, presentado por los partidos del Trabajo, Verde Ecologista de México y el Partido Político Nacional denominado M., para contender como coalición en el Proceso Electoral Federal 2020-2021, aprobada mediante resolución INE/CG21/2021 por el Órgano Superior de Dirección del INE, en sesión ordinaria celebrada el quince de enero dos mil veintiuno y publicada en el DOF el trece de abril de dos mil veintiuno.[9]
- Jornada Electoral.[10] El seis de junio de dos mil veintiuno[11] se llevó a cabo la jornada electoral del proceso electoral federal 2020-2021.
- Cómputo D.. El nueve de junio de este año, inició el cómputo distrital del proceso electoral para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, en el 20 Distrito Electoral Federal en el Estado de Jalisco, mismo que finalizó el diez siguiente arrojando los resultados que a continuación se insertan:[12]
PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2020-2021 DIPUTACIONES FEDERALES DE MAYORÍA RELATIVA TOTAL DE VOTOS EN EL DISTRITO |
||
PARTIDO POLÍTICO |
VOTACIÓN |
|
NÚMERO |
Letra |
|
|
14,749 |
Catorce mil setecientos cuarenta y nueve |
|
26,222 |
Veintiséis mil doscientos veintidós |
|
977 |
Novecientos setenta y siete |
|
3,066 |
Tres mil sesenta y seis |
|
3,365 |
Tres mil trecientos sesenta y cinco |
|
36,391 |
Treinta y seis mil trecientos noventa y uno |
|
32,537 |
Treinta y dos mil quinientos treinta y siete |
|
3,700 |
Tres mil setecientos |
|
1,281 |
Mil doscientos ochenta y uno |
|
2,850 |
Dos mil ochocientos cincuenta |
|
208 |
Doscientos ocho |
|
109 |
Ciento nueve |
|
12 |
Doce |
|
7 |
Siete |
|
49 |
Cuarenta y nueve |
|
8 |
Ocho |
|
29 |
Veintinueve |
|
107 |
Ciento siete |
Candidatos no registrados |
127 |
Ciento veintisiete |
Votos nulos |
3,311 |
Tres mil trescientos once |
Votación total |
129,105 |
Ciento veintinueve mil ciento cinco |
- Una vez realizado el cómputo de la votación obtenida por cada partido político y coalición, el 20 Consejo D. del INE en el Estado de...
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