Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0658-2018), 2018

Fecha16 Agosto 2018
Número de expedienteSX-JDC-0658-2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-658/2018

ACTOR: M.O.A.S.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

MAGISTRADO PONENTE: E.F.Á.

SECRETARIA: M.F.S. RUBIO

COLABORÓ: BERNAL DÍAZ DEL CASTILLO VIDAL

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, dieciséis de agosto de dos mil dieciocho.

SENTENCIA mediante la cual se resuelve el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por M.O.A.S., por su propio derecho, en su carácter de candidato a la presidencia municipal del ayuntamiento de Hoctún, Yucatán contra la sentencia de ocho de agosto emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán recaída en la sentencia RIN-054/2018 y sus acumulados RIN-055/2018, RIN-056/2018 y RIN-057/2018, que determinó desechar de plano los referidos recursos de inconformidad locales.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN…………………………………………….

ANTECEDENTES………………………………………………………….

I. El contexto…………………………………………………………..

II. Del trámite y sustanciación del medio de impugnación……..

CONSIDERANDO………………………………………………………….

PRIMERO. Jurisdicción y competencia………………………………

SEGUNDO. Requisitos de procedencia………………………………

TERCERO. Pretensión, causa de pedir y temática de agravios..

CUARTO. Estudio de fondo………………………………………….

4.1. Indebida fundamentación y motivación………………….

R E S U E L V E………………………………………………………….

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta Sala Regional confirma la sentencia dictada en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al concluir que la actuación del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán fue apegada a derecho.

ANTECEDENTES I. El contexto

De lo narrado por los actores en sus respectivos escritos de demanda y, de las constancias que integran los expedientes de los citados medios de impugnación, se advierte lo siguiente:

  1. Inicio de proceso electoral local. El seis de septiembre del dos mi diecisiete dio inicio el proceso electoral local en el estado de Yucatán.
  2. Jornada electoral. El primero de julio del año en curso se llevó a cabo la jornada electoral para renovar además de los cargos correspondientes a la presidencia de la República y Congreso de la Unión, los correspondientes a la gubernatura, el congreso local y los ayuntamientos del estado de Yucatán.
  3. Sesión de cómputo distrital. El cuatro de julio siguiente, el Consejo Municipal Electoral de Hoctún, Yucatán llevó a cabo el cómputo de la elección del referido municipio en cuya correspondiente acta se consignaron los resultados siguientes:

Partido político

Votación

Con número

Con letra

http://computos2015.ine.mx/img/PAN.gif

Partido Acción Nacional

1887

Mil ochocientos ochenta y siete

http://computos2015.ine.mx/img/PRI.gif

Partido Revolucionario Institucional

1889

Mil ochocientos ochenta y nueve

http://computos2015.ine.mx/img/PRD.gif

Partido de la Revolución Democrática

05

Cinco

http://computos2015.ine.mx/img/PVEM.gif

Partido Verde Ecologista de México

09

Nueve

http://computos2015.ine.mx/img/PT.gif

Partido del Trabajo

01

Uno

http://computos2015.ine.mx/img/NUEVA_ALIANZA.gif

Partido Nueva Alianza

49

Cuarenta y nueve

http://computos2015.ine.mx/img/MORENA.gif

MORENA

49

Cuarenta y nueve

http://computos2015.ine.mx/img/ENCUENTRO_SOCIAL.gif

Encuentro Social

05

Cinco

Candidaturas Independientes

79

Setenta y nueve

Candidatos no registrados

04

Cuatro

Votos nulos

59

Cincuenta y nueve

Total

4036

Cuatro mil treinta y seis

  1. Validez de la elección y entrega de constancias de mayoría. En la misma fecha el Consejo municipal referido declaró la validez de la elección para las regidurías por el principio de mayoría relativa de la cual resultó ganadora la registrada por el PRI.
  2. Inicio de cadena impugnativa. El siete de julio siguiente, el PAN promovió recurso de inconformidad contra los resultados del cómputo municipal referido, el cual fue registrado en el índice del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán con el número de expediente RIN.-006/2018.
  3. Acuerdo de apertura de incidente. El veinticuatro posterior, el magistrado instructor del expediente RIN.-006/2018, ordenó la apertura del incidente de recuento de votos en la totalidad de las casillas del ayuntamiento de Hoctún, Yucatán, mismo que se llevó a cabo el día veintiséis siguiente.
  4. Recuento por parte del Consejo Distrital Electoral. El veintiocho de julio siguiente, el XV Consejo Distrital Electoral con cabecera en Izamal, Yucatán realizó el recuento ordenado mediante sentencia interlocutoria, del cual se obtuvieron los siguientes resultados:

Partido / Coalición / Candidato independiente

Votación

Con número

Con letra

http://computos2015.ine.mx/img/PAN.gif

Partido Acción Nacional

1884

Mil ochocientos ochenta y cuatro

http://computos2015.ine.mx/img/PRI.gif

Partido Revolucionario Institucional

1882

Mil ochocientos ochenta y dos

http://computos2015.ine.mx/img/PRD.gif

Partido de la Revolución Democrática

02

Dos

http://computos2015.ine.mx/img/PVEM.gif

Partido Verde Ecologista de México

12

Doce

http://computos2015.ine.mx/img/PT.gif

Partido del Trabajo

02

Dos

http://computos2015.ine.mx/img/NUEVA_ALIANZA.gif

Partido Nueva Alianza

49

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR