Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSD-0034-2018), 25-05-2018

Fecha25 Mayo 2018
Número de expedienteSRE-PSD-0034-2018
EmisorSala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Distrital del Instituto Nacional Electoral
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONAD

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:

SRE-PSD-34/2018

DENUNCIANTE:

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

DENUNCIADA:

JAVIER CORRAL JURADO, GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

MAGISTRADO EN FUNCIONES PONENTE:

CARLOS HERN�NDEZ TOLEDO

SECRETARIO:

ALONSO RODR�GUEZ MORENO

COLABOR�:

EFRA�N C�SAR ALAN�S HERN�NDEZ Y SHIRI JAZMYN ARAUJO BONILLA

Ciudad de M�xico, a veinticinco de mayo de dos mil dieciocho.

SENTENCIA por la que se determina la inexistencia de la infracci�n atribuida a Javier Corral Jurado, Gobernador del Estado de Chihuahua, consistente en el uso parcial de recursos p�blicos para influir en la equidad en la contienda electoral, derivado de la realizaci�n de una Asamblea Informativa el pasado quince de abril, en la cual hizo entrega de utilitarios y dio a conocer informaci�n referente a la extradici�n del ex Gobernador de la misma entidad federativa, C�sar Duarte J�quez.

A N T E C E D E N T E S

I. Proceso electoral federal.

1. Inicio del proceso electoral federal. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, dio inicio el proceso electoral federal 2017-2018 para elegir diversos puestos de elecci�n popular, entre ellos, el Presidente de la Rep�blica.

2. Precampa�a, campa�a y jornada electoral. Las precampa�as del proceso electoral se realizaron del catorce de diciembre de dos mil diecisiete al once de febrero de dos mil dieciocho1.

1 Los hechos que se narran en adelante corresponden al a�o dos mil dieciocho, salvo que se precise otra anualidad.

3. En tanto que el periodo de campa�as se llevar� a cabo del treinta de marzo al veintisiete de junio y la jornada electoral ser� el pr�ximo primero de julio2.

2 A partir de dos mil quince, la celebraci�n de elecciones federales y locales ser� el primer domingo de junio del a�o que corresponda, salvo en 2018, que ser� el primer domingo de julio. Segundo transitorio numeral 8, fracci�n II, inciso a) del DECRETO publicado en el Diario Oficial de la Federaci�n el lunes 10 de febrero de 2014.

II. Sustanciaci�n del procedimiento especial sancionador

4. 1. Denuncia. El dieciocho de abril, Claudia Pastor Badilla, representante propietaria del Partido Revolucionario Institucional3 ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral4, present� escrito de denuncia ante la Unidad T�cnica de lo Contencioso Electoral de dicha autoridad electoral nacional, en contra del Gobernador del Estado de Chihuahua, Javier Corral Jurado, por la supuesta utilizaci�n de recursos p�blicos para influir en la equidad de la contienda del actual proceso electoral federal.

3 En adelante, PRI.

4 En adelante, INE.

5. Lo anterior, ya que, a decir del denunciante, dicho Gobernador simul� un informe de labores para realizar una Asamblea Informativa, en la que reparti� art�culos utilitarios, tales como gorras, playeras, paliacate y sombrillas, y dio a conocer todo lo relacionado con la extradici�n del ex Gobernador Cesar Duarte J�quez, responsabilizando de forma directa al Presidente de la Rep�blica, Enrique Pe�a Nieto.

6. 2. Remisi�n de la denuncia. Mediante oficio de diecinueve de abril, el titular de la referida Unidad T�cnica remiti� la queja a que se refiere el punto anterior al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del INE en el Estado de Chihuahua.

7. 3. Remisi�n de la denuncia. Mediante oficio de veintiuno de abril, el Vocal Ejecutivo de la referida Junta Local, remiti� la queja a que se refiere el punto primero anterior al Vocal Ejecutivo de la 06 Junta Distrital Ejecutiva del INE5 en el Estado de Chihuahua.

5 En adelante, autoridad instructora.

8. 4. Radicaci�n, reserva de admisi�n y del emplazamiento, as� como la realizaci�n de diligencias de investigaci�n. El veintitr�s de abril, la autoridad instructora registr� la denuncia con la clave JD/PE/PRI/JD06/CHIH/PEF/1/2018, reserv� su admisi�n y emplazamiento hasta que culminara la etapa de investigaci�n preliminar y orden� la realizaci�n de diversas diligencias.

9. 5. Admisi�n, emplazamiento y audiencia. El dos de mayo, la autoridad instructora admiti� la queja y orden� el emplazamiento a las partes a la audiencia de pruebas y alegatos, la cual tuvo verificativo el cuatro siguiente.

