Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JRC-0066-2020), 2020
Fecha | 11 Diciembre 2020 |
Número de expediente | ST-JRC-0066-2020 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
Emisor | Sala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIOS DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL Y PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTES: ST-JRC-66/2020 Y ST-JDC-241/2020
PARTE ACTORA: PARTIDO PODEMOS Y josé guadalupe portillo hernández
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
PARTE TERCERA INTERESADA: PARTIDO POLÍTICO MORENA
MAGISTRADO PONENTE: J.C.S.A.
SECRETARIO: A.G. HERNÁNDEZ
Toluca de Lerdo, Estado de México, en sesión pública no presencial iniciada el once de diciembre de dos mil veinte.
Sentencia de la S. Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que confirma la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de H. en el expediente TEEH-JIN-03-MPH-007/2020 y acumulados que, entre otras cuestiones, confirmó los resultados contenidos en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección de ayuntamiento de Actopan, Estado de H., así como el otorgamiento de constancia de mayoría a favor de la fórmula postulada por la candidatura común VERDE-PT-MORENA-PESH.
ÍNDICE
R E S U L T A N D O
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO. Jurisdicción y competencia.
SEGUNDO. Acumulación.
TERCERO. Estudio de procedencia de los escritos de comparecencia de tercero interesado.
CUARTO. Estudio del cumplimiento de los requisitos de procedencia.
QUINTO. Estudio de fondo.
A. ST-JRC-66/2020
B. ST-JDC-241/2020
RESUELVE
R E S U L T A N D O
I. Antecedentes. De los escritos de demanda y de las demás constancias que integran el expediente, así como de las cuestiones que constituyen un hecho notorio para esta autoridad, se advierte lo siguiente:
1. Inicio del proceso electoral. El quince de diciembre de dos mil diecinueve, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H. declaró el inicio del proceso electoral ordinario 2019-2020, a efecto de renovar a los ochenta y cuatro ayuntamientos de esa entidad federativa.
2. Jornada electoral. El dieciocho de octubre de dos mil veinte,[1] se llevó a cabo la jornada electoral en el Estado de H..
3. Sesión especial de cómputo municipal. El veintiuno de octubre, el Consejo Municipal Electoral de Actopan, Estado de H., llevó a cabo la sesión especial de cómputo de la elección de Presidente, S. y Regidores del citado ayuntamiento, la cual culminó el día siguiente.
4. Resultados del cómputo.[2] El resultado del cómputo municipal fue el siguiente:
Partido o candidatura común |
Resultado con letra |
Resultado con número |
|
Ciento veintidós |
122 |
|
Tres mil setecientos sesenta y siete |
3767 |
|
Trescientos dos |
302 |
|
Noventa y uno |
91 |
|
Doscientos ochenta y seis |
286 |
|
Doscientos quince |
215 |
|
Cuatro mil ciento cuarenta y uno |
4141 |
|
Cuatro mil quinientos sesenta |
4560 |
|
Mil novecientos ochenta |
1980 |
|
Mil setecientos |
1700 |
|
Ciento veintidós |
122 |
|
Veintiuno |
21 |
|
Ciento diez |
110 |
|
Dieciséis |
16 |
|
Uno |
1 |
|
Trece |
13 |
|
Veinticinco |
25 |
|
Tres |
3 |
|
Diecinueve |
19 |
|
Dos |
2 |
|
Setenta y cuatro |
74 |
|
Dos |
2 |
|
Nueve |
9 |
CI |
Tres mil setecientos noventa y tres |
3793 |
Candidatos no registrados |
Dos |
2 |
Votos nulos |
Quinientos ochenta y siete |
587 |
Total |
Veintiun mil novecientos sesenta y tres |
21963 |
5. Declaratoria de validez. El mismo veintidós de octubre, el Consejo Municipal Electoral de referencia declaró la validez de la elección de los miembros del ayuntamiento de Actopan, así como la elegibilidad de la candidata que obtuvo la mayoría de los votos, y expidió la constancia de mayoría y validez a la planilla postulada por la candidatura común VERDE-PT-MORENA-PESH.
6. Juicio ciudadano local. El treinta de octubre siguiente, J.G.P.H., ostentándose como candidato independiente a la presidencia municipal, presentó demanda en contra de los resultados de la mencionada elección, la declaración de validez de ésta y el otorgamiento de la constancia respectiva. Con motivo de la presentación del citado medio de impugnación, el tribunal estatal conformó el expediente TEEH-JDC-283/2020.
7. Juicio de inconformidad. A su vez, el treinta y uno de octubre, la parte actora promovió juicio de inconformidad ante el Tribunal Electoral del Estado de H.; mismo que fue radicado bajo el número de expediente TEEH-JIN-03-PODEMOS-105/2...
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