Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-1278-2021), 2021
Fecha | 16 Julio 2021 |
Número de expediente | SX-JDC-1278-2021 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS |
Emisor | Sala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: SX-JDC-1278/2021
ACTOR: A.V.D.
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
TERCERO INTERESADO: PARTIDO VERDE ECOLIGISTA DE MÉXICO
MAGISTRADA PONENTE: E.B.Z.
SECRETARIO: LUIS ÁNGEL HERNÁNDEZ RIBBÓN
COLABORADORA: ILSE GUADALUPE HERNÁNDEZ CRUZ
Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, dieciséis de julio de dos mil veintiuno.
SENTENCIA que resuelve el juicio ciudadano promovido por A.V.D.[1], por propio derecho y ostentándose como candidato a P.M. de El Porvenir, Chiapas, postulado por el Partido Chiapas Unido.
El actor controvierte la resolución de veintiocho de junio de dos mil veintiuno[2], dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas[3], dentro del Incidente de Previo y Especial Pronunciamiento de Nuevo Escrutinio y Cómputo del expediente TEECH/JIN-M/076/2021 que declaró improcedente la realización de nuevo escrutinio y cómputo respecto de diversas casillas.
ÍNDICE
SUMARIO DE LA DECISIÓN
ANTECEDENTES
I. El contexto
II. Del trámite y sustanciación del juicio federal
CONSIDERANDO
PRIMERO. Jurisdicción y competencia
SEGUNDO. Tercero interesado
TERCERO. Causal de improcedencia
CUARTO. Requisitos de procedencia
QUINTO. Estudio de fondo
I. Problemática jurídica que debe resolverse
RESUELVE
SUMARIO DE LA DECISIÓN
Ello, porque aun cuando se analizara el planteamiento a partir de las inconsistencias que hizo valer entre las boletas recibidas, boletas sobrantes y votos emitidos en la urna, lo cierto es que las hace depender entre dos rubros auxiliares y uno fundamental.
ANTECEDENTES I. El contextoDe lo narrado por el actor en su escrito de demanda y de las demás constancias que integran el expediente del presente juicio, se advierte lo siguiente:
- Acuerdo General 8/2020. El trece de octubre de dos mil veinte se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo referido, a través del cual la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación reanudó la resolución de todos los medios de impugnación, a través de sesiones realizadas mediante videoconferencia, y en cuyo artículo primero T. estableció su entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
- Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno, se llevó a cabo la jornada electoral para la elección a miembros de Ayuntamientos en el Estado de Chiapas, entre otros, en el Municipio de El Porvenir, de dicha entidad Federativa.
- Sesión de cómputo municipal. El nueve de junio, el Consejo Municipal Electoral de El Porvenir del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas; llevó a cabo la sesión de cómputo, en la cual se obtuvieron los siguientes resultados:[4]
VOTACIÓN (CON NÚMERO) |
VOTACIÓN (CON LETRA) |
|
Partido Acción Nacional |
20 |
Veinte |
Partido Revolucionario Institucional |
215 |
Doscientos quince |
Partido de la Revolución Democrática |
17 |
Diecisiete |
Partido del Trabajo |
176 |
Ciento setenta y seis |
Partido Verde Ecologista de México |
2,088 |
Dos mil ochenta y ocho |
Movimiento Ciudadano |
418 |
Cuatrocientos dieciocho |
Partido Chiapas Unido |
1,629 |
Mil seiscientos veintinueve |
MORENA |
139 |
Ciento treinta y nueve
|
Podemos Mover a Chiapas |
178 |
Ciento setenta y ocho |
Nueva Alianza Chiapas |
41 |
Cuarenta y uno |
Partido Popular Chiapaneco |
180 |
Ciento ochenta |
Partido Encuentro Solidario |
1,598 |
Mil quinientos noventa y ocho |
Partido Redes Sociales Progresistas |
143 |
Ciento cuarenta y tres |
Partido Fuerza por México |
6 |
Seis |
CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS |
192 |
Ciento noventa y dos |
VOTOS NULOS |
242 |
Doscientos cuarenta y dos |
VOTACIÓN TOTAL |
7,282 |
Siete mil doscientos ochenta y dos |
- Declaración de validez. Una vez obtenidos los resultados se declaró la validez de la elección y entregó la constancia de mayoría a la formulada postulada por el Partido Verde Ecologista de México.
- Medio de impugnación local. Inconforme con el resultado anterior, el actor presentó escrito de demanda de Juicio de Inconformidad ante el Consejo Municipal Electoral del...
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