SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 542/94, relativa a la creación un nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominará Nuevo Arroyo Caracol antes Nuevo Arroyo Ideal, promovida por campesinos del Municipio de Tlalixcoyan, Ver.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Superior Agrario

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 542/94, relativa a la creación un nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominará Nuevo Arroyo Caracol antes Nuevo Arroyo Ideal, promovida por campesinos del Municipio de Tlalixcoyan, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos. Visto para resolver el juicio agrario número 542/94, que corresponde al expediente número 1490, relativo a la solicitud para crear un nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominará "Nuevo Arroyo Caracol" antes "Nuevo Arroyo Ideal", promovida por un grupo de campesinos radicados en el Municipio de Tlalixcoyan, Estado de Veracruz; y RESULTANDO: PRIMERO.- Mediante Decreto de diecinueve de enero de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de enero del mismo año, se expropió por causa de utilidad pública al ejido "Arroyo Caracol Ideal", del Municipio de Ojitlán, Estado de Oaxaca, una superficie de 734-00-00 (setecientas treinta y cuatro hectáreas), que se destinarían a la construcción del vaso, zona federal y de protección de la presa "Cerro de Oro", en favor de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos. A efecto de satisfacer las necesidades agrarias de los campesinos afectados por la expropiación citada, la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, el diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, puso a disposición de la Secretaría de la Reforma Agraria la superficie de 14,933-00-00 (catorce mil novecientas treinta y tres hectáreas) propiedad de la Nación, ubicadas en los municipios de Ignacio de la Lamma, Tlalixcoyan, Villa Azueta, Isla, Santiago Tuxtla, Rodríguez Clara, San Juan Evangelista y Playa Vicente, todos en el Estado de Veracruz. SEGUNDO.- Obra en autos, el acta correspondiente de cinco de agosto de mil novecientos ochenta y siete, por la que la Secretaría de la Reforma Agraria, por conducto de la Delegación Agraria en la entidad federativa, dio posesión precaria de una superficie de 530-00-00 (quinientas treinta hectáreas) de temporal, para beneficiar a cincuenta y nueve campesinos del ejido "Arroyo Caracol Ideal", quienes resultaron afectados por la expropiación presidencial de diecinueve de enero de mil novecientos setenta y seis. Dando cumplimiento, según se desprende de las constancias que obran en autos, a las disposiciones y términos contenidos en el párrafo segundo del inciso a), fracción I, del artículo 5o. del Decreto Presidencial de veintinueve de agosto de mil novecientos setenta y dos, publicado en el Diario Oficial de la Federación de treinta de agosto del propio año, en donde se establece: "...Los representantes de cada uno de los ejidos y comunidades legalmente autorizados, seleccionarán el sitio donde desean reacomodarse y de inmediato, la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos y la Comisión del Papaloapan, construirán las obras necesarias para que una vez terminados, el Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización proceda al traslado de los campesinos afectados, en el curso del año entrante...". TERCERO.- Por escrito de cinco de agosto de mil novecientos ochenta y siete, un grupo de cincuenta y nueve campesinos radicados en el Municipio de Ojitlán, Estado de Oaxaca y que se vieron afectados en su dotación ejidal, por expropiación ordenada por Decreto Presidencial de veintinueve de agosto de mil novecientos setenta y dos, solicitaron a la Secretaría de la Reforma Agraria la creación del nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominará...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR