Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSL-0005-2021), 2021

Número de expedienteSRE-PSL-0005-2021
Fecha11 Febrero 2021
Tribunal de OrigenJUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE HIDALGO
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Local del Instituto Nacional Electoral
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE: SRE-PSL-5/2021.

VISTA: Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

INVOLUCRADOS: M.H.B., J.G.M. y otros.

MAGISTRADA: G.V.C..

PROYECTISTA: E.M.V..

COLABORÓ: M.d.R.L.C..

Ciudad de México, a once de febrero de dos mil veintiuno.

La S. Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta SENTENCIA:

A N T E C E D E N T E S

  1. Proceso electoral federal 2017-2018

  1. 1. El 8 de septiembre de 2017, inició el proceso electoral federal para renovar a las y los integrantes del Congreso de la Unión -Diputaciones Federales y Senadurías- y Presidencia de la República. Las etapas fueron:

  • Precampaña: Del 14 de diciembre de 2017 al 11 de febrero de 2018[1].
  • Intercampaña: Del 12 de febrero al 29 de marzo de 2018.
  • Campaña: Del 30 de marzo al 27 de junio de 2018.
  • Día de la elección: 1 de julio de 2018.

  1. 2. Registro de precandidaturas. Durante el proceso interno del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para elegir sus candidaturas al Senado de la República, M.H.B. y J.G.M., obtuvieron su registro como precandidatos por H.[2].

  1. Origen de la vista por la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del Instituto Nacional Electoral (INE)

  1. 1. Resolución del Consejo General. El 6 de agosto de 2018, el Consejo General del INE, mediante acuerdo INE/CG1097/2018[3], detectó, entre otras cosas, que propaganda de precandidaturas del PRD, no se retiró en los plazos que establece la ley; entre ellas, las que se registraron para el Senado de la República por H..

  1. Por lo que consideró dar vista a la Secretaría Ejecutiva del INE, para los efectos correspondientes.

  1. 2. Vista. El 10 de septiembre de 2020[4], la Junta Local del INE en H. (Junta Local), recibió correo electrónico[5] mediante el cual, se le informaba de la vista que realizó la UTF por la propaganda que se encontró de 2 precandidaturas al Senado por esa entidad, en el proceso electoral federal pasado.

III. Integración del expediente en la Junta Local.

  1. 1. Registro y diligencias. En la misma fecha, la autoridad instructora registró la queja con la clave JL/PE/JL/HGO/PEF/1/2020; durante la investigación realizó diversas diligencias, entre ellas, la certificación y verificación de la propaganda.

  1. 2. Admisión, emplazamiento y primera audiencia. El 8 de diciembre, la Junta Local admitió la queja y emplazó a las partes a la audiencia de pruebas y alegatos, la cual se llevó a cabo el 14 siguiente.

IV. Tramite en la S. Especializada.

  1. 1. Mayores diligencias de investigación. El 8 de enero de 2021, esta S. Especializada dictó el juicio electoral SRE-JE-1/2021, para solicitar a la Junta Local mayores diligencias de investigación.

  1. 2. Segunda audiencia. Una vez terminadas las diligencias, el 20 de enero de 2021, la autoridad emplazó a las partes a la audiencia de pruebas y alegatos que se llevó a cabo el 26 siguiente.

  1. 3. Recepción, revisión y turno a ponencia. Cuando llegó el expediente se revisó su integración y el 10 de febrero de 2021, el magistrado presidente le dio la clave SRE-PSL-5/2021, y lo turnó a la ponencia de la magistrada G.V.C., quien, en su oportunidad, lo radicó.

C O N S I D E R A C I O N E S

PRIMERA. Facultad para conocer del caso.

  1. Esta S. Especializada es competente para resolver el procedimiento especial sancionador, porque el asunto tiene que ver con la omisión de retirar propaganda de precampaña, con impacto en el pasado proceso electoral federal 2017-2018[6].

SEGUNDA. Vista y defensas.

  1. La UTF dio vista porque identificó[7] 7 ubicaciones con propaganda de precampaña que no se retiró en los tiempos que marca la ley, y que identificaba a las entonces precandidaturas del PRD al Senado de la República por H., en el proceso electoral federal 2017-2018[8].

Defensas:

  1. De las contestaciones a requerimientos durante la investigación, así como de las audiencias de pruebas y alegatos, tenemos:

  1. M.H.B. y J.G.M., coincidieron en señalar:

  • Retiraron y blanquearon toda la propaganda que utilizaron en el proceso interno.

  • No existe propaganda en ninguna de las ubicaciones que se señalan en la vista.

  1. Partido Acción Nacional (PAN) y PRD, de manera similar manifestaron:

  • De la inspección que realizaron (ellos mismos) a las ubicaciones que informó la UTF, no encontraron evidencia de propaganda que mencione o haga referencia a los entonces precandidatos.

  • Incluso, en una de las ubicaciones ya se encuentra propaganda de otro partido político.

  1. Movimiento Ciudadano:

  • M.H.B. y J.G.M., no fueron registrados en su proceso interno para la selección de candidaturas en el pasado proceso electoral federal.

  • Se deslinda de cualquier responsabilidad por las conductas que realizaron los entonces precandidatos.

TERCERA. Pruebas.

Monitoreos y testigos del “Sistema Integral de Monitoreo de Espectaculares y Medios Impresos”[9]

  1. De las visitas de verificación[10] que realizó la UTF, se obtuvo:

No.

Anexo

¿De quién se encontró propaganda?

Ubicación

Fecha de identificación

1.

E1-P1

J.G.M. (manta)

C.E., no. 205 B, Colonia Centro Periferia, Tulancingo de Bravo, H.[11].

21 de marzo de 2018

2.

M.H.B. (barda)

Calle casa blanca, Colonia San Antonio, Chapantongo, H..

8 de marzo de 2018

3.

E2-P1

J.G.M. (manta)

Libramiento al cardonal, Colonia San Nicolás, Ixmiquilpan, H..

6 de marzo de 2018

4.

M.H.B. (barda)

Carretera Pachuca-Sahagún, F.S.F., Mineral de la Reforma, H..

6 de marzo de 2018

5.

M.H.B. (barda)

Autopista México-Pachuca, Colonia Héroes, Ecatepec de Morelos, Estado de México.

8 de marzo de 2018

6.

M.H.B. (barda)

Privada 5 de mayo, Colonia los Sauces, Ecatepec de Morelos, Estado de México.

6 de marzo de 2018

7.

M.H.B. (barda)

Avenida A., Colonia centro, Metepec, H..

7 de marzo de 2018

Actas circunstanciadas[12] (primera...

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