Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JRC-0081-2021), 31-05-2021

Fecha31 Mayo 2021
Número de expedienteSM-JRC-0081-2021
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

logo_simboloJUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SM-JRC-81/2021

IMPUGNANTE: PAN

RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO

MAGISTRADO PONENTE: ERNESTO CAMACHO OCHOA

SECRETARIADO: SIGRID LUCIA MARÍA GUTIÉRREZ ANGULO Y RAFAEL GERARDO RAMOS CÓRDOVA

COLABORADORES: GABRIELA EDITH ESQUIVEL HERNÁNDEZ Y DAVID ALEJANDRO GARZA SALAZAR

Monterrey, Nuevo León, a 31 de mayo de 2021.

Sentencia de la Sala Monterrey que confirma la del Tribunal de Guanajuato, en la que se revocó el acuerdo del Consejo General del Instituto local, que negó el registro a la planilla de Morena al ayuntamiento de San Francisco del Rincón, Guanajuato, al determinar que la presentación de la solicitud de registro derivó como resultado de una cadena impugnativa ante la instancia partidista, y no por decisión de Morena, ni tampoco fue un hecho atribuible a la planilla; porque esta Sala considera que el inconforme no cuestiona debidamente las razones que sustentan el sentido de la determinación impugnada, a partir de las cuales, la responsable determinó que la omisión de presentar la solicitud de registro de la planilla encabezada por José León no era atribuible a los candidatos, por lo que, el Consejo General debió advertir que se encontraba ante una situación extraordinaria a la temporalidad establecida para el registro de candidaturas y, por ende, deben quedar firmes, lo cual genera la ineficacia de los planteamientos.

Índice

Glosario

Competencia y procedencia

Antecedentes

Estudio de fondo

Apartado preliminar. Materia de la controversia

Apartado I. Decisión

Apartado II. Desarrollo o justificación de las decisiones

1. Marco o criterio jurisprudencial sobre el análisis de los agravios

2. Sentencia impugnada y agravios concretamente revisados

3. Valoración

Resuelve

Glosario

Actor/PAN:

Partido Acción Nacional.

Consejo General:

Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.

Comisión de Justicia

Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena.

José León y otros/ actores de la instancia local/ planilla:

José Luis León García Victoria Navarro Pacheco, Liliana Díaz Gil, Juan Gerardo Morales Pérez, Israel Carmona García, Ma. Patricia Horta Navarro, Norma Patricia Segura De La Torre, J. Guadalupe Cruz Anguiano, Elías Cabrera Marun, Angélica Palma García, Alma Leticia Cruz Guevara, Sergio Maldonado Barba, Andrés Guadalupe Márquez Cabrera, Blanca Adriana Sánchez Martínez, María Eva Rangel Aviña, José de Jesús Ascencio Murillo, Juan Nicolás Guerrero Manrique, María Nelly Gómez Torres, Pedra de La Paz Torres Hernández, José Hernández Molina, Sergio Antonio Valtierra Franco, Ma. Luisa López Rojas y Olga Leticia Horta Navarro, todos en su calidad de candidatos propietarios y suplentes, respetivamente, a integrar la planilla del ayuntamiento de San Francisco del Rincón, que será postulada en el proceso local 2020-2021.

Instituto local:

Ley Electoral local:

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.

Ley Electoral de Guanajuato.

Resolución impugnada:

TEPJF:

Resolución de 15 de mayo emitido en el TEEG-JPDC-159/2021.

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Tribunal local/Tribunal de Guanajuato/ autoridad responsable:

Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.

Competencia y procedencia

1. Competencia. Esta Sala Monterrey es competente para conocer y resolver el presente juicio de revisión constitucional electoral promovido contra una resolución del Tribunal local, en la que revocó el acuerdo del Consejo General que negó el registro de las personas integrantes de la planilla de Morena al ayuntamiento de San Francisco del Rincón, Guanajuato, entidad federativa ubicada en la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal en la que esta Sala ejerce jurisdicción[1].

2. Requisitos de procedencia. Esta Sala Monterrey los tiene satisfechos en los términos del acuerdo de admisión[2].

Antecedentes[3]

I. Hechos contextuales y origen de la controversia

1. El 7 de septiembre de 2020, inició el proceso electoral para renovar, entre otros, al ayuntamiento de San Francisco del Rincón, Guanajuato.

2.1 El 30 de enero[4], el Comité Ejecutivo Nacional de Morena convocó al inicio del proceso de la selección de candidatos.

2.2 El registro terminaría, según la convocatoria, el 7 de febrero para presidentes municipales y el 21 para sindicaturas y regidurías.

2.3 El 20 de marzo, la Comisión Nacional de Elecciones publicó en la página de Morena las personas aceptadas, que serían las únicas que podrán participar en la siguiente etapa del proceso, en la cual se incluyó la planilla del ayuntamiento de San Francisco del Rincón, Guanajuato, encabezada por José León.

2.4 El 26 de marzo, los candidatos cuestionados de la planilla de Morena al ayuntamiento de San Francisco del Rincón, supuestamente, presentaron ante la comisión nacional de elecciones sus expedientes para ser postulados ante el Instituto local [5].

2.5 En la misma fecha, Morena presentó ante el Instituto local la solicitud de registro de candidaturas de ayuntamientos de Guanajuato de los ayuntamientos de Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortazar, Cuerámaro, Dolores Hidalgo, C.I.N., Doctor Mora, Guanajuato, Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, Jerécuaro, León, Manuel Doblado, Moroleón, Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato, Valle de Santiago, Victoria, Villagrán, Xichú y Yuriria, sin incluir a la planilla del ayuntamiento de San Francisco del Rincón.

3. El 7 abril, el Instituto local resolvió sobre los registros de los ayuntamientos de Morena en Guanajuato[6], en la mayoría de los casos para aceptar las planillas postuladas[7].

4. En atención a ello, el mismo 30 de marzo, el aspirante a candidato a presidente municipal José León y el resto de los integrantes de la planilla[8] presentaron juicio ante el Tribunal de Guanajuato contra la omisión de Morena de solicitar el registro de la planilla del ayuntamiento San Francisco del Rincón ante el órgano partidista, mismo que se reencauzó a la instancia partidista el 13 de abril.

5. El 29 de abril, la Comisión de Justicia resolvió la impugnación planteada determinó que sí incurrió en una omisión de postulación y por tanto, vinculó a los órganos partidistas de Morena para que realizaran las gestiones necesarias ante el Instituto local para llevar a cabo el registro de la planilla del ayuntamiento de San Francisco del Rincón.

6. El 2 de mayo, Morena presentó ante el Instituto local la solicitud de registro de las candidaturas del referido ayuntamiento.

7. El 5 de mayo, el Consejo General declaró improcedente el registro de...

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