Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSD-0028-2019), 2019
Número de expediente | SRE-PSD-0028-2019 |
Fecha | 27 Junio 2019 |
Tribunal de Origen | 03 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN PUEBLA |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Distrital del Instituto Nacional Electoral |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR EXPEDIENTE: SRE-PSD-28/2019 DENUNCIANTE: M. DENUNCIADOS: E.C.S. Y OTRO MAGISTRADO EN FUNCIONES PONENTE: C.H.T. SECRETARIOS: A.R.P.Y.E.A.G. COLABORÓ: R.B.C.L., V.M.P.C. Y MARCELA VALDERRAMA CABRERA |
Ciudad de México, a veintisiete de junio de dos mil diecinueve.
SENTENCIA por la que se determina la inexistencia de la infracción objeto del procedimiento especial sancionador consistente en la presunta calumnia imputable a E.C.S., otrora candidato común a la Gubernatura del Estado de P. postulado por los Partidos Políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano; así como por la falta al deber de cuidado atribuible a dichos institutos políticos; lo anterior, derivado de diversas publicaciones realizadas a través de las redes sociales Facebook y T., en donde se realizan comentarios en contra de L.M.G.B.H., entonces candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en P.”, integrada por los partidos políticos M., del Trabajo y Verde Ecologista de México.
A N T E C E D E N T E S
I. Proceso electoral extraordinario en el Estado de P.
- Inicio. El seis de febrero de dos mil diecinueve[1], el Instituto Nacional Electoral[2] resolvió ejercer la asunción total para llevar a cabo el proceso electoral local extraordinario en el Estado de P.[3]. En esa misma fecha, se declaró el inicio del referido proceso electoral; se aprobó el plan y el calendario integral para la renovación a la gubernatura y ayuntamientos[4].
- Etapas.A continuación, se muestran las fechas de las distintas etapas que se llevaron a cabo en el proceso electoral extraordinario en el estado de P.:
Entidad Federativa | Cargo a elegir | Periodo de Precampaña | Periodo de Campaña | Día de la Elección |
P. | Gubernatura | D. 24 de febrero al 5 de marzo | D. 31 de marzo al 29 de mayo | El 2 de junio |
Ayuntamientos[5] |
- Candidaturas a G.. El treinta de marzo, la Junta Local Ejecutiva del INE en P. aprobó la resolución sobre las solicitudes de registro de candidaturas a gobernador, teniendo como resultado lo siguiente:
- E.C.S., como candidato común de los Partidos Acción Nacional[6], de la Revolución Democrática[7] y Movimiento Ciudadano.
- A.J.M., como candidato del Partido Revolucionario Institucional.
- L.M.G.B.H., como candidato de la coalición parcial “Juntos Haremos Historia en P.” conformada por M., los Partidos Verde Ecologista de México[8] y del Trabajo.
II. Sustanciación del procedimiento especial sancionador
- Denuncia. El treinta de abril, el representante propietario de M. ante el Consejo Local del INE en P., presentó denuncia en contra de E.C.S., otrora candidato común a la gubernatura del referido Estado de la República, postulado por el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, por la supuesta calumnia en perjuicio de su entonces candidato L.M.G.B.H., derivado de diversas manifestaciones localizadas en las ligas que proporcionó el promovente:
N° | Red Social/Medio | Enlace | Contenido | Fecha de Publicación |
1 | https://www.facebook.com/watch/?v=667807120346156 | Entrevista | 25 de abril | |
2 | https://www.facebook.com/ECardenasP./videos/640697386376909 | Rueda de Prensa | 26 de abril | |
3 | T. | https://twitter.com/ECardenasP./status/1121484377257578497 | Entrevista | 25 de abril |
4 | https://twitter.com/PANPUEBLA/status/112178066435178576 | Rueda de prensa | 26 de abril | |
5 | https://twitter.com/ECardenasP./status/1121793454080581632 | Publicación | 26 de abril | |
6 | https://twitter.com/ECardenasP./status/1121794292647743488 | Publicación | 26 de abril | |
7 | https://twitter.com/ECardenasP./status/1121794182677274625 | Publicación | 26 de abril | |
8 | https://twitter.com/ECardenasP./status/1121793918188707840 | Publicación | 26 de abril | |
9 | https://twitter.com/ECardenasP./status/1121793587895648256 | Publicación | 26 de abril | |
10 | e-consulta | http://www.e-consulta.com/nota/2019-04-25/elecciones/que-barbosa-explique-de-donde-chingao-saco-su-dinero-cardenas; | Nota periodística | 25 de abril |
11 | Cursor informativo | https://twitter.com/cursorinformat1/status/1121889175421079552 | Nota periodística | 26 de abril |
12 | El sol de puebla | https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/niega-cardenas-campana-negra-contra-barbosa-puebla-pan-prd-moreba-bienes-gobernador-elecciones-2-de-junio-3368498.html . | Nota periodística | 25 de abril |
- En esencia, consideró que mediante dicha conducta el candidato denunciado rebasó los límites válidos en el debate político, porque calificó a L.M.G.B.H. como: mentiroso, manipulador y ratero; además de utilizar un lenguaje ofensivo y señalar que el candidato de M. cometió lavado de dinero, evasión fiscal, compra fraudulenta inmobiliaria y enriquecimiento ilícito, sin que existiera un respaldo de lo dicho, pues alegó que la sola nota del periódico “El Financiero” es insuficiente para respaldar sus afirmaciones. Asimismo, denunció al PAN por la posible vulneración a su falta al deber de cuidado.
- Por último, solicitó la adopción de medidas cautelares para el retiro de todas las publicaciones denunciadas alojadas en las referidas redes sociales.
- Registro, reserva de admisión y medidas cautelares, así como la realización de diversas diligencias. El primero de mayo, la 03 Junta Distrital Ejecutiva[9] del INE tuvo por recibida la queja, registrándola con la clave JD/PE/M./JD03/PUE/PEF/2/2019; también reservó su admisión y la determinación de las medidas cautelares; asimismo ordenó la realización de diversas diligencias de investigación relacionadas con los hechos denunciados.
- ...
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