Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0108-2019), 2019

Fecha17 Abril 2019
Número de expedienteSX-JDC-0108-2019
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenCONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE QUINTANA ROO
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL FEDERAL

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-108/2019

ACTOR: ERICK G.M.G.

AUTORIDADES RESPONSABLES: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRA

MAGISTRADO PONENTE: E.F.Á.

SECRETARIO: J.A.T.Á.

COLABORÓ: EDDA CARMONA ARREZ

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave; diecisiete de abril de dos mil diecinueve.

SENTENCIA mediante la cual se resuelve el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por E.G.M.G., por su propio derecho y ostentándose como candidato propietario a Diputado local por el principio de mayoría relativa en el Distrito Electoral 08 en el Estado de Q.R., postulado por la coalición “Juntos Haremos Historia”.

El actor impugna la resolución INE/CG147/2019 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de diputado local, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2019, en el estado de Q.R.. Así como el oficio DPP/207/2019 de la Directora de Partidos Políticos del Instituto Electoral de la referida entidad federativa, por el que informa los resolutivos de la mencionada resolución.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. Contexto.

II. Del trámite y sustanciación.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Improcedencia

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S. Regional determina desechar de plano la demanda del presente juicio ciudadano al actualizarse la figura procesal de la preclusión, ya que el actor agotó su derecho de acción. Lo anterior, toda vez que el promovente de manera previa presentó una demanda con idénticas pretensiones, actos impugnados, autoridades responsables y con los mismos argumentos, la cual dio origen al diverso juicio ciudadano identificado con la clave de expediente SX-JDC-97/2019.

ANTECEDENTES I. Contexto.

De la demanda y demás constancias que integran el expediente, así como del diverso SX-JDC-97/2019,[1] se advierte lo siguiente:

  1. Aprobación de lineamientos y convocatoria. El diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, en sesión extraordinaria celebrada por el Consejo General del Instituto Electoral de Q.R., se emitió el Acuerdo IEQROO/CG-A-208-18, mediante el cual se aprobaron los lineamentos y la convocatoria del citado Instituto Electoral Local para el registro de candidaturas independientes durante el proceso electoral local ordinario 2019.
  2. En dicho Acuerdo se determinó que el plazo para recabar el apoyo ciudadano respectivo sería el siguiente:

Periodo para la obtención de apoyo ciudadano

al cargo de Diputado Local

Inicio del periodo

Fin del periodo

17 de enero del 2019

15 de febrero del 2019

  1. Solicitud de registro como aspirante. El diez de enero del presente año, E.G.M.G. presentó ante el Instituto Electoral de Q.R., solicitud de registro como aspirante a la candidatura independiente como Diputado local por el principio de mayoría relativa por el Distrito Electoral 08 de dicha entidad federativa.
  2. Acuerdo IEQROO/CG/A-021/19. El dieciséis de enero siguiente, el Consejo General del mencionado Instituto Electoral emitió el Acuerdo por el que declaró procedente el registro como aspirante a la fórmula encabezada por el ahora actor, en la modalidad de candidatura independiente.
  3. Aprobación del calendario de fiscalización. El veintitrés de enero posterior, en sesión extraordinaria celebrada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se emitió el Acuerdo INE/CG029/2019, mediante el cual se aprobaron los Calendarios para la fiscalización correspondiente a los periodos de obtención de apoyo ciudadano, precampañas y campañas, del proceso local ordinario 2018-2019, en los estados de Aguascalientes, Baja California, Durango, Q.R. y Tamaulipas.
  4. Acuerdo IEQROO/CG/A-074/19. El ocho de marzo del año en curso, el Consejo General del Instituto Electoral de Q.R. emitió Acuerdo por el que declaró la procedencia del derecho a registrarse como candidato independiente a Diputado en el Distrito Electoral 08 por el principio de mayoría relativa a la fórmula encabezada por el ahora actor, para el proceso electoral local ordinario 2018-2019.
  5. Renuncia al derecho a ser registrado. El nueve de marzo siguiente, E.G.M.G. presentó ante el Instituto Electoral de Q.R., escrito por el que formuló renuncia a su derecho a registrarse como candidato independiente al cargo de Diputado local por el Distrito Electoral 08 de la referida entidad federativa.
  6. Requerimiento de ratificación. El mismo día, la Directora de Partidos Políticos del Instituto Electoral de Q.R., formuló requerimiento al ahora actor para que en el término de veinticuatro horas siguientes a la notificación del oficio respectivo, ratificara su intención de no registrarse como candidato al cargo antes referido.
  7. Solicitud de registro de candidato. El doce de marzo siguiente, el Partido Verde Ecologista de México, como integrante de la coalición “Juntos Haremos Historia”, presentó solicitud de registro del ahora actor como candidato a Diputado local por el principio de mayoría relativa en el Distrito Electoral 08 por la mencionada coalición.
  8. Aprobación del proyecto de dictamen. El veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, la Comisión de Fiscalización del INE aprobó el proyecto de Dictamen Consolidado la revisión de informes de los ingresos y gastos de las y los aspirantes al cargo de Diputado local, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2019, en el Estado de Q.R..
  9. Acto impugnado. El veintinueve de marzo de esta misma anualidad, el Consejo General del INE dictó resolución respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las y los aspirantes al cargo de diputado local, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2019, en el Estado de Q.R..
  10. Notificación de resolución. El cinco de abril siguiente, mediante oficio DPP/207/2019, la directora de Partidos Políticos del Instituto Electoral de Q.R. notificó a los representantes de los partidos políticos MORENA, Verde Ecologista de México y del Trabajo la resolución INE/CG147/2019, para los efectos a que hubiera lugar.
II. Del trámite y sustanciación. ...

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