Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JRC-0041-2021), 23-04-2021

Fecha23 Abril 2021
Número de expedienteSM-JRC-0041-2021
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL Y JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTES: SM-JRC-41/2021 Y ACUMULADOS

IMPUGNANTES: FRANCISCO XAVIER NAVA PALACIOS, ALFREDO LUJAMBIO CATAÑO Y MORENA

TERCERO INTERESADO: PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

MAGISTRADO ENCARGADO DEL ENGROSE: YAIRSINIO DAVID GARCÍA ORTIZ

SECRETARIADO: ELENA PONCE AGUILAR Y RICARDO ARTURO CASTILLO TREJO

Monterrey, Nuevo León, a veintitrés de abril de dos mil veintiuno.

Sentencia de la Sala Monterrey que revoca la resolución del Tribunal Local dictada en el expediente TESLP-RR-26/2021 y acumulados, porque se considera que fue errónea la conclusión alcanzada por dicho órgano jurisdiccional, toda vez que: a) en términos del artículo 115, fracción I, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las personas que habiendo sido postuladas sin contar con militancia partidista, válidamente pueden ser postuladas para una elección consecutiva por un partido político distinto, y; b) Luis Xavier Nava Palacios no participó de forma simultánea en procesos de selección de candidaturas ante el Partido acción Nacional y MORENA.

Índice

Competencia y procedencia

Antecedentes

Estudio de fondo

Apartado preliminar. Definición de la materia de controversia

Apartado I. Decisión general

Apartado II. Desarrollo y justificación de la decisión

1.2.1 Criterio en cuanto a que la elección consecutiva debe ser por el mismo partido o partidos de la coalición

Resuelve

Glosario

Instituto Electoral de San Luis Potosí/Local:

Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de San Luis Potosí.

Movimiento Ciudadano:

Partido Movimiento Ciudadano.

PAN:

Partido Acción Nacional.

PCP:

Partido Conciencia Popular.

PRD:

Partido de la Revolución Democrática.

PRI:

Partido Revolucionario Institucional.

PVEM:

Partido Verde Ecologista de México

Representación proporcional:

Principio de representación proporcional.

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Suprema Corte/ máximo tribunal:

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunal local/Tribunal de San Luis Potosí/ responsable:

Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí.

Competencia y procedencia

I. Competencia. Esta Sala Monterrey es competente para resolver los presentes asuntos, por tratarse de juicios promovidos contra una sentencia del Tribunal de San Luis Potosí, entidad federativa ubicada en la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal en la que este órgano colegiado ejerce jurisdicción[1].

II. Acumulación. Del estudio de las demandas se advierte que los impugnantes controvierten la misma sentencia. Por ende, para facilitar el análisis del asunto, se considera procedente acumular los expedientes SM-JDC-254 y 255 de 2021, al diverso SM-JRC-41/2021, y agregar copia certificada de los puntos resolutivos de esta sentencia a los expedientes acumulados[2].

III. Requisitos procesales. Esta Sala Monterrey los tiene satisfechos en los términos expuestos en el acuerdo de admisión[3].

Ahora, cabe mencionar que por lo que hace al expediente SM-JDC-255/2021, no ha concluido el plazo para la publicitación y comparecencia de terceros interesados, no obstante, atendiendo al hecho de que a través del acto impugnado se determinó la cancelación de candidaturas, se estima que la resolución de los expedientes reviste un carácter urgente, por lo cual, se procederá a resolverlo en aras de dar certeza a los actores sobre la viabilidad de su candidatura.

Antecedentes[4]

I. Hechos contextuales. Postulación en el proceso electoral 2018.

En el proceso electoral 2018, la Alianza integrada por el PAN y Movimiento Ciudadano, postularon a Francisco Xavier Nava Palacios, Alicia Nayeli Vázquez Martínez y Alfredo Lujambio Cataño, como candidatos a presidente municipal, síndica segunda y primer regidor de representación proporcional, respectivamente, del Ayuntamiento de San Luis Potosí, y resultaron electos.

II. Origen de la presente controversia. Postulación en el proceso 2021.

El 30 de septiembre de 2020, el Instituto Electoral Local convocó a la elección de Gobernador y Presidencias Municipales para el proceso electoral 2021[5].

III. Convocatoria Interna del PAN a Gubernatura

1. El 5 de noviembre de 2020, se publicó la convocatoria para participar en el proceso interno de selección del PAN a la gubernatura del Estado de San Luis Potosí, en el proceso electoral 2021.

2. El 14 de noviembre siguiente, la Comisión Organizadora Electoral del PAN aprobó el registro de la precandidatura de Francisco Xavier Nava Palacios para contender por la gubernatura de San Luis Potosí.

3. El 11 de enero de 2021, la Comisión Organizadora Electoral del PAN determinó que el candidato a la gubernatura de San Luis Potosí sería César Octavio Pedroza Gaitán[6].

IV. Registro de candidaturas a presidencial municipal de San Luis Potosí

1. El 28 de febrero, Morena, Morena registró a Francisco Xavier Nava Palacios, Alicia Nayeli Vázquez Martínez y a Alfredo Lujambio Cataño para contender por el cargo de Presidente Municipal, síndica segunda y primer regidor respectivamente en el Ayuntamiento de San Luis Potosí. El 21 de marzo siguiente, el Instituto Electoral Local aprobó el registro.

V. Instancia Local

El 24 de marzo, el PRI, PAN, PRD, PVEM, el PCP promovieron recursos locales contra el registro de la planilla de Morena a la presidencia municipal de San Luis Potosí, porque, a su parecer, Francisco Xavier Nava Palacios, Alicia Nayeli Vázquez Martínez y Alfredo Lujambio Cataño, postulados el cargo de presidente municipal, síndica segunda y primer regidor de representación proporcional, respectivamente, incumplían con el requisito constitucional del principio de elección consecutiva en cuanto a contender a través del partido que inicialmente los postuló, ya que previamente fueron postulados y electos por la Alianza Partidaria formada entre el PAN y Movimiento Ciudadano y ahora prenden contender al mismo cargo a través de Morena.

El Tribunal de San Luis Potosí se pronunció en los términos que se precisan al inicio del apartado siguiente, el cual constituye la determinación impugnada en el actual juicio.

Estudio de fondo

Apartado preliminar. Definición de la materia de controversia

a. En la sentencia impugnada[7], el Tribunal de San Luis Potosí revocó el registro de las candidaturas de Francisco Xavier Nava Palacios, Alicia Nayeli Vázquez Martínez y Alfredo Lujambio Cataño, al cargo de presidente municipal, síndica segunda, y primer regidor de representación proporcional, respectivamente, postuladas por MORENA al ayuntamiento de San Luis Potosí, al considerar, esencialmente, que: i. incumplían con el requisito de elección consecutiva, porque no fueron registrados por el partido que los postuló previamente, ii. aunado a que, respecto a la candidatura de Xavier Nava, participó simultáneamente en el proceso interno del PAN para elegir la candidatura a la Gubernatura del estado, y en el proceso de Morena, para postularse consecutivamente a la presidencia municipal en la referida entidad....

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