Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0509-2021), 2021

Fecha02 Junio 2021
Número de expedienteSM-JDC-0509-2021
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SM-JDC-509/2021

IMPUGNANTE: DELFINA VILLA CANDELARIA

RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

TERCEROS INTERESADOS: J.A.P. LÓPEZ Y OTROS

MAGISTRADO PONENTE: ERNESTO CAMACHO OCHOA

SECRETARIADO: N.E.R. FLORES Y M.F.H.O.

COLABORÓ: GABRIELA EDITH ESQUIVEL HERNÁNDEZ

Monterrey, Nuevo León, a 2 de junio de 2021.

Sentencia de la S.M. que confirma la del Tribunal de Coahuila, en la que, entre otras cosas, determinó que no se obstaculizó el ejercicio del cargo, ni se acreditó la violencia política o violencia política de género ni edad contra la regidora, bajo la consideración de que no se acreditaron los hechos atribuidos al Presidente Municipal, al S., al Tesorero y al Director de Recursos Humanos, todos del Ayuntamiento de Monclova, respecto a la omisión y negativa de responder diversas solicitudes de información, sin que sea suficiente, para demostrar la supuesta obstaculización, la acreditación del hecho consistente en la falta de respuesta a su petición sobre el monto total de sus percepciones durante el periodo solicitado, pues por sí misma, no actualiza la obstaculización del ejercicio de su cargo, ni la violencia alegada; porque esta S. considera que, la inconforme no cuestiona debidamente los argumentos que sustentan el sentido de la resolución impugnada, a partir de los cuales, la responsable determinó que no se obstaculizó el ejercicio del cargo, ni se acreditó la violencia alegada, bajo la consideración esencial de que no se acreditaron los hechos señalados por la impugnante, de manera que, dichas razones deben seguir rigiendo el sentido de esa decisión y, por ende, deben quedar firmes, con la consecuente ineficacia de todos los agravios.

Índice

Glosario

Competencia y procedencia

Antecedentes

Estudio de fondo

Apartado preliminar. Definición de la materia de controversia

Apartado I. Decisión general

Apartado II. Desarrollo o justificación de la decisión

1.1. Marco o criterio jurisprudencial sobre el análisis de los agravios

2. Resolución y agravios concretamente revisados

3. Valoración

Resuelve

Glosario

Ayuntamiento de Monclova:

Ayuntamiento de Monclova, Coahuila.

D.V. /Impugnante/regidora:

D.V.C..

S. Superior:

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Tribunal de Coahuila/Local:

Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza.

VPG:

Violencia política de género.

Competencia y procedencia

1. Competencia. Esta S.M. es competente para conocer el presente juicio ciudadano promovido contra la sentencia del Tribunal Local, relacionada con la obstaculización al ejercicio del cargo y la posible VPG contra la regidora del Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza, entidad federativa ubicada en la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal en la que esta S. ejerce jurisdicción[1].

2. Requisitos de procedencia. Esta S.M. los tiene satisfechos en los términos del acuerdo de admisión[2].

3. Terceros interesados. El 27 de mayo, J.A.P.L., E.M.B.R., R.E.A. y J.C.T.H. comparecieron con tal carácter[3].

Antecedentes[4]

I.H. contextuales y origen de la controversia

1. El 1 de enero de 2019, D.V. tomó protesta como segunda regidora de minoría del Ayuntamiento de Monclova, al resultar electa en el proceso electoral 2017-2018, además se le designó como presidenta de la Comisión del adulto mayor.

2. El 4 de abril de 2019, la regidora solicitó al S. del Ayuntamiento de Monclova, contratara a una persona como su secretaria.

3. El 2 de mayo de 2019, la regidora solicitó al S. del Ayuntamiento de Monclova asignación de presupuesto para gastos de la Comisión.

4. El 15 de mayo de 2019, la regidora pidió al S. del Ayuntamiento de Monclova que se incluyera en los asuntos generales de la sesión del mismo día, a fin de que se le entregue el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2019 que corresponde a su regiduría, respecto las asignaciones de los capítulos 1000 (gastos personales), 2000 (materiales y suministros), y 3000 (servicios generales). El cual se sometió a consideración del C. y se le contestó que se remitiría al departamento de presupuestos, a fin de que resuelva lo correspondiente.

5. El 16 de diciembre de 2020, la regidora solicitó al Presidente, al S., al Director de Recursos Humanos y al Tesorero, todos del Ayuntamiento de Monclova, información que ya había solicitado anteriormente, relacionada con: a) la contratación de personal administrativo que le auxilie, b) la entrega de recursos económicos que correspondan a la Comisión respecto de 2019 y 2020, c) la explicación sobre la forma en que se distribuyen los recursos al interior del C., d) el pago por nómina que ella ha realizado al personal que el Ayuntamiento de Monclova se niega a contratarle, y e) los presupuestos de 2019 y 2020.

6. Supuestamente existe la negativa del Presidente Municipal y del S. de permitirle participar en las sesiones de C., a través del uso de la voz, y la inclusión de puntos en el orden del día.

II. Juicio ciudadano local

1. El 20 de enero de 2021[5], la regidora presentó juicio local contra actos y omisiones que considera obstaculizan el ejercicio de su cargo y constituyen violencia política, y violencia política en razón de género y edad, atribuidos al Presidente, S., Tesorero y Director de Recursos Humanos, todos del Ayuntamiento de Monclova, por: a) la omisión de responder sus solicitudes de diversa información de 15 de mayo de 2019 y 16 de diciembre de 2020, b) la negativa de proporcionarle los recursos económicos para el desempeño de sus funciones, así como no permitirle contratar personal auxiliar de su confianza, y c) la negativa de permitirle intervenir en las sesiones de C., cuando pide el uso de la voz para que sea sometido algún planteamiento en los asuntos generales.

2. El 5 de marzo, el Tribunal local determinó, entre otras cuestiones, que la falta de respuesta y negativas a las solicitudes de la regidora obstaculizó el ejercicio de su cargo, lo cual era suficiente para acreditar la VPG, agravada por el hecho de ser una persona adulta mayor, por lo que, ordenó a las responsables contratar personal que auxilie a la regidora y la inscripción de los responsables al Registro nacional de personas sancionadas en materia de VPG y ordenó medidas de reparación (TECZ-JDC-07/2021)[6].

III. Juicio electoral ante esta S.M.

1. Inconformes, el 12 de marzo, el Presidente, el S., el Director de Recursos Humanos y el Tesorero, todos del Ayuntamiento de Monclova, presentaron juicio electoral, porque en esencia: a) lo reclamado en la demanda no involucraba derecho políticos-electorales, sino situaciones de carácter administrativo relacionadas con la organización del Ayuntamiento de Monclova, b) no se tomó en cuenta que la regidora cuenta con personal a su disposición, c) la regidora sí ha participado con voz y voto en las sesiones de...

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