Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0119-2021), 04-02-2021

Número de expedienteSUP-JDC-0119-2021
Fecha04 Febrero 2021
Tribunal de OrigenCOMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)


ACUERDO DE SALA

EXPEDIENTE: SUP-JDC-119/2021

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA[1]

Ciudad de México, cuatro de febrero de dos mil veintiuno.

Acuerdo por el que se determina que: a) el juicio ciudadano es improcedente por que el actor no agotó el principio de definitividad; b) el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero es competente para conocer del juicio ciudadano promovido por Ernesto Fidel Payán Cortinas contra actos de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, y c) reencauzar la demanda a dicho Tribunal.

ÍNDICE

GLOSARIO

I. ANTECEDENTES

II. ACTUACIÓN COLEGIADA

III. IMPROCEDENCIA Y REENCAUZAMIENTO

IV. ACUERDOS

GLOSARIO

Actor:

Ernesto Fidel Payán Cortinas

CNHJ:

Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Juicio ciudadano:

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal local:

Tribunal Electoral del Estado de Guerrero

TEPJF:

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

I. ANTECEDENTES

1. Inicio del proceso electoral. El nueve de septiembre de dos mil veinte dio inicio el proceso electoral local para la renovación de la gubernatura, diputaciones locales y ayuntamientos en el Estado de Guerrero.

2. Convocatoria. El veintiséis de noviembre de dos mil veinte, el Comité Ejecutivo Nacional de Morena emitió la Convocatoria para el proceso de selección interno de la candidatura para la gubernatura del Estado de Guerrero, para el proceso electoral 2020-2021.

3. Queja. El tres de enero[2], el actor presento queja ante la CNHJ para controvertir el procedimiento de elección y resultados del proceso interno de MORENA para la selección de la candidatura a la gubernatura de Guerrero.

4. Resolución impugnada. El veintiocho de enero, la CNHJ desechó la queja del actor por actualizarse diversas causales de improcedencia.

5. Demanda de juicio ciudadano. El uno de febrero, el actor presentó directamente ante esta Sala Superior, demanda de juicio ciudadano a fin de controvertir la resolución anterior.

6. Turno. Recibida la demanda, el Magistrado Presidente ordenó integrar el expediente SUP-JDC-119/2021 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

II. ACTUACIÓN COLEGIADA

El dictado de este acuerdo compete a la Sala Superior, en actuación colegiada[3], ya que debe determinarse cuál es el órgano y la vía para conocer y resolver la controversia planteada.

Ello, porque el actor impugna una resolución de la CNHJ que desechó su queja, relacionada con actos del proceso interno de MORENA para la selección de la candidatura a la gubernatura de Guerrero.

Por tanto, la decisión no es de mero trámite y se aparta de las facultades del magistrado instructor, pues implica una modificación en la sustanciación ordinaria del procedimiento.

III. IMPROCEDENCIA Y REENCAUZAMIENTO

Tesis de la decisión

El juicio ciudadano es improcedente al incumplir el principio de definitividad, porque previamente se debió acudir a la instancia jurisdiccional local.

A pesar de la improcedencia, se debe remitir la demanda al Tribunal local para que resuelva lo que en Derecho corresponda, por ser competente para conocer y resolver el presente juicio ciudadano.

Justificación.

A) Marco normativo

Los artículos 41, párrafo segundo, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción III, de la Constitución establecen que, para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación.

Por su parte, el artículo 116...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR