Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0502-2021), 2021

Fecha31 Marzo 2021
Número de expedienteSX-JDC-0502-2021
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-502/2021

ACTOR: E.O. REVUELTA

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ

SECRETARIO: J.A.M.M.

COLABORÓ: LAURA ANAHI RIVERA ARGUELLES

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave; treinta y uno de marzo de dos mil veintiuno.

Sentencia que resuelve el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por E.O.R., quien se ostenta como aspirante para integrar el Consejo Municipal Electoral de Tapachula, Chiapas.

El actor impugna la sentencia emitida el pasado quince de marzo por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas,[1] en los expedientes TEECH/RAP/033/2021 y TEECH/JDC/057/2021 acumulados que, entre otras cuestiones, confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo IEPC/CG-A/065/2021 emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de la referida entidad federativa,[2] que, a su vez, designó a los ciudadanos y ciudadanas que integrarán el Consejo Municipal Electoral de Tapachula, Chiapas.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. Contexto

II. Del trámite y sustanciación del medio de impugnación federal

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Desistimiento

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta Sala Regional determina tener por no presentada la demanda del presente juicio, en atención a que el actor presentó escrito para desistir del medio de impugnación intentado.

ANTECEDENTES I. Contexto

De lo narrado por el actor en su escrito de demanda y de las constancias que obran en el expediente, se advierte lo siguiente:

  1. Acuerdo IEPC/CG-A/029/2020. El once de septiembre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Electoral local mediante dicho acuerdo aprobó los lineamientos para participar en el proceso de designación de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales electorales para el proceso electoral 2020-2021.
  2. Convocatoria. En la misma fecha, mediante acuerdo IEPC/CG-A/030/2020, el mismo Consejo General aprobó la convocatoria para participar en el proceso de designación de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales electorales.
  3. Modificación de los lineamientos. El treinta de diciembre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Electoral local, mediante acuerdo IEPC/CG-A/088/2020, en armonía con lo dispuesto por la Acción de Inconstitucionalidad 158/2020 y acumuladas, modificó los Lineamientos que fueron emitidos mediante acuerdo IEPC/CG-A/029/2020.
  4. Examen de conocimientos. El nueve de enero de dos mil veintiuno,[3] se aplicó la evaluación de conocimientos y aptitudes a los aspirantes a Consejeras y Consejeros Electorales.
  5. Inicio del proceso electoral 2020-2021. El diez de enero, se celebró la Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral local, en la cual se realizó la declaratoria del inicio del proceso electoral 2020-2021.
  6. Lista de propuestas. El dieciséis de enero, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Electoral local generó las listas de propuestas de las ciudadanas y ciudadanos que accedieron a la etapa de cotejo documental, valoración curricular y entrevista.
  7. Revisión y análisis de las listas propuestas. El veinte y veintiuno de enero, se llevó a cabo la Sesión Extraordinaria del mismo Consejo General, en el cual los representantes de los partidos realizaron la revisión y análisis de los listados y expedientes de las y los aspirantes a integrar los Consejos Distritales y Municipales electorales, para verificar que se cumplieran con los requisitos establecidos en los Lineamientos.
  8. Aprobación de los aspirantes para la etapa de valoración curricular y entrevista. El veinte y veinticuatro de enero, mediante los acuerdos IEPC/CG-A/019/2021 y IEPC/CG-A/020/2021, el Consejo General del IEPC aprobó las listas de los aspirantes a integrar los Consejos Distritales y Municipales electorales, que accedieron a la etapa de entrevista presencial.
  9. La cual se llevó a cabo del treinta de enero al siete de febrero en las sedes y horarios dados a conocer.
  10. Dictamen. El diecinueve de febrero, la Comisión Permanente de Organización Electoral del Instituto Electoral local aprobó el dictamen por el cual se verificó el cumplimiento de las etapas correspondientes al procedimiento de designación de los Consejos Distritales y Municipales electorales, realizando la propuesta respectiva al Presidente del Consejo General.
  11. Acuerdo IEPC/CG-A/065/2021. El veintidós de febrero, el Consejo General del IEPC aprobó el referido acuerdo, en el cual, en lo que...

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