Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JE-0011-2020), 2020

Fecha10 Febrero 2020
Número de expedienteSX-JE-0011-2020
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ
Tipo de procesoJuicio electoral
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOS ELECTORALES

EXPEDIENTES: SX-JE-11/2020 Y ACUMULADOS

PARTE ACTORA: J.A.A. MANCHA Y OTROS

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ

MAGISTRADO PONENTE: E.F.Á.

SECRETARIA: J.J.J.

COLABORÓ: LUIS ANTONIO RUELAS VENTURA

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave; diez de febrero de dos mil veinte.

SENTENCIA que resuelve los juicios electorales promovidos por los ciudadanos que a continuación se enlistan[1], quienes se ostentan como integrantes del Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz:

Nombre

Cargo

Juicio

J.A.A.M.

P. Municipal

SX-JE-11/2020

Rosa Nelly Gallegos Carballo

Tesorera Municipal

SX-JE-12/2020

Jorge Rafael Álvarez Cobos

Regidor Octavo

SX-JE-13/2020

Sonia Fátima Corona Chaín

Regidora Séptima

SX-JE-14/2020

Mónica Guadalupe Ortíz Blanco

Regidora Novena

SX-JE-15/2020

Juan Francisco Cruz Lorencez

Regidor Sexto

SX-JE-16/2020

Beatriz Piña Vergara

Regidora Quinta

SX-JE-17/2020

Francisco Javier Méndez Saldaña

Regidor Cuarto

SX-JE-18/2020

Mayte Catalina Villalobos Fortún

Regidora Tercera

SX-JE-19/2020

Roberto López Arán

Regidor Segundo

SX-JE-20/2020

Antonio Bautista Quiroz

Regidor Primero

SX-JE-21/2020

Areli Bautista Pérez

Síndica Única

SX-JE-22/2020

La parte actora controvierte el Acuerdo Plenario emitido el pasado veinticuatro de enero, por el Tribunal Electoral de Veracruz[2] dentro del juicio ciudadano local TEV-JDC-425/2019 y acumulados, mediante el cual, entre otras cuestiones, declaró incumplida la sentencia emitida en el referido expediente el doce de julio de la pasada anualidad, en lo relativo a la presupuestación y consecuente aseguramiento de pago de remuneración para todos los Agentes y Subagentes Municipales del referido Ayuntamiento, e impuso a cada uno de los actores una multa equivalente a setenta y cinco UMAS.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. El contexto

II. Del trámite y sustanciación de los juicios

CONSIDERANDO...................................

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Acumulación

TERCERO. Requisitos de procedencia

CUARTO. Pretensión, temas de agravio y metodología

QUINTO. Estudio de fondo

SEXTO. Efectos

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S. Regional determina revocar, en lo que fue materia de impugnación, el Acuerdo impugnado, toda vez que el Tribunal Electoral local no analizó toda la documentación que remitió el Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz, para acreditar las acciones que llevó a cabo a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada el doce de juicio de dos mil diecinueve ni el escrito que remitió el abogado autorizado en el juicio TEV-JDC-425/2019 y acumulados, en atención a la vista que se le dio.

ANTECEDENTES I. El contexto

De la demanda y demás constancias que integran el expediente del presente juicio, se desprende lo siguiente:

  1. Sentencia de los juicios ciudadanos. El doce de julio de la pasada anualidad el Tribunal local, resolvió el juicio ciudadano TEV-JDC-425/2019 y sus acumulados, en el cual declaró fundada la omisión del Ayuntamiento de Tuxpan, Veracruz de reconocer y otorgar una remuneración a los Agentes y Subagentes de diversas congregaciones del referido Ayuntamiento.
  2. Resolución incidental del expediente TEV-JDC-425/2019-INC-1. El veintiocho de octubre de esa anualidad, se dictó una resolución declarando fundado el incidente, toda vez que se tuvo por incumplida la sentencia señalada de forma previa respecto al pago de la remuneración a los Agentes y Subagentes del Ayuntamiento de Tuxpan y en vías de cumplimiento lo ordenado al Congreso del Estado.
  3. Acuerdo Plenario de incumplimiento de sentencia. El trece de diciembre de dos mil diecinueve, el Pleno del Tribunal Electoral local dictó Acuerdo Plenario de cumplimiento de sentencia, en los mismos términos que la resolución incidental referida previamente, por lo que, ante la falta de cumplimiento por parte de los ediles del Ayuntamiento responsable, les impuso una multa de carácter individual de veinticinco UMA, equivalente a $2,112.25 (dos mil ciento doce pesos 25/100 M.N..).
  4. Acuerdo Plenario impugnado. El veinticuatro de enero del año en curso, el Pleno del Tribunal Electoral local dictó Acuerdo Plenario de cumplimiento de sentencia, en el que declaró incumplida la sentencia por cuanto hace a la presupuestación y consecuente aseguramiento de pago de la remuneración a los Agentes y Subagentes Municipales de Tuxpan, Veracruz; asimismo, impuso una multa setenta y cinco UMAS a los integrantes del cabildo.
II. Del trámite y sustanciación de los juicios
  1. Recepción de demanda, turno y requerimiento. El treinta y uno de enero del año en curso, las y los promoventes, presentaron de manera directa sendas demandas ante la Oficialía de Partes de esta S. Regional, a fin de controvertir el Acuerdo referido en el punto anterior, por lo que se requirió a la autoridad responsable los informes circunstanciados y demás documentación relacionada con los presentes juicios.
  2. En la misma fecha, el Magistrado P. de esta S. Regional, ordenó integrar los expedientes SX-JE-11/2020, SX-JE-12/2020, SX-JE-13/2020, SX-JE-14/2020, SX-JE-15/2020, SX-JE-16/2020, SX-JE-17/2020, SX-JE-18/2020, SX-JE-19/2020, SX-JE-20/2020, SX-JE-21/2020 y SX-JE-22/2020 y turnarlos a la ponencia a su cargo para los efectos legales conducentes.
  3. Radicación, admisión y cierre. En su oportunidad, el Magistrado Instructor radicó y admitió el expediente en cita; y al encontrarse debidamente sustanciado el medio de impugnación, en diverso proveído declaró cerrada la instrucción y ordenó formular el proyecto de sentencia correspondiente.
CONSIDERANDO PRIMERO. Jurisdicción y competencia
  1. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerce jurisdicción y esta S. Regional correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral Federal es competente para conocer y resolver el presente asunto, por tratarse de sendos juicios electorales relacionados con un Acuerdo Plenario emitido por el Tribunal Electoral de Veracruz relacionado con la presupuestación y consecuente aseguramiento de pago de remuneración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR