Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-1322-2017), 07-11-2017

Fecha07 Noviembre 2017
Número de expedienteSUP-REC-1322-2017
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-REC-1322/2017

RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTES: SUP-REC-1322/2017, SUP-REC-1326/2017, SUP-REC-1327/2017, SUP-REC-1328/2017, SUP-REC-1329/2017 Y SUP-REC-1340/2017

RECURRENTES: PARTIDO POLÍTICO MORENA, ARES MEZA DEL ÁNGEL, PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, PARTIDO DEL TRABAJO Y MOVIMIENTO CIUDADANO

AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ

MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO

SECRETARIO: JOSÉ ALFREDO GARCÍA SOLÍS

Ciudad de México, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.

S E N T E N C I A:

VISTOS: los autos de los expedientes SUP-REC-1322/2017, SUP-REC-1326/2017, SUP-REC-1327/2017, SUP-REC-1328/2017, SUP-REC-1329/2017 y SUP-REC-1340/2017, para resolver los recursos de reconsideración interpuestos por: el Partido Político Morena, Ares Meza del Ángel, Partido Verde Ecologista de México, Partido Revolucionario Institucional, Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano, respectivamente; para controvertir la sentencia de doce de octubre de dos mil diecisiete, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz (en adelante: Sala Regional Xalapa), al resolver el expediente SX-JRC-97/2017 y acumulados.

R E S U L T A N D O:

I. Inicio de proceso electoral. El diez de noviembre de dos mil dieciséis, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral en Veracruz (en adelante: OPLEV) celebró sesión con la que dio inicio al proceso electoral ordinario 2016-2017 para renovar a los integrantes de los ayuntamientos de dicha entidad federativa.

II. Jornada electoral. El cuatro de junio del año en curso, se llevó a cabo la jornada electoral para renovar a los miembros de los ayuntamientos de la entidad mencionada, entre ellos, el de Papantla.

III. Cómputo municipal. El ocho del mes citado, el Consejo Municipal del Organismo Público Local Electoral en Papantla concluyó la sesión de cómputo de la elección municipal, en la cual obtuvo, por candidaturas, los resultados siguientes:

PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN

VOTACIÓN

COALICIÓN “VERACRUZ, EL CAMBIO SIGUE” (PAN-PRD)

15,054

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

10,961

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

642

PARTIDO DEL TRABAJO

6,327

MOVIMIENTO CIUDADANO

11,908

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1,063

MORENA

12,171

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1,814

PEDRO VIADANA GONZÁLEZ

1,866

MARTÍN GARCÍA GONZÁLEZ

425

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

19

VOTOS NULOS

2,055

Como resultado de lo anterior, se entregó la constancia de mayoría y validez a la fórmula registrada por la coalición "Veracruz, el cambio sigue", integrada por Mariano Romero González y Gilberto Rubio Ruiz como como Presidente Municipal Propietario y Suplente.

IV. Recursos de inconformidad locales. Contra el cómputo de la elección, la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría y validez, se presentaron demandas por parte de los partidos políticos: Morena (RIN 28/2017), Encuentro Social (RIN 44/2017), Movimiento Ciudadano (RIN 45/2017), Revolucionario Institucional (RIN 109/2017), del Trabajo (RIN 110/2017) y Verde Ecologista de México (RIN 136/2017). El cuatro de agosto de dos mil diecisiete, el Tribunal Electoral de Veracruz dictó un fallo acumulado, en el que determinó confirmar los actos impugnados.

V. Juicios de revisión constitucional electoral. A fin de impugnar la sentencia antes mencionada, los Partidos Políticos: del Trabajo, Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional (SX-JRC-97/2017); Morena (SX-JRC-102/2017) y Movimiento Ciudadano (SX-JRC-110/2017), presentaron medios de impugnación.

VI. Sentencia impugnada. El doce de octubre de dos mil diecisiete, la Sala Regional Xalapa resolvió, al tenor de los puntos resolutivos siguientes:

“PRIMERO. Se acumulan los expedientes SX-JRC-102/2017 y SX-JRC-110/2017 al diverso SX-JRC-97/2017, por ser éste el más antiguo. En consecuencia, se ordena glosar copia certificada de los puntos resolutivos del presente fallo a los expedientes de los juicios acumulados.

SEGUNDO. Se confirma la sentencia de cuatro de agosto del presente año, emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz en los expedientes RIN 28/2017 Y ACUMULADOS que, entre otras cuestiones, confirmó el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría correspondiente a la elección del ayuntamiento de Papantla, Veracruz, expedida a favor de la fórmula de candidatos postulados por la Coalición "Veracruz, el cambio sigue" integrada por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática.”

VII. Recursos de reconsideración. El dieciséis de octubre del año en curso, David Agustín Jiménez Rojas, en representación del Partido Político Morena; Ares Meza del Ángel, en su carácter de candidato del Partido Encuentro Social a la presidencia municipal de Papantla de Olarte, Veracruz; Neftalí Jerónimo González Núñez, en representación del Partido Verde Ecologista de México; Martín Villanueva Malpica, en representación del Partido Revolucionario Institucional; y Dora Luz Sosa Urcid, en representación del Partido del Trabajo; presentaron directamente ante la Oficialía de Partes de la Sala Superior, medios de impugnación, para controvertir la sentencia recaída al...

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