10. 6. Remisi�n del expediente a la Sala Regional Especializada6. En su oportunidad, la autoridad instructora envi� a la Oficial�a de Partes de esta Sala Especializada el expediente formado con motivo de la instrucci�n del presente procedimiento, el cual se remiti� a la Unidad Especializada para la Integraci�n de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores, a efecto de que llevara a cabo la verificaci�n de su debida integraci�n.

6 Sala Especializada.

11. 7. Turno a ponencia. El veintitr�s de mayo, la Magistrada Presidenta por ministerio de Ley, acord� integrar el expediente SRE-PSD-34/2018 y turnarlo a la ponencia del Magistrado en funciones ponente.

12. 8. Radicaci�n. En su oportunidad, el Magistrado Ponente radic� el expediente al rubro indicado y se procedi� a elaborar el proyecto de resoluci�n.

C O N S I D E R A C I O N E S

PRIMERA. COMPETENCIA

13. Esta Sala Especializada es competente para resolver el presente asunto, en virtud de que se trata de la resoluci�n de un procedimiento especial sancionador en el que se denuncia el posible uso indebido de recursos p�blicos para influir en la contienda electoral federal 2017-2018, con motivo de la supuesta realizaci�n de una Asamblea Informativa en la que se entregaron art�culos utilitarios, en la que Javier Corral Jurado, Gobernador de Chihuahua, dio a conocer todo lo relacionado con la extradici�n del ex Gobernador C�sar Duarte J�quez, responsabilizando de forma directa al Presidente de la Rep�blica, Enrique Pe�a Nieto7.

7 Sirve de apoyo la jurisprudencia 25/2015 emitida por la Sala Superior, de rubro: "COMPETENCIA. SISTEMA DE DISTRIBUCI�N PARA CONOCER, SUSTANCIAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES". La jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n est� disponible para su consulta en www.te.gob.mx.

14. Lo anterior, con fundamento en lo previsto en los art�culos 41, p�rrafo segundo, base III, Apartado D y 99, p�rrafo cuarto, fracci�n IX, de la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos8; 192 y 195, �ltimo p�rrafo de la Ley Org�nica del Poder Judicial de la Federaci�n, as� como 470, 474, 475, 476 y 477 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales9.

8 En adelante, Constituci�n Federal.

9 En adelante, Ley General.

15. Asimismo, cabe destacar lo sostenido por la Sala Superior al resolver el expediente SUP-AG-27/2015, que, entre otras cosas, razon� que las violaciones al p�rrafo s�ptimo del art�culo 134 Constitucional se orientar�n a partir del tipo de elecci�n en el que se advierta, es decir, si la afectaci�n es a la elecci�n federal, corresponder� al INE el conocimiento de dicha infracci�n. Esto es, la competencia est� condicionada a la incidencia de un proceso electoral, el cual determinar� si la posible infracci�n de los hechos denunciados son conocidos por la autoridad electoral local o federal10.

10 Mismo criterio fue razonado en lo resuelto por la Sala Superior, en los expedientes SUP-REP-238/2015 y SUP-AG-41/2015, en el que se precis� que la posible vulneraci�n al citado precepto debe tramitarse como procedimiento especial sancionador, si los hechos suceden dentro de un proceso electoral federal y puede tener implicaciones inmediatas en el mismo.

SEGUNDA. CONTROVERSIA

16. Esta Sala Especializada considera que el aspecto a dilucidar ante la jurisdicci�n electoral federal es la presunta vulneraci�n a lo dispuesto en los art�culos 134, p�rrafos 7 y 8 de la Constituci�n Federal, en relaci�n con el art�culo 449, p�rrafo 1, incisos c) y f), de la Ley General, atribuible a Javier Corral Jurado, Gobernador del Estado de Chihuahua, por la presunta realizaci�n de una Asamblea Informativa, en la que se otorgaron art�culos utilitarios, y dicho servidor p�blico dio a conocer todo lo relacionado con la extradici�n del ex Gobernador C�sar Duarte J�quez, responsabilizando de forma directa al Presidente de la Rep�blica, Enrique Pe�a Nieto, en contravenci�n del principio de imparcialidad y equidad en la contienda.

TERCERA. PRONUNCIAMIENTO DE FONDO

17. Antes de analizar la legalidad o no de los hechos denunciados materia del presunto asunto, es necesario verificar su existencia y las circunstancias en que se realizaron, a partir de los medios de prueba que constan en el expediente, relacionados...

